Derecho Procesal
Enviado por yoshiko1 • 8 de Mayo de 2012 • 293 Palabras (2 Páginas) • 320 Visitas
la Demanda.
3. Citación del Demandado
* Oposición de las cuestiones previas.
4. Contestación de la Demanda.
* El momento de oponer las cuestiones previas es antes de la Contestación de la Demanda, es decir, 20 días siguientes a la citación del demandado.*
Art. 346 CPC (Encabezado): “Dentro del lapso fijado para la contestación de la demanda, podrá el demandado en vez de contestarla promover las siguientes cuestiones previas…”
OJO: La oposición de cuestiones previas es totalmente diferente a la contestación de la demanda. Estas, es decir, las cuestiones previas pueden o no oponerse en el proceso, “no son una etapa obligatoria del mismo”.
( La oposición de las cuestiones previas van a depender del demandado, se encuentre en incurso alguna de las hipótesis del Art. 346 CPC, si no se encuentra en ninguna de las establecidas le toca responder o contestar la demanda.
CD CDD
ILD ALD
Con lugar: “SI” con fuerza definitiva.
Si… Sin lugar.
5 días
Dependiendo de la situación se dará una “sentencia interlocutoria (SI)”, que es una sentencia provisoria o una sentencia definitivamente firme. Ahora, si se oponen las cuestiones previas es necesario cerrar esa parte del proceso para continuar con el proceso.
1era Cuestión Previa:
Ordinal Nº 1 del Art. 346 CPC, contempla 4 situaciones.
“[La falta de jurisdicción del Juez] o [la incompetencia de este] o [la litispendencia] o [que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia]”.
1. Falta de jurisdicción del Juez:
a) Frente a otro órgano del Estado.
b) Frente al Juez nacional o extranjero (Art. 55 CPC).
2. Competencia:
a) Por materia (Art. 28 CPC).
b) Por la cuantía (Art. 29 CPC).
c) Por el territorio (Art. 40 CPC).
3. La litispendencia (Art. 61 CPC).
4. La acumulación (Art. 62 CPC).
Concepto de Cuestiones Previas: Son aquellos mecanismos que están en la Ley, que tiene por finalidad limpiar el p
...