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Formato de Informe


Enviado por   •  5 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  845 Palabras (4 Páginas)  •  251 Visitas

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Bogotá D.C., XX de XXXX de 2016

Señores:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Atn. Sr. XXXXXXXXXXXXX

Gerente General

Ciudad

Asunto: Información Exógena Nacional año Gravable 2015 – Formato 1001 Posterior.

Respetados Señores:

Hemos revisado la información exógena que será reportada ante la administración de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente al período 2015.

La revisión  fue realizada de acuerdo con las normas profesionales relativas a la Contaduría Pública y consistió en la obtención de información y conocimiento de los procedimientos utilizados para la preparación de los formatos y a las especificaciones técnicas que se deben tener en cuenta para dar cumplimiento con los requisitos señalados en la resolución 220 de octubre 31 de 2014.

Es importante resaltar que la información reportada corresponde a los registros contables y base de datos suministrada por la compañía; por lo tanto es responsabilidad de la misma las posibles inconsistencias presentadas por errores en la información suministrada; así mismo recordamos que la información se debe reportar antes del vencimiento establecido por las entidades de control lo cual se debe realizar hasta el  día XX de XXXX de 2016.

Adjunto a la presente encontrará el respectivo informe donde se manifiestan algunos puntos a tener en cuenta por parte de la Administración de la sociedad.

Por último se debe tener en cuenta que la Administración de la Sociedad debe verificar que los últimos formatos revisados y validados por nuestra compañía sea los mismos que se presentan ante la administración de impuestos,

Agradecemos la valiosa colaboración de los funcionarios de la compañía durante el tiempo en el cual se realizó nuestra revisión.

Atentamente,

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Auditor Encargado

Designados por: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

RECOMENDACIÓN 1

EN LA REALIZACION DEL CONCEPTO 5001, SE PUDO EVIDENCIAR QUE SE REPORTARON TODAS LAS CUANTIAS, Y NO SE TOMO COMO BASE EL TOPE DE CUANTIAS MENORES (5.000.000 PARA PAGOS SALARIALES CLASIFICADOS EN EL CONCEPTO 5001).

De acuerdo a la verificación de la estructura y las cuantías menores, se pudo evidenciar que no se cumple con el tope de reporte de 5.000.000 para el concepto 5001, se recomienda que dicha información sea corregida con el fin que el reporte cumpla con las especificaciones técnicas emitidas por la dirección de Impuestos.

Disposición Analista de Impuestos

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RECOMENDACIÓN 2

EN LOS CONCEPTOS 5003, 5004, 5005, 5015, 5019, SE PUDO EVIDENCIAR QUE SE REPORTO UNA MAYOR CUANTIA POR CONCEPTO DE TERCEROS EN NEGATIVO, SIENDO LOS MÁS REPRESENTATIVOS:

CONCEPTO 5004

[pic 2]

CONCEPTO 5019

[pic 3]

Se recomienda realizar la respectiva conciliación de terceros, esto con el fin de reportar los terceros reales, para así evitar contingencias futuras contempladas en el artículo 651 del ETN que expresa:

“(…)- Hasta del 5% de las sumas respecto de las cuales no se suministró la información exigida, se suministró en forma errónea o se hizo en forma extemporánea.

- Cuando no sea posible establecer la base para tasarla o la información no tuviere cuantía, hasta del 0.5% de los ingresos netos. Si no existieren ingresos, hasta del 0.5% del patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio. (…)” (El subrayado es nuestro).

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