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Trabajador De La Construccion


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  1.032 Palabras (5 Páginas)  •  289 Visitas

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TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION

El trabajador de la es aquel que trabaja en construcción y/o reparación de edificios, casas y obras de gran envergadura. Conforme a su especialidad puede ser albañil, carpintero, gásfiter, electricista, enfierrador y jornalero, entre otros. Está bajo las órdenes del dueño de la obra o faena, de su representante, contratista o subcontratista. Tiene con una jornada de trabajo definida y con derecho al pago de la remuneración acordada en el contrato para la labor realizada.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION

- Efectuar el trabajo personalmente y por el tiempo que dure el contrato o la obra.

- Obedecer las órdenes del empleador(a) o quien lo represente.

- Utilizar y mantener adecuadamente los Elementos de Protección Personal (EPP).

- Conocer las medidas de prevención de riesgos necesarias para desarrollar su trabajo con seguridad, especialmente aquellos en altura y o subterráneos.

- Solicitar al empleador(a) que le informe y lo capacite adecuadamente antes de iniciar cualquier trabajo.

DERECHOS DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION

- Exigir la escrituración de su contrato y recibir una copia del mismo, debidamente firmada por el empleador(a).

- Este contrato debe ser firmado por el trabajador y el empleador en un plazo de 15 días, contados desde que comenzó a trabajar. Este plazo es de 5 días si es que el contrato es por obra o faena o aquella durara menos de 30 días.

- Recibir remuneración por los servicios prestados, la cual deberá ser pagada en la fecha pactada.

- Descanso de al menos media hora para colación.

- Un descanso semanal o bisemanal si lo acuerdan las partes, cuando la faena se encuentra alejada de centros urbanos.

- Tener una jornada ordinaria que no supere las 10 horas de trabajo efectivo por día.

- Acordar por escrito hasta 2 horas extraordinarias diarias cuando sea necesario en la faena, en forma temporal, siempre que no perjudique su salud.

- La duración de este acuerdo no puede superar los 3 meses, pudiendo ser renovado de la misma forma.

- Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo.

- Constituir o afiliarse a la organización sindical que represente sus intereses, en conformidad a la ley.

- Negociar colectivamente conforme a la ley.

LAS REMUNERACIONES

- La remuneración debe pagarse con la periodicidad y en la fecha señalada en el contrato, la que nunca puede ser mayor a un mes.

- No son remuneración los viáticos, las asignaciones de movilización, de colación, del desgaste de herramientas y las asignaciones familiares.

- La remuneración se podrá fijar por unidad de pieza, medida u obra o trabajo a trato. Se podrá fijar, también, por unidad de tiempo, esto es, por día, semana, quincena o mes.

- El empleador no puede descontar de la remuneración herramientas perdidas o producción dañada, salvo que exista sentencia judicial que lo autorice.

Semana Corrida

El trabajador que acuerde que sus remuneraciones se pagarán por día o trato, o por una combinación de ambos, tiene derecho a recibir remuneración en dinero por los días domingo y festivos que se den en el respectivo periodo semanal, la que se calculará de la siguiente manera: dividiendo la suma total de las remuneraciones diarias ganadas en la semana, por el número de días en que, según el contrato, debió laborar en ella.

No se incluyen para este cálculo las remuneraciones con

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