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La biologia.


Enviado por   •  26 de Marzo de 2017  •  Biografía  •  2.289 Palabras (10 Páginas)  •  184 Visitas

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Barranquilla, septiembre 5 de 2015

ARRENDADOR: ISABEL PEÑALOZA BELLO

ARRENDATARIOS:

OMAR JAVIER VIVIESCAS ORTIZ                                      C.C. 1.095.700.420 de Barichara

PAOLA ALEXANDRA PRADA VELAZQUEZ               C.C. 1.095.700.414 de Bucaramanga

SAUL VIVIESCAS ORTIZ                                                     C.C. 91.390.803 de Barichara

Dirección del inmueble: Kra. 41C N° 71-24 APTO 1

Valor del canon: OCHOCIENTOS MIL PESOS M.L…. ($800.000.oo)

Termino de duración del contrato: El término de este contrato es abierto para ambas partes, acordando que cualquiera de las partes contratantes podrá dar por terminado el contrato sin pre-aviso a la otra parte, y sin que ninguna de las partes contratantes pueda pedir a la otra parte indemnización alguna. El arrendatario conócela circunstancia que el apartamento que toma en arriendo forma de un inmueble de mayor extensión el cual se encuentra en trámite de venta, y que acepta que en cualquier fecha el arrendador podrá dar por terminado este contrato solicitándole la inmediata desocupación del apartamento objeto de este contrato; sin, que pueda pedir indemnización alguna.

Fecha de iniciación de contrato: Septiembre 5 de 2015

 El inmueble consta de los servicios de agua, y luz y gas. Cuyo pago es a cargo de los arrendatarios.

Además de las anteriores estipulaciones, las partes en común acuerdo convienen las siguientes cláusulas:

PRIMERA.OBJETO DEL CONTRATO: Mediante el presente contrato, el arrendador concede a titulo de arrendamiento el goce del inmueble cuyos linderos se determinan en la cláusula décima quinta de este contrato.

SEGUNDA.PAGO, OPORTUNIDAD Y SITIO: El arrendatario se obliga a pagar al arrendador el precio o canon acordado en la Kra 41C N°71-24 Apartamento 2

de Barranquilla, dentro de los primeros cincos (5) días de cada periodo(el pago del canon es mes anticipado), al arrendador o a su orden. De igual forma cuando el arrendatario realice el pago del canon fuera de los términos de tiempo señalados, cancelara interese moratorios los cuales se liquidarán a partir del día del inicio de contrato, perdiendo así, los cinco días de periodo de “gracia”. El valor del canon podrá ser incrementado anualmente por el arrendador de acuerdo con el porcentaje autorizado legalmente.

TERCERO, DESTINACION: El arrendatario se compromete a utilizar el inmueble objeto de este, no podrá darle otro uso, ni ceder, ni transferir el arrendamiento sin la autorización del arrendador. El incumplimiento de esta obligación, dará derecho al arrendador para dar por terminado este contrato y exigir la entrega del inmueble.

CUARTA.RECIBOS Y ESTADOS: el arrendatario declara que ha recibido el inmueble jeto de este contrato en buen estado, conforme al inventario que se adjunta, el cual hace parte de este contrato; en el mismo se determinan los servicios, cosas y usos conexos. El arrendatario se obliga al momento de la terminación del contrato a devolver al arrendador el inmueble en el mismo estado que lo recibió, salvo el deterioro proveniente del tiempo y usos legítimos.

QUINTA.OBLIGACIONES DE LAS PARTES: a) Del arrendador: 1. El arrendador hará entrega material del inmueble al arrendatario en buen estado de servicio, seguridad y sanidad y pondrá a su disposición los servicios, cosas y usos conexos convenidos en el presente contrato, mediante inventario del cual hará entrega al arrendatario, así como copia del contrato con firmas originales. 2. Mantendrá el inmueble en buen estado de servir para el cumplimiento del objeto del contrato. 3. Librara al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce del inmueble. PARAGRÁFO: Cuando sea procedente el arrendador hará entrega de una copia de reglamento interno de propiedad horizontal al que se encuentre sometido al inmueble. b) Del arrendatario: 1. Pagará al arrendador en el lugar convenido en la cláusula segunda del presente contrato, el precio del canon. 2. Gozara del inmueble en los términos de este contrato.  3. Velara por la conservación del inmueble y las cosas recibida en arrendamiento. 4. Cumplirá con las normas consagradas en el reglamento de propiedad horizontal si estuviere sometido a dicho régimen. 5. Restituirá el inmueble a la terminación del contrato en el estado en que el fue entregado a disposición del arrendado.

SEXTA. CLAUSULA PENAL DE INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones derivadas de en este contrato, lo constituirá en deudora de la otra por la suma de: UN MILLON CINCUENTA MIL PESOS M.L...  ($ 2.400.000.oo) a título de pena, sin menoscaba del pago de  la renta y los perjuicios que pudieran ocasionarse como consecuencia del incumplimiento.

SEPTIMA. INDEMNIZACION: El arrendatario podrá dar por terminado unilateralmente el presente contrato, en cualquier fecha distinta a la del vencimiento; por lo cual está obligado a cancelar el valor pactado como clausula penal de incumplimiento, señalado en la cláusula (6°)Sexta.

 

OCTAVA. CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO. Son casuales unilaterales de terminación  del contrato, entre otras: a) Por parte del arrendador: 1. La no cancelación por parte del arrendatario del precio o canon, o los servicios públicos que ocasiones la perdida de conexión de los mismos. 2. El subarriendo, la cesión y el cambio de  destinación del inmueble. 3. Las mejoras, cambios y ampliaciones que se hagan al inmueble sin la autorización expresa del arrendador o la destrucción del inmueble por parte del arrendatario. 4. El proceder del arrendatario que afecte la tranquilidad ciudadana. b) por parte del arrendatario: 1. La suspensión de la prestación de los servicios públicos del inmueble, por acción o mora del arrendador. 2. Los actos del arrendador que afecten gravemente el goce del bien arrendado. 3. El desconocimiento por parte del arrendador que afecten gravemente el goce del bien arrendado. 3. El desconocimiento por parte del arrendador de los derechos reconocidos al arrendatario por la ley o el contrato. PARAGRÁFO. No obstante la partes en cualquier tiempo y de común acuerdo podrán dar por terminado el presente contrato.

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