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UNION DE HECHO


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  383 Palabras (2 Páginas)  •  281 Visitas

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Declaración de unión de hecho

La unión de hecho voluntariamente realizada y mantenida por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años contínuos.

La unión de hecho puede demostrarse por cualquier medio siempre que exista un principio de prueba escrita.

La unión de hecho termina por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión unilateral.

Los Notarios pueden tramitar el reconocimiento de la unión de hecho que reúna los requisitos indicados.

La solicitud debe incluir lo siguiente:

1. Nombres y firmas de ambos solicitantes.

2. Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.

3. Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.

4. Certificado domiciliario de los solicitantes.

5. Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.

6. Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.

7. Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

El Notario manda publicar un extracto de la solicitud en el diario oficial ”El Peruano” y en otro de amplia circulación del lugar.

Transcurridos quince días útiles desde la publicación del último aviso, sin que se hubiera formulado oposición, el Notario extiende la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes y luego remite partes al Registro Personal del lugar donde estos domicilian.

En caso de oposición el Notario suspende inmediatamente su actuación y remite lo actuado al juez correspondiente.

Si cualquiera de los solicitantes proporciona información falsa para sustentar su pedido ante el Notario, será pasible de responsabilidad penal.

Si los convivientes desean dejar constancia de haber puesto fin a su estado de convivencia podrán hacerlo por escritura pública en la cual podrán liquidar el patrimonio social. En este caso no se necesita hacer publicaciones.

El reconocimiento del cese de la convivencia también se inscribe en el Registro Personal.

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