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ANÁLISIS DE CASOS DE ACUERDO CON NORMATIVIDAD DE AFILIACIÓN


Enviado por   •  27 de Febrero de 2022  •  Trabajo  •  2.148 Palabras (9 Páginas)  •  252 Visitas

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ANÁLISIS DE CASOS DE ACUERDO CON NORMATIVIDAD DE AFILIACIÓN

Olga L. Ramos M.

Técnico en Apoyo Administrativo en Salud

Centro de Desarrollo Agroempresarial Chía

Instructora: Carmen A. Zambrano N.

05 de Agosto de 2021


ANÁLISIS DE CASOS DE ACUERDO CON NORMATIVIDAD DE AFILIACIÓN

“La afiliación en salud busca generar condiciones que protejan la salud de los colombianos garantizando la universalidad del aseguramiento, la portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, preservando la sostenibilidad financiera del sistema, siendo el bienestar del usuario, el eje central y núcleo articulador de las políticas en salud” (Minsalud, 2021).

Por lo anterior y de acuerdo a lo apropiado frente a la normatividad del proceso de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, realice el análisis de los siguientes casos asumiendo que se desempeña como apoyo administrativo en una institución de salud, dando las respectivas indicaciones que se tienen que hacer frente a cada uno. Recuerde que, para desarrollar el proceso de afiliación en los casos, usted debe articular todos los conceptos abordados en el material de formación “Afiliación, planes de beneficios y aseguramiento de la salud”:

Caso A

Juan Fernández, con documento de identidad N.º 79856780, es trabajador independiente con un salario promedio de $1.200.000 y desea afiliarse a la EPS donde usted labora, por lo que solicita información para  los documentos que debe entregar e iniciar el trámite de afiliación. No tiene grupo familiar, ni hijos o cónyuge.

¿Cuál es la ruta del proceso de afiliación que debe hacer Juan?

Se debe registrar primero al sistema transaccional en la página de protección social, luego acercarse a la EPS de su escogencia y debe diligenciar el formulario de afiliación y entregar copia de la cédula de ciudadanía.

¿Cuáles son los aportes al SGSSI?

Los aportes al SGSSI son: salud, pensión y arl, en la cual la salud y pensión la escoge el trabajador y la arl en este caso ya que es un trabajador independiente la escoge él pero cuando es trabajador dependiente la escoge el empleador.

Para salud debe pagar sobre un IBC del salario mínimo que corresponde a $908.526 debido a que los trabajadores independientes pagan de acuerdo al 40% del salario promedio que devengan, en este caso el 40% de $1.200.000 es $480.000 pero como no se puede cotizar por debajo del salario mínimo entonces se hace en base al salario mínimo legal vigente.

IBC $908.526

APORTE SALUD: IBC X 12,5% = $908.526 x 12,5% = $113.566

APORTE PENSION: IBC X 16% = $908.526 x 16% = $145.364

El pago lo hace a través del la planilla integrada de liquidación de aportes PILA.

Caso B

Marcela es trabajadora dependiente de RCN con un salario de $6.300.000, ARL 2. El día 2 de febrero se le hace un aumento de su sueldo a $8.990.000 y desde ahí se cambian los aportes al SGSSS.

Marcela llama a su EPS para que la oriente frente a los procesos de liquidación, por lo que usted le indica...

El empleador en este caso RCN es quien debe reportar la novedad ante la EPS y debe liquidar con respecto al nuevo salario devengado para el pago de aportes, la cual se hace a través de la planilla PILA.

Se le puede decir como a partir del siguiente mes le van a ser descontar los pagos y sus aportes quedarían de la siguiente manera:

SALUD:

EMPLEADOR: IBC x 8,5% = $8.990.000 x 8,5% = $764.150

EMPLEADO: IBC x 4% = $8.990.000 x 4% = $359.600

TOTAL SALUD: $1.123.750

PENSION:

EMPLEADOR: IBC x 12% = $8.990.000 x 12% = 1.078.800

EMPLEADO: IBC x 4% = $8.990.000 x 4% = $359.600

TOTAL PENSION: $1.438.400

ARL NIVEL 2

EMPLEADOR: IBC x 1,044% = $8.990.000 x 1,044% = $93.855

Caso C

Sandra es independiente y lleva cotizando a la EPS desde hace 4 años. Su núcleo familiar está conformado                               por su esposo (cotizante) e hijos de 10 y 4 años. Hace 3 días nació su bebe, por tal motivo Sandra llama a

la EPS para afiliar al bebe a la EPS, por lo que usted la orienta…

Todo recién nacido al momento de nacer la EPS lo afilia al régimen donde está afiliada la madre y tiene todos los servicios del plan de beneficios en salud, sin embargo, hay un plazo de 3 meses desde su nacimiento para hacer entrega del registro civil de nacimiento a la EPS.  En caso de que la madre fallezca en el momento del parto, el recién nacido queda afiliado bajo el núcleo familiar del padre o en su defecto de quien quede con la custodia del menor y debe aportar el registro civil de nacimiento en un plazo máximo de 3 meses a partir de la fecha de nacimiento del recién nacido.

