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ANALISIS SENTENCIAS C – 355 DE 2006 Y T – 388 DE 2009


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2012  •  Ensayo  •  1.022 Palabras (5 Páginas)  •  780 Visitas

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ANALISIS SENTENCIAS C – 355 DE 2006 Y T – 388 DE 2009

Mediante Sentencia C- 355 de 2006, la Corte Constitucional estudió algunos artículos del código penal colombiano que consagra el aborto como delito, en dicho fallo el Tribunal Constitucional determinó “que no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas , o de incesto.”

Al respecto debe manifestarse que la decisión de la Corte Constitucional adoptada en el fallo se adoptó después de efectuar una ponderación de derechos – los derechos de la mujer gestante y los derechos del nasciturus para concluir que ningún derecho tiene carácter absoluto puesto que todos encuentran su límite en los derechos de las demás personas o en otros derechos o en principios y valores de rango constitucional.

La decisión de la Corte Constitucional es acertada en cuanto rescata la protección especial que ha sido otorgada a la mujer en la Constitución Política de 1991 y en otras normas nacionales e internacionales con la finalidad de evitar que sea sujeto de discriminación y de superar los factores que producen dicho fenómeno.

Si bien el Tribunal Constitucional reconoce la importancia de los derechos que les asisten a las mujeres en su condición de mujeres como lo es el derecho a la libertad de procreación, también reconoce que respecto a la decisión de interrumpir un embarazo existen otros derechos que pueden verse violados principalmente el derecho a la vida del feto, o el derecho a la vida de la mujer en el caso de que el embarazo afecte la salud de la futura madre, o el derecho a la libertad y al libre desarrollo de la personalidad de aquella.

Es lógico que una decisión tan importante como la interrupción de un embarazo no puede dejar de regularse, por ende, es relevante que la Corte en su fallo haya condicionado la legalidad o ilegalidad del aborto a la existencia de ciertos requisitos que en alguna medida pretenden evitar que la interrupción de los embarazos deje de ser la excepción para convertirse en la regla general.

Igualmente debe tenerse en cuenta que la decisión de continuar o interrumpir un embarazo se ve en ocasiones influenciada por preceptos de orden ético y moral que para determinadas personas incluso tienen mayor preponderancia que el hecho de que el aborto sea o no un delito. Es decir, las convicciones que las personas tengan frente a lo que es correcto e incorrecto, moral e inmoral, en muchos casos influyen principalmente en su decisión de interrumpir su embarazo pese a que la vida de la madre este en riesgo, el feto presente malformaciones o que aquel sea fruto de

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