ANTROPOLOGÍA JURIDICA
Enviado por GORDADIAMONT • 18 de Marzo de 2015 • 392 Palabras (2 Páginas) • 126 Visitas
PAÍSES QUE NO TIENEN CONSTITUCIÓN POLÍTICA
1)Inglaterra. Un país que, curiosamente, no tiene Constitución escrita –tal y como nosotros la entendemos– sino un Derecho Constitucional formado por un conunto de di!ersos te"tos históricos# estatutos, resoluciones y principios.$)%ue!a &elanda no tiene una Carta 'agna codificada sino un conunto de estatutos, tratados, órdenes, patentes reales y decisiones –como ocurría en su antigua metrópoli.()Israel, a falta de Constitución, su ordenamiento se estructura –*sicamente– en dos grandes loques# 1) +a legislación primaria, formada por las leyes *sicas o fundamentales sore el -oierno, el arlamento, la capitalidad de /erusal0n, el e0rcito, etc.), las leyes aproadas por la neset la asamlea unicameral) y las ordenan2as que a3n se encuentran en !igor de la 0poca del mandato rit*nico, anterior a la independencia israelí4 y $) +a legislación secundaria, con las normas del eecuti!o reglamentos), los mandatos del e0rcito y la normati!a de los distritos y municipios.5)Canad*# 6u ley de leyes est* formada por dos Constitución de 1789 y 1:7$ y una Carta de Derechos y +iertades que sí que est*n escritas, pero tami0n incluye otros principios, prerrogati!as y tradiciones que no lo est*n.;)+iia, que tu!o una Constitución en 1:;1 pero fue derogada por la roclamación Constitucional de 1:8:, tras el golpe militar de 'uammar -adafi. <cho a=os m*s tarde, se redactó la nue!a roclamación de la >utoridad del uelo +iio que tampoco es una !erdadera ley fundamental del ?stado sino una declaración ideológica del r0gimen.8)<m*n# >unque en 1:88, el sult*n omaní promulgó un @eal Decreto que regulaa –entre otras materias– la sucesión al trono, la elección del primer ministro, el nue!o sistema icameral y algunos derechos de los ciudadanos, en sentido estricto, el 'onarca tami0n carece de Constitución, desde que se independi2ó de -ran Areta=a en 1:91.
Apreciación del video (los principales derechos construccionales)
?l !ideo presentado se trata de derechos constitucionales generalmente mas aceptados .Derechos constitucionales denominados tami0n derechos fundamentales y garantías indi!iduales ) son aquellos derechos humanos garanti2ados con rango constitucional que se consideran como esenciales en el sistema político que la Constitución funda y que est*n especialmente !inculados a la dignidad de la persona humana. ?s decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento urídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías de tutela y reforma, tami0n en el !ideo se aprecia cómo se manifiesta cada derecho tutelado y finalmente hay instituciones que tutelan los derechos humanos
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