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La Aduana En Roma


Enviado por   •  21 de Agosto de 2012  •  5.379 Palabras (22 Páginas)  •  675 Visitas

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Antecedentes de Las Aduanas

1. Introducción

2. Aspectos generales de las aduanas y la dirección general de la renta de aduanas de El Salvador

3. El servicio de Aduanas

4. El servicio de Aduanas en El Salvador.

5. Reglamento de las Aduanas de la República de El Salvador en 1915

6. Estructura orgánica de las Aduanas de la República de El Salvador 1915

7. De las funciones de la dirección general de la renta de Aduanas ( 1936 ).

INTRODUCCIÓN

El Presente Trabajo tiene como finalidad hacer una pequeña remembranza histórica del origen de las Aduanas, en especial las aduanas de la Republica de el Salvador.

Además por no haber mayor antecedente Historio especialmente de las Aduanas de El Salvador, se procura contribuir para aquellas personas que buscan un poco de información acerca de este tema.

ASPECTOS GENERALES DE LAS ADUANAS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DE EL SALVADOR

Es por eso que en 1936 por medio del decreto legislativo No. 43 se crea la Dirección General de la Renta de Aduanas como dependencia del Ministerio de Hacienda, bajo la responsabilidad de un jefe denominado Director General de la Renta de Aduanas.

Quedando establecido que los subalternos de la Dirección General de la Renta de Aduanas, y el personal de las Aduanas de la República, serán nombrados por el Ejecutivo a propuesta de la Dirección General de la Renta de Aduanas.

1.1 EL SERVICIO DE ADUANAS

1.1.1 ANTECEDENTES

De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, en su décima novena edición, el vocablo “Aduana” deriva del árabe “ ad-divoana” que significa “ el registro”. Hay quienes afirman que se origina del italiano “duxana” porque en Venecia las mercaderías pagaban un impuesto de entrada que pertenecía al “Dux”. Otros opinan que deriva de “douana” o “dovana”, que significa “ derecho”. Sin embargo, cualquiera que sea su significado etimológico, “aduana” se utiliza para designar las dependencias gubernamentales que intervienen en el tráfico internacional de las mercaderías que se importan o exportan y que se encargan de cobrar los impuestos que las gravan. En este concepto debe aclararse que las aduanas intervienen también en el cabotaje, aunque en esta operación no exista tráfico internacional ; pero es también función de las aduanas cuidar que las mercaderías de cabotaje que lleguen a otro puerto nacional, sean las mismas que se embarcaron.

Independientemente de las implicaciones económicas del Comercio Internacional, puede decirse que su intensificación y su regulación son los antecedentes de los servicios aduaneros, considerados éstos ya sea como medio de incrementar los ingresos fiscales a través de los impuestos a la importación y a la exportación, o bien como instrumento para implementar cualquier medida económica de tipo proteccionista que se adopte.

1.1.2 EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO

1.1.2.1 ORGANIZACIONES PRIMITIVAS

En las primitivas organizaciones sociales se encuentran ya los impuestos ( directos ), tanto en su forma personal, como en el servicio militar, tanto en su forma real ( parte del botín que se adjudica al jefe de la tribu). Posteriormente aparecen los tributos en especie, como la capitación, y los tributos sobre los rendimientos de la agricultura y de la ganadería ( diezmos ). Mucho después, cuando crecen las necesidades del Estado, el impuesto adopta la forma indirecta. Entre otros impuestos indirectos, el de aduana parece haber sido conocido en la India, así como en Persia y Egipto. En Grecia existieron, junto con el de capitación ( sobre los extranjeros ), el de consumo, sobre la ventas.

1.1.2.2 ROMA

En roma, el impuesto de aduanas parece haber sido establecido por Anco Marcio, con ocasión de la conquista del Puerto de Ostia. Se dice que por haber sido un puerto donde primero se estableció el impuesto, recibió el nombre de “portorium”, aunque en esta denominación se comprendieron varios otros impuestos, como el de peaje.

Al principio de la época imperial, el portorium era arrendado en pública subasta por períodos de cinco años y a un tanto alzado. Más adelante se varió el sistema, encomendándose la cobranza a uno o varios funcionarios imperiales, que debían rendir cuenta de sus gestiones y que percibían un porcentaje de las sumas que ingresaban en el Tesoro. Finalmente se llegó al sistema de percepción directa por el Estado.

El impuesto de aduana en roma se extendía tanto a la importación como a la exportación, consecuencia del carácter absolutamente rentístico o fiscal que el impuesto tenía en ese entonces y que, con pequeñas excepciones, siguió teniendo validez hasta el siglo XVII, durante el cual se constituyeron los grandes estados modernos y aparecieron las primeras doctrinas económicas de política nacionalista.

1.1.2.3 EDAD MEDIA

En la edad media se vuelve a los impuestos personales (directos ), no existiendo en sus principios Hacienda Pública, ni verdaderos impuestos. Los señores feudales imponían a sus vasallos Capitaciones e impuestos territoriales y cobraban ciertos derechos por la circulación de las personas y de las cosas ( peaje, portaje, puntazgo, barcaje )y sobre las transmisiones de la propiedad y las sucesiones. El rey vivía de su patrimonio y del derecho que le asistía para que todos contribuyeran a sus necesidades ; pero no existían principios. Bases, ni sistemas tributarios.

Hay que saltar a las Repúblicas Italianas de los siglos XII y XIII para encontrar verdaderos impuestos generales : algunos directos como los que gravan el capital o la fortuna y otros indirectos como el de Aduana. Este último principia a extenderse junto con el desarrollo del comercio, principalmente marítimo, en dicha época.

También encontramos el impuesto de aduanas en Inglaterra, donde según Mc Culloch ( Economista Inglés del siglo XIX, discípulo de Ricardo ) estaba establecido desde antes que en las Repúblicas Italianas. Pero mientras éstas, y en especial Venecia, establecieron el impuesto de aduana sobre bases restrictivas para proteger su industria y su comercio, Inglaterra lo había establecido sobre bases de carácter puramente financiero, política que modificó un tanto hasta el siglo XVII.

1.1.2.4 PERIODOS MODERNOS Y CONTEMPORANEO

Hasta el siglo XVII los derechos de aduana, tanto exteriores como interiores, tuvieron por regla general, un carácter puramente fiscal o rentístico. La idea proteccionista, que aparece poco después de la constitución de los grandes Estados Modernos, como un medio destinado a aumentar la riqueza y el poder de un país, se devuelve en los principios que inspiraron

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