APUNTES DERECHO ROMANO (1)
Enviado por veronique • 3 de Febrero de 2015 • 373 Palabras (2 Páginas) • 333 Visitas
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1.- ¿Define el concepto de justicia?
La justicia (del latín, Iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas, otorgándole a cada quien lo que le corresponde. Ulpiano dice constants et perpetua voluntas iussummcui que tribuendi (constante y perpetua voluntad de dar a cada cual lo suyo).
2.- EL CONTENIDO DEL DERECHO: El derecho se nos presenta como un sistema de reglas de conducta de carácter obligatorio, impuesto por la autoridad, la cual asegura su eficacia amenazando con sanciones a los infractores y en ocasiones, forzando a su cumplimiento hasta vencer la resistencia del rebelde.
3.- LA MISION DEL DERECHO: Consiste en señalar a cada cual sus derechos, sus facultades y obligaciones, es decir, ¿qué es lo suyo? ¿Qué es lo que puede hacer cada cual? ¿Qué es lo que debe hacer cada uno?
4.- LA UTILIDAD DEL DERECHO: Es la de servir para organizar la convivencia social humana dentro de cierto grado de armonía, garantizando la paz, la seguridad y el orden social sobre las bases de equidad y justicia.
5.- NORMAS JURIDICAS O DEL DERECHO: Tienen como objeto la regulación de la conducta para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución. Encontramos tales normas en los códigos, leyes, reglamentos, decretos, etc.
6.- La obligación es:
La necesidad que tiene el deudor y acreedor de realizar un acto positivo y negativo, exclusivamente en razón y en la medida de una cosa que posee.
Obligación, es un vinculo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar una cosa según el derecho de nuestra ciudad, OBLIGATIO EST IURIS VINCULUM QUO NECESSITATE ADSTRIGIMUR ALICUIUS SOLVENDAE REI, SECUNDUM NOSTRAE CIVITATIS IURA
7.- Concepto de derecho real (ius in re).
Poder Jurídico e inmediato que se ejerce sobre una cosa y ese poder es oponible a todo el mundo (erga omnes), por eso se dice que es un derecho absoluto.
8.- Concepto de derecho personal.
También conocido como derecho de crédito, desde el punto de vista activo, se le define como el poder que tiene una persona para exigir a otra o a otras, determinadas o determinables, una conducta consistente en dar, hacer o no hacer, por eso se le clasifica como una derecho positivo.
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