Terminación De La Relación Laboral
Enviado por Brissa85 • 9 de Febrero de 2014 • 1.093 Palabras (5 Páginas) • 455 Visitas
La terminación de la relación del trabajo tiene muchas variantes es indispensable conocer cada una de estas, ya que cada una tiene variantes que se ejercen de acuerdo a los casos para que podamos entender que casos se aplican de acuerdo a sus conceptos: (suspensión, rescisión y terminación).
Suspensión: Esta es la interrupción temporal de la relación laboral esta afecta los derechos y obligaciones fundamentales que nacen con motivo de la relación contractual, en esta existen dos tipos de suspensión la absoluta y la relativa. En esta se pueden citar dos ejemplos:
En la Absoluta se puede entender como la suspensión temporal de alguna o algunas de las actividades como por ejemplo la incapacidad adquirida por la maternidad, esta sugiere que la trabajadora tiene que ausentarse de sus labores, pero tendrá derecho a gozar de un sueldo del 100% y por tanto la antigüedad sigue corriendo.
En lo referente a la llamada suspensión relativa: Se define como la dada en casos donde el trabajador solicita ausentarse de sus labores mediante un permiso que no le permite el goce de sueldo, en estos casos el patrón se deslinda de obligaciones, pero la antigüedad sigue corriendo.
Este tipo de terminación laboral se explica en el artículo 42 de la LFT:
• La enfermedad contagiosa del trabajador
• La Incapacidad ocasionada por un accidente
• La prisión preventiva de un trabajador, seguida de una sentencia absolutoria
• El arresto del trabajador
• La designación de los trabajadores como representantes de los organismos estatales
• La falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos necesarios para la prestación de servicios.
(El artículo 43 de la LFT, hace específica cada una de las causas antes mencionadas, mientras que el 44 y 45 determinan la situación que antecede la causa)
Rescisión de las relaciones laborales: Este acto ocurre cuando una de las partes da por concluida la relación laboral por incumplimiento de las obligaciones contraídas. “ El despido es considerado como un tipo de rescisión”, en el artículo 47 de la LFT se exponen las causas de rescisión de la relación del trabajo estas sin responsabilidad para el patrón:
I. Engañarlo; el trabajador o el sindicato haciendo uso de documentos falsos que hagan constar de habilidades requerimientos que son indispensables a través de información falsa, esta causa surtirá efectos después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador.
II. Carecer de probidad u honradez
III. Cometer el trabajador en contra de sus compañeros cualquier tipo de violencia, probidad u honradez.
IV. Ocasionar intencionalmente el trabajador prejuicios materiales durante el desempeño de sus labores.
V. Ocasionar los prejuicios anteriores, siempre que sean graves sin dolo pero con negligencia.
VI. Cometer por su imprudencia el trabajador, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en el.
VII. Cometer actos inmorales dentro del lugar de trabajo
VIII. Revelar el trabajo, así como secretos de fabricación, o dar a conocer asuntos reservados
Estas son algunas de las causas en las que el patrón no contrae obligación alguna, en realidad cada una de estas causas daña directamente al patrón. Cualquiera de las causas anteriores debe ser notificada al trabajador por escrito, el trabajador tiene la obligación de notificar que se le entrego dicha información, en caso de no avisar los motivos del motivo será considerado como despido injustificado.
¿Qué diferencia hay entre la terminación y la rescisión de la relación laboral?
La terminación es una forma normal de extinguirse
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