Caso D

Jorge Ortiz, identificado con documento de identidad N.º 1001059487 crea una empresa de plástico, por lo que se acerca a la EPS para solicitar orientación frente al proceso de su afiliación y la de 5 empleados. Frente a ello, usted le indica…

Para la afiliación de él y sus 5 empleados, deben diligenciar el formulario de afiliación a la EPS que ellos quieren afiliarse, el formulario de fondo de pensiones y cesantías de su preferencia.

Los documentos que requiere para la afiliación a salud a sus empleados y la de Jorge son:

  • Copia de la cédula de ciudadanía del trabajador, si es colombiano, si es extranjero copia del permiso de permanencia o copia de la cédula de extranjería o pasaporte.

  • Si tienen cónyuge o compañero(a) permanente, copia de la cédula de ciudadanía (si es colombiano), copia del pasaporte o cédula de extranjería (si es extranjero) y copia del acta de matrimonio (si son casados sea por lo católico o civil) o declaración extrajuicio (si viven en unión libre).
  • Si tiene hijos el registro civil de nacimiento si son menores de 7 años, si están entre los 7 y 17 años, además del registro civil de nacimiento, copia de la tarjeta de identidad, si son mayores de 18 años hasta los 25 años, además del registro civil de nacimiento, copia de la cédula de ciudadanía (si son colombianos).  Pasaporte en el caso de que los hijos sean extranjeros.

Caso E

Liquide teniendo en cuenta lo solicitado en la matriz:

IBC

Salud

Pensión

ARL

Categoría

$780.000

independiente, ARL 1

$908.526 x 12,5%

$113.566

$908.526 x 16%

$145.364

$908.526 x 0,522%

$4.742

A

$7.000.000

Empleado, ARL 3

Empleador: $7.000.000 x 8,5% = $595.000

Empleado: $7.000.000 x 4% = $280.000

TOTAL: $7.000.000 X 12,5% =$875.000

Empleador: $7.000.000 x 12% = $840.000

Empleado: $7.000.000 x 4% = $280.000

TOTAL: $7.000.000 x 16% = $1.120.000

$7.000.000 x 2,436%

$170.520

C

$350.000

Independiente, ARL 2

$908.526 x 12,5%

$113.566

$908.526 x 16%

$145.364

$908.526 x 1,044%

$9.085

A

$3.450.000

OPS, ARL 1

IBC=$3.450.000x40%

IBC=$1.380.000

$1.380.000x12,5%=$172.500

IBC=$3.450.000x40%

IBC=$1.380.000

$1.380.000x16%=$220.800

IBC=$3.450.000x40%

IBC=$1.380.000

$1.380.000x0,522%=

$7.203

B

$12.345.100

Empleado, ARL 3

Empleador: $12.345.100 x 8,5% = $1.049.333

Empleado: $12.345.100 x 4% = $493.804

TOTAL: $12.345.100 x 12,5% = $1.543.137

Empleador: $12.345.100 x 12% = $1.481.412

Empleado: $12.345.100 x 4% = $493.804

TOTAL: $12.345.100 x 16% = $1.975.216

$12.345.100 x 2,436%

$300.726

C

$3.567.000

Prestación de  servicios, ARL 3

IBC= $3.567.000x40%

IBC= $1.426.800

$1.426.800 x12,5% = $178.350

IBC= $3.567.000*40%

IBC= $1.426.800

$1.426.800 x16% = $228.288

$1.426.800 x 2,436%=

$34.757

B

$3.567.000

Empleada, ARL 3

Empleador: $3.567.000 x 8,5% = $303.195

Empleado: $3.567.000 x 4% = $142.680

TOTAL: $3.567.000 x 12,5% = $445.875

Empleador: $3.567.000 x 12% = $428.040

Empleado: $3.567.000 x 4% = $142.680

TOTAL: $3.567.000 x 16% = $570.720

$3.567.000 x 2.436%

$86.892

B

...

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