Aseguradoras Cautivas En Panama
Enviado por lisgarcias • 17 de Marzo de 2015 • 794 Palabras (4 Páginas) • 488 Visitas
Aseguradoras Cautivas en Panamá
Las Aseguradoras Cautivas son aquellas sociedades que han obtenido una Licencia para el desarrollo de las actividades de Seguros que cubran los riesgos de una persona natural o jurídica dueña de dicha sociedad.
La ley 60 de 29 de julio de 1996 por la cual se regulan las operaciones de las aseguradoras cautivas, en su artículo 1, señala que "las sociedades o corporaciones que se dediquen exclusivamente, desde una oficina establecida en la República de Panamá, a asegurar o reasegurar riesgos extranjeros particulares o específicos deberán ser previamente autorizados, mediante una licencia otorgada por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros.
Esta licencia podrá otorgarse en cualquiera de los siguientes ramos:
1- Ramo de riesgos a Largo Plazo
Para asegurar o reasegurar vida individual, colectiva o de grupo, incluyendo hospitalización, pensiones o rentas vitalicias; y
2- Ramos Generales
Para asegurar o reasegurar todos aquellos riesgos no incluidos como riesgos a largo plazo."
La sociedad o corporación que se dedique a cubrir o a asegurar los riesgos de su casa matriz o sociedad madre, podrá hacerlo mediante un seguro directo, un reaseguro o cualquier otra forma.
Beneficios y Oportunidades de las Aseguradoras Cautivas en Panamá
Las sociedades que se dediquen al negocio de aseguradoras cautivas gozarán de los siguientes beneficios y oportunidades:
1- Posibilidad de reasegurar riesgos
2- Posibilidad de reinvertir las primas
3- Posibilidad de reducción de tiempo en el pago de las primas
4- Flexibilidad en la cobertura de riesgos y diseño de pólizas personalizadas
5- Simplificación de trámites
Como quiera que, de acuerdo a la Ley de Aseguradoras Cautivas, "sólo pueden asegurar o reasegurar riesgos extranjeros, las primas provenientes de sus actividades no causarán impuestos en Panamá. Tampoco causarán impuesto sobre la renta las utilidades provenientes de esta actividad."
Requisitos
Requisitos Básicos
Poder y solicitud mediante abogado.
Estados financieros, carta de solvencia bancaria y/o cualquier otro documento que permita evaluar la capacidad económica financiera del solicitante.
Listado del personal técnico que utilizará el solicitante en sus operaciones, así como la hoja de vida de dicho personal.
Contratar una póliza de responsabilidad civil contractual y extracontractual con una cobertura mínima de Un Millón de Balboas (B/.1,000,000.00), con una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Documentación