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Enviado por Abytapa • 21 de Septiembre de 2012 • 1.047 Palabras (5 Páginas) • 498 Visitas
Tarifas y base imponible
a) Ventas Locales
Precio de Venta (Incluye otros impuestos, tasas y gastos sobre el precio)
menos (-) Deducciones (bienes y envase devueltos; descuentos y bonificaciones comerciales; interese y primas de seguros en ventas a plazo)
Base Imponible
b) Importaciones
Valor Fob (Libre a Bordo en el exterior)
+ Seguro Internacional
+ Transporte Internacional
Valor Cif (puerto o ciudad ecuatoriana)
+ Aranceles, tasas, Impuestos, recargos, etc.
Base Imponible
Quienes pagan el IVA
El pago del IVA recae mayoritariamente sobre las personas naturales en calidad de consumidores finales o usuarios de los servicios que utilicen.
Las empresas y negocios que producen o comercializan bienes gravados con el IVA tienen el beneficio del ¨crédito tributario¨, esto es, la compensación del IVA pagado sobre bienes, insumos y servicios adquiridos y necesarios para la producción y/o comercialización de los bienes y servicios gravados con el 10%. Las demás, aún cuando no gocen del crédito tributario, el IVA pagado es trasladado al precio de venta, confirmándose que el impuesto pesa sobre la población en general, y con fuerte incidencia en los estratos más pobres.
Agentes de Retención
El valor del IVA por los compradores y usuarios de los bienes y servicios gravados con este tributo por las empresas, negocios, y personas naturales que habitualmente efectúen ventas de bienes y servicios gravados.
Los agentes de retención tienen la obligación de declarar y pagar a través del Servicio de Rentas Internas -SRI- en los Bancos autorizados, el valor del IVA cobrado. El depósito debe efectuarlo mensualmente sobre las transacciones del mes anterior.
Si el IVA cobrado por las ventas realizadas es mayor al IVA pagado por el vendedor, durante el mes, éste debe pagar el Fisco únicamente la diferencia.
Cuando el IVA cobrado es menor al IVA pagado por el vendedor, no hay pago; el vendedor utiliza en su favor el ¨crédito tributario¨ por la diferencia que la aplicará en el siguiente mes.
En resumen
a) IVA Cobrado mayor a IVA Pagado: Paga la diferencia
b) IVA Cobrado menor a IVA Pagado: No hay pago, el crédito tributario lo aplica en el siguiente mes.
Aspectos Materiales de la Decisión y su incidencia en la normativa tributaria ecuatoriana
Transferencias que no generan IVA
En la Decisión se incluye los aportes temporales de bienes a consorcios, “joint ventures” y otras y su reingreso a las entidades aportantes; situación no contemplada en la legislación ecuatoriana.
El Ecuador, un vez que entre en vigencia la Decisión, deberá eliminar como transferencia que no genera IVA las donaciones a entidades del sector público y asociaciones de carácter privado de beneficencia, cultura, educación, investigación, salud o deportivas.
Ventas de bienes inmuebles
La Decisión deja a los países miembros la posibilidad de que se grave con el IVA la primera venta de bienes inmuebles; transferencia que en el Ecuador no es objeto de este impuesto.
Transporte de carga
En la Decisión, el transporte nacional de carga debe gravarse con el IVA; mientras que en el Ecuador el mismo grava con tarifa 0%.
Hecho Generador: Causación del Impuesto
La Decisión señala que el impuesto se causa con la entrega total del bien o terminación del servicio; salvo que los países dispongan que el impuesto se causa con la entrega del comprobante o en el momento del pago; sin contemplar
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