Tribunal superior de justicia de Andalucía
Enviado por judithmolne • 15 de Diciembre de 2022 • Trabajo • 661 Palabras (3 Páginas) • 63 Visitas
Sentencia 1: Incidencia de las nuevas tecnologías en materia de extinción del contrato
Link: https://www.normacef.es/buscaResult/documento.aspx?id=NSJ013397&pal_buscadas=&coleccion=Jurisprudencia
Nº sentencia: 591/2003
Fecha: 9 de mayo de 2003
Tribunal: Tribunal superior de justicia de Andalucía
Código de referencia: NSJ013397
Resumen: Se extingue el contrato de trabajo porque han hecho un mal uso del correo electrónico ya que han mandado comentarios ofensivos a los compañeros y superiores. El desarrollo de las novedosas tecnologías está ocasionando nuevos inconvenientes jurídicos. Tales conflictos vienen planteándose en los últimos tiempos, cada vez con más frecuencia, frente a los Tribunales, que se combaten a preguntas en que el ordenamiento es menos completo y preciso que lo cual demandaría la verdad social. Están ocasionando una nueva clasificación de los derechos con el secreto de las comunicaciones y la intimidad informáticas en las que el trabajador tiene el derecho de que sus correos electrónicos sean privados pero en este caso, según la Constitución, como se enviaron los correos de forma ofensiva desde el ordenador de la empresa se pudieron sacar a la luz estos y por ello procedieron al despido. Para confirmar sus sospechas realizaron un acta y saber lo que el personal recibía en los correos, como no se quebrantó ninguna ley por no exponer los comentarios de la empleada se hizo un juicio.
Conclusión: Se despide a una empleada por usar el correo electrónico para trabajar con otras personas ajenas a la empresa y además por mandar comentarios ofensivos a sus compañeros. Se procede a su despido ya que se hace una investigación sin profanar ningún derecho de los que hay en la constitución ya que, si tiene derecho a la privacidad en temas de informática, pero si sus compañeros manifiestan quejas se procede a contratar a alguien para entrar en su correo electrónico. El correo electrónico es un medio de comunicación de fácil acceso en el que la información que se envía llega de manera inmediata al destinatario, si se hace un mal uso en la empresa y además con el correo de empresa, entonces, es normal que se proceda a investigar y consecutivamente a su despido.
Sentencia 2: Incidencia de las nuevas tecnologías en materia de convenios colectivos
Link: https://www.normacef.es/buscaResult/documento.aspx?id=NSJ019482&pal_buscadas=&coleccion=Jurisprudencia
Nº sentencia: 143/2004
Fecha: 11 de abril de 2005
Tribunal: Tribunal supremo
Código de referencia: NSJ019482
Resumen: Se cree la impugnación puesto que la aprobación del trabajo a domicilio no podría ser forzosa para el trabajador y no puede establecerse con este carácter ni por la vía del artículo 41 del Estatuto del Trabajador, ni por medio de consenso colectivo,
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