Tecnica Juridica
Enviado por andrade83 • 16 de Enero de 2015 • 1.287 Palabras (6 Páginas) • 269 Visitas
TECNICA JURIDICA
Concepto. Es la rama del arte jurídico que tiene por objeto perfeccionar la forma de la materia jurídica, en otros términos, es el conjunto de los procedimientos por medio de los cuales se perfecciona la forma de la norma jurídica.
Los 2 propósitos principales, son la simplificación (de todos los elementos que componen el derecho) y la aplicación del derecho a los casos concretos.
Técnica jurídica: Es el conjunto de productos necesarios para la elaboración de las fuentes formales del derecho y su recta aplicación, a través de dos operaciones, a) Elaboración del derecho y b) Aplicación del derecho
ELEMENTOS DE TECNICA JURIDICA: 1) interpretación; 2) integración; 3) vigencia. 4) retroactividad y 5) Conflicto de leyes.
PROBLEMAS DE LA TECNICA JURIDICA:
1) Interpretación juridicial. Es aquella que se realiza en los problemas ocasionados por la falta de claridad de la norma y deberá recurrirse a los métodos de interpretación, como lo son, el literal, sistemático y exegético.
2) Integración de la norma: Se da para resolver los problemas que resultan del hecho de que una norma no sea completa o existen lagunas de ley y se recurre a la integración, como lo es, la analogía, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho.
INTERPRETACION JURIDICA
Toda norma jurídica lleva implícito un sentido, sin embargo, en ocasiones tal sentido u objetivo no está expresado en forma clara y precisa, puesto que las palabras utilizadas pueden tener dos o más significados, o bien, que la construcción de la frase u oración o de total del contenido de la norma es defectuosa y en consecuencia es difícil de entender.
Tal estado de las cosas crea la necesidad de que el intérprete se vea en la obligación de descubrir la significación de la norma para encontrar un verdadero sentido, su objetivo original de la creación y del sistema mexicano.
CONCEPTO.- Es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que son normas,
En consecuencia, hablar de una interpretación del derecho es igual al referirse a una actividad que comprende todas las normas jurídicas.
ELEMENTOS DE INTERPRETACION: 1) PRIVADA. La realizan los particulares y 2) JUDICIAL O AUTENTICA.- La realizan los órganos jurisdiccionales o tribunales (sentencias).
TIPOS DE INTERPRETACION:
A) INTERPRETACION LITERAL. Consiste en tomar en cuenta la interpretación literal de la norma, la cual obviamente será muy subjetiva y dependerá del sujeto que la interpreta, en el sentido que pretenda darle de acuerdo a su posición frente al caso.
B) INTERPRETACION SISTEMATICA: Consiste en tomar en cuenta la totalidad del orden jurídico aplicable al caso.
C) INTEPRETACION EXEGETICA. Este tipo de interpretación buscara el sentido de la norma en relación con la realidad o el tiempo en que la norma se dio, para ello, se puede apoyar en la exposición de motivos que se dio para aceptarla. Lo anterior ayuda por dos razones; una, puede existir el problema de que el tiempo le quite el sentido a la norma y dos, se debe buscar la intención que en ese momento tuvo el creador de la norma.
INTEGRACION JURIDICA.
CONCEPTO.- Es la creación y constitución de un derecho o la tipificación de un delito no establecido en la ley recurriendo a otras normas, a la analogía, a la jurisprudencia, a la doctrina, o a los principios generales de derecho para aplicarlos a un caso particular. Por ejemplo: Cuando aplicamos por analogía tesis o jurisprudencias en los casos concretos cuando se refieren a preceptos de otros estados.
ELEMENTOS: 1) ANALOGIA; 2) JURISPRUDENCIA, 3) DOCTRINA Y 4) PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO.
En el derecho procesal la integración se usa para llenar vicios legales (lagunas de ley). No se permite en el derecho penal ni en el derecho procesal penal.
CONFLICTO DE LEYES.
CONCEPTO.- Es la situación que se produce a causa de las legislaciones aplicables sucesivamente en un mismo lugar o en distintos lugares o también en un mismo lugar con referencia a grupos distintos de individuos o sea, que los conflictos de leyes nacen o surgen de las diferencias entre las legislaciones.
Los conflictos de leyes se dan cuando uno o más disposiciones de estas son contrarias entre si y cuando estos preceptos regulan la misma materia, o tenga la misma jerarquía normativa, que
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