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Ley De Notariado


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  585 Palabras (3 Páginas)  •  255 Visitas

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1. Creación y Funciones del Registro Electrónico de Poderes. Se crea el

Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos, que funcionará

en las oficinas centrales en la ciudad de Guatemala y delegaciones departamentales

y regionales ya existentes o que se crearen. Se encargará del registro y archivo de la

información recibida, accesada, procesada y desplegada, relacionada

exclusivamente con la inscripción de poderes, revocatorias, sustituciones,

modificaciones y renuncias de éstos,Artículo 1. Creación y Funciones del Registro Electrónico de Poderes. Se crea el

Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos, que funcionará

en las oficinas centrales en la ciudad de Guatemala y delegaciones departamentales

y regionales ya existentes o que se crearen. Se encargará del registro y archivo de la

información recibida, accesada, procesada y desplegada, relacionada

exclusivamente con la inscripción de poderes, revocatorias, sustituciones,

modificaciones y renuncias de éstos, y cualesquiera otras inscripciones, anotaciones

o cancelaciones.

Artículo 2. Características. El registro Electrónico de Poderes tendrá las

características siguientes: interactivo, ágil, acorde a la tecnología moderna, de fácil

ACUERDO NÚMERO 38-2004

2

acceso remoto, privacidad y confidencialidad de la información sensible y garante

de la seguridad jurídica registral y fe pública documental.

El Registro Electrónico de Poderes estará enlazado con el Registro Electrónico de

Notarios, para los fines de cruzar información relevante.

Artículo 3. Atribuciones. El director y subdirectores del Archivo General de

Protocolos, subdirectores departamentales y regionales, tendrán las atribuciones

siguientes:

1. Registrar poderes, revocatorias, sustituciones, modificaciones y renuncias de

éstos y cualesquiera otras inscripciones, anotaciones o cancelaciones.

2. Razonar segundos y subsiguientes testimonios que contengan poderes,

revocatorias, sustituciones, modificaciones y renuncia de estos, y

cualesquiera otras inscripciones, anotaciones o cancelaciones.

3. Suspender o denegar el registro de los documentos que se presentaren.

4. Extender certificaciones y/o constancias relacionadas con las operaciones de

su competencia, que consten en la base de datos.

Artículo 4. Certificaciones. Las certificaciones o constancias de operaciones

registrales respaldadas por el Registro Manual de Poderes, serán extendidas en las

oficinas centrales del Archivo General de Protocolos y en las delegaciones

departamentales y regionales. Toda reproducción

...

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