Derecho Procesal
Enviado por betsy.j • 7 de Marzo de 2012 • 2.404 Palabras (10 Páginas) • 359 Visitas
1. Derecho Procesal, concepto:
El Derecho Procesal es un conjunto de normas que establecen los institutos representantes de la justicia para regular su desarrollo y efectos de la actividad jurisdiccional; cumpliendo así el derecho sustantivo, por medio de este derecho adjetivo que es el medio para hacer valederas las normas preexistentes del derecho sustantivo.
2. Contenido del Derecho Procesal:
El Contenido del Derecho Procesal, lo podemos agrupar en varios aspectos:
• Una parte institucional, que comprende las normas sobre la formación y funcionamiento de los órganos judiciales, su jurisdicción y competencia.
• Un aspecto que agrupa lo relativo a las partes en el proceso regulando su capacidad, legitimación, asistencia y representación.
• Un aspecto real que se refiere a las acciones o más bien pretensiones, cuestiones previas, pruebas y, en fin, a los actos procesales.
• Un aspecto práctico referente a los trámites y diligencias que deben seguirse en cada tipo de juicio y su correspondiente ejecución dentro de los lapsos procesales.
• Un carácter parajudicial referente a los actos de jurisdicción voluntaria y a los casos de arbitraje.
3. Ramas del Derecho Procesal:
El Derecho procesal se ha dividido en dos ramas: el derecho Procesal Civil y el Derecho
Procesal Penal.
Pero, de acuerdo con la naturaleza de la norma jurídica que se pretende hacer valer ante el órgano jurisdiccional podemos también estar en presencia de:
Un Derecho Procesal Administrativo, Derecho Procesal Tributario, Derecho Procesal Militar, Derecho Procesal Agrario. Derecho Procesal Laboral, Derecho Procesal Constitucional.
4. Derecho Procesal Civil:
El Derecho Procesal Civil, es una rama del derecho procesal que regula la actuación antes los Tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil.
5. Naturaleza del Derecho Procesal Civil:
El Derecho Procesal Civil, pertenece al ámbito del Derecho Público.
El derecho procesal civil, regula las relaciones entre los ciudadanos y el Estado con motivo del ejercicio de una función pública estatal: la jurisdicción.
La regulación de tales relaciones se lleva a efecto no en un plano de igualdad, sino de supra ordenación y subordinación, en la cual el órgano del estado aparece en un plano superior al de los demás sujetos del proceso y les impone su decisión.
Una consecuencia que se deriva de la naturaleza pública del Derecho Procesal Civil es la imposibilidad de un proceso convencional, pues aunque las partes litigantes manifiesten su acuerdo, no es potestativo de los Tribunales subvertir las reglas legales con que el legislador ha revestido la tramitación de los juicios, porque su estricta observancia es materia íntimamente ligada al orden público.
Sin embargo, la naturaleza pública del Derecho Procesal Civil no significa que todas sus normas son imperativas. Al lado de las normas imperativas, absolutas o de orden público, existen también normas dispositivas, supletorias o de interés privado, que sólo tienen aplicación si la voluntad de las partes no dispone otra cosa.
6. Características del Derecho Procesal Civil:
a) Emerge del Derecho Público, porque reglamenta la actividad de un órgano del Estado como es el Poder Judicial.
b) Es instrumental, formal o adjetivo porque hace efectivo los derechos sustantivos. Se advierte que este carácter, que algunos llaman secundario, no significa desconocer la autonomía que posee.
c) Es autónomo porque tiene normas propias, se maneja con instituciones y principios especiales.
7. Terminología del Derecho Procesal Civil:
Parte: Es toda persona natural o jurídica, que interviene en un proceso en defensa de un interés o derecho.
Parte Actora: Es aquella que invoca la existencia de un derecho a su favor y, la parte demandada es aquella frente a la cual se invoca la pretensión de la actora, o sea que es la parte contra quien se dirige la pretensión contenida en el libelo de demanda.
Libelo de Demanda: Es el escrito contentivo de la pretensión de la parte actora.
Litigio: Litis, juicio, causa, pleito o proceso), es la contienda judicial entre partes.
Denuncia: acto por el cual se pone en conocimiento a la autoridad, de un hecho sancionado en las leyes, para que se averigüe y determine quién es el responsable y se le castigue.
8. Fundamentación del Derecho Procesal:
Un litigio civil es una disputa entre dos partes y que buscan el dinero como compensación.
Los abogados que se especializan en litigios civiles son llamados los litigantes. También se llaman los abogados. En su mayoría representan a los juicios, audiencias, litigios, mediaciones y arbitrajes. Todos estos casos han de controversias, como los casos de pleitos common.Civil cubre el tipo de casos y controversias. La mayoría de los litigantes se especializan sólo en una o dos áreas de litigio. Por ejemplo, los litigantes pueden especializarse en casos inquilino arrendador, algunos de los productos y la responsabilidad, y hay varios más. Son lesiones personales, bienes raíces, construcción, la legislación antimonopolio, el medio ambiente, propiedad intelectual y los obreros de compensación.
Ser un agente de litigio no es fácil ya que implica varias responsabilidades, como la investigación y descubrir detalles sobre el caso. Por lo general, trabajan largas jornadas y los litigios que pueden prolongarse durante un largo período de tiempo. Para algunos casos, los litigios se establece que la casualidad o un juicio justo y para algunos puede ser la única esperanza de la izquierda.
El ciclo de vida del litigio puede durar desde unos meses hasta unos pocos años. Esto ha sido dividido en siete etapas, como la investigación, alegando, descubrir, antes del juicio, el juicio, los asentamientos y, por último recurso. También, uno debe saber que todos los juicios no son elegibles para los litigios. Varios casos llegan hasta el veredicto, pero no llegar al recurso de casación. En el proceso de litigio el período de descubrimiento se toma el tiempo máximo. Una vez que los hechos están en su lugar se vuelve muy fácil de resolver el caso. Abogados litigantes civiles pasan muy poco tiempo a juicio de hecho.
9. Ley Procesal, naturaleza:
La naturaleza de la Ley Procesal, es de Derecho Público, porque regula la función jurisdiccional asumida por el estado.
La Ley Procesal, a pesar de estar en el campo del Derecho Público, algunas
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