Accion Oblicua
Enviado por toreto1988 • 10 de Julio de 2015 • 817 Palabras (4 Páginas) • 224 Visitas
LA ACCIÓN OBLICUA
En toda relación jurídica, los sujetos participantes adquieren obligaciones y responsabilidades, mismas que pueden ser -como hemos mencionado anteriormente- conductas de hacer, no hacer o dar, al respecto, nuestro ordenamiento jurídico establece una serie de normas que entre sus múltiples funciones ejercen un medio de tutela del crédito y son las facultades que se otorgan al acreedor para reclamar la satisfacción de su interés.
Se denomina acción oblicua a la potestad que brinda el ordenamiento jurídico al acreedor, para ejercer los derechos y diligencias que corresponden a su deudor buscando satisfacer sus intereses. Dicha acción tiene como su fundamento práctico lo estipulado en el Art. 981 del Código Civil. El autor mejicano Bejarano Sánchez, la define de la siguiente manera: “Esta acción constituye otra institución protectora del acreedor quirografario al permitirle apremiar a un deudor indolente para que atienda sus propios negocios jurídicos, ejerza sus acciones y haga valer sus derechos, en vías de que mejore su fortuna y adquiera nuevos bienes que acrecienten su patrimonio, es la garantía para aquél…”
Con el fin de que éstos derechos puedan ser ejercidos por medio de la acción oblicua es necesario que se cumplan ciertos requisitos, entre los que podemos citar: a) que los derechos o acciones a ejecutar tengan valor pecuniario –que no sean valores personalísimos-, b) que la obligación que le otorga el derecho a actuar se exigible en el momento planteado, c) que haya una situación de perjuicio al acreedor y d) haber solicitado autorización judicial para ejercer la acción.
¿Cómo funciona a nivel práctico esa acción? Cuando un deudor tiene una obligación vencida, y por el momento no tiene liquidez para hacerle frente; además no realiza acciones que podrían fortalecer su patrimonio –cobros, procesos judiciales, etc.-; es ahí cuando el acreedor puede solicitar autorización judicial y emprender el cobro al deudor de su deudor, con el fin de que ese dinero ingrese y él pueda recuperar su inversión.
Así por ejemplo, Manuel Rojas –accionado- se dedica a trabajos de soldadura, él sacó un crédito con el Banco Nacional –accionante- para comprar su máquina de soldar, el crédito es por $ 10.000, debido a que a Don Manuel no le han cancelado unos trabajos, no ha podido pagar las últimas cuotas del crédito –tiene 3 pendientes-. El Banco Nacional sabe de que Don Manuel por el momento no tiene ningún bien que pueda ser embargado, pero se entera que a éste señor la Corporación de Supermercados Unidos –demandado- le debe más de $20.000 y que el plazo de esas facturas se venció hace 6 meses. Debido a que al momento Don Manuel no ha ejercido ninguna acción de cobro contra su deudor; el Banco ejerciendo una acción oblicua, puede solicitar una autorización judicial y ejercer el cobro de
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