Trabajo: Normativa autonómica sobre atención a la diversidad
Enviado por Jonathan GA • 23 de Octubre de 2016 • Apuntes • 4.384 Palabras (18 Páginas) • 219 Visitas
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Trabajo: Normativa autonómica sobre atención a la diversidad
En esta actividad se propone a los alumnos el texto del Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre, que tiene por objeto establecer y regular, para la Región de Murcia la respuesta educativa a la diversidad del alumnado.
Una vez examinado su contenido, deben responder a las siguientes cuestiones:
- Dentro de las actuaciones generales para la atención a la diversidad del alumnado, define y expón las medidas de apoyo ordinario y específico contempladas en el Decreto.
- Resume la respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales, dificultades específicas de aprendizaje, altas capacidades intelectuales, así como integración tardía en el sistema educativo español, regulada en los artículos 11 a 14 del Decreto.
- Comenta brevemente las acciones de carácter compensatorio recogidas en los artículos 20 y siguientes del Decreto.
- Explica de forma resumida en qué consisten los programas de diversificación curricular, los programas de cualificación profesional inicial y las aulas abiertas especializadas en centros ordinarios.
- Medidas de apoyo ordinario:
-las estrategias organizativas y metodológicas que facilitan la adecuación de los elementos prescriptivos del currículo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al contexto sociocultural y las características del alumnado con el proceso de enseñanza y aprendizaje sin modificar los objetivos propios de la etapa.
-el art.13.2 de Real Decreto 151372006 , de 7de diciembre que establece las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria los mecanismos de refuerzo utilizados cuando se detectan dificultades de aprendizaje que serán de tipo organizativos y curriculares.
-el art.12.1 de Real Decreto 1631/2000 de 29 diciembre que establece las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria ,las medidas que son orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y a la consecución de las competencias básicas y los objetivos de la ESO.
-los centros educativos públicos y privados concertados adoptarán medidas de apoyo ordinario según las características del alumnado para responder a las diferentes ritmos de A ,motivaciones ,intereses y estilos de interacción; los centros organizarán y optimizará los medios y los recursos para el alumnado.
-los centros educativos atenderán las necesidades educativas del alumnado según prevea la Consejería para apoyo ordinario y medios necesarios para lograr los objetivos generales de las diferentes etapas educativas.
1.2. Medidas de apoyo que se pueden adoptar:
-el refuerzo o apoyo individual en grupos ordinarios con el objetivo de mejorar el rendimiento académico del alumnado
-agrupamientos flexibles y desdoblamientos de grupo que permitan el esfuerzo colectivo a un grupo de alumnos
-la oferta de materias optativas atendiendo a las necesidades de aprendizaje del alumnado.
-los grupos de refuerzo curricular en las materias de carácter instrumental cuando existan desventajas en las competencias básicas.
-la integración de materias en ámbitos utilizando una metodología que favorece al individuo y el desarrollo de estrategias cooperativas y ayuda entre iguales
-el currículo de adapta al alumnado y no puede tener alteraciones de los objetivos comunes .
-utilización de estrategias organizativas y curriculares para favorecer la atención individual y la adquisición de las competencias básicas y sus objetivos correspondientes.
-estas medidas se dirigen al alumnado escolarizado en los centros educativos públicos y privados concertados.
-el maestro y el jefe de estudio se encarga de las medidas de apoyo ordinario según el a rt.6 en la Educación Infantil y Primaria junto a los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o orientador del centro.
-el equipo docente y el asesoramiento de profesionales de la orientación se encarga de las medidas de apoyo ordinario en la ESO.
-los centros recogerán las medidas de apoyo ordinario adoptados en el Plan de Atención a la Diversidad junto a los criterios y procedimientos previstos.
- Medidas de apoyo específico
Son considerados medidas de apoyo específico los programas organizativos y curriculares ,de tratamiento personalizado dirigidas al alumnado con necesidades específicas según el art.1.3 de este Decreto para el alumnado que no ha obtenido los resultados esperados después del apoyo ordinario.
-la Consejería se encarga de programas y medidas de apoyo específico para el alumnado con necesidades específicas asegurando los medios precisos y los recursos para sus necesidades.
-los centros se encargan de garantizar la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo para no existir discriminación y de inclusión educativa.
-estos centros recogerán las medidas de apoyo específico adoptados en el Plan de Atención a la Diversidad junto a los criterios y procedimientos previstos para su implantación ,desarrollo ,seguimiento y evaluación.
-los servicios de orientación se encarga de asesorar y orientar a los centros educativos con el alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo.
1.4. Medidas de apoyo específico que se pueden adoptar:
-atender al alumnado con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o del desarrollo escolarizados ,aulas abiertas especializadas en centros ordinarios y centros de educación especial.
-se utiliza estrategias metodológicas específicas de E A y se crearan grupos de profundización y enriquecimiento en contenidos específicos en las diferentes áreas destinadas al alumnado con altas capacidades intelectuales.
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