ANALISIS DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
Enviado por sack55 • 7 de Agosto de 2012 • 326 Palabras (2 Páginas) • 1.063 Visitas
ANALISIS DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
Este artículo constitucional establece en su primer párrafo el reconocimiento de la propiedad privada que la nación puede establecer sobre las tierras y aguas a favor de los particulares. Por lo que es una garantía de propiedad y también señala que “solo puede ser expropiada la tierra por causa de utilidad pública y mediante indemnización” cayendo en una garantía de seguridad jurídica
1- Toda la propiedad que se encuentre en el territorio mexicano será de sus habitantes (Nación) y se podrá desafectar, es decir, se puede cambiar de régimen público a régimen privado.
2- Se puede expropiar si es de interés general, pero se indemniza.
3- La propiedad privada debe cumplir una función social, no pueden existir tierras que no se aprovechen económicamente.
4- Todas las riquezas encontradas en el territorio mexicano pertenecen a los mexicanos, en cuanto al mar, se determina que pertenece a la Nación por medio de el Derecho Internacional.
5- La propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible, es decir, no se acaba el derecho por que alguien posea esta propiedad, este no podrá hacerce dueño. La energía nuclear sólo se utilizará para medios pacíficos.
6- Los mexicanos por nacimiento o naturalización pueden adquirir la propiedad, y los extranjeros siempre y cuando concurra a la Secretaría de Relaciones, pero no podrán adquirir territorios cercanos a las fronteras, ni a las playas. Las sociedades de educación no pueden adquirir más bienes que los necesarios para llevar a cabo su fin.
7- Los procedimientos para llevar a cabo las acciones de propiedad serán judiciales, y rendida la sentencia ejecutoria no se podrá hacer más.
8-Los indígenas gozan de protección de sus tierras, ya sean ejidos o comunitarios.
9- No pueden haber latifundios, la máxima extensión de tierra que se puede tener es de 100 hectáreas por individuo. Y si se dedican a cultivos será de 150 hectáreas.
10- El Estado fomentará el desarrollo de las actividades agropecuarias con el fin de mejorar la calidad de vida de los campesinos.
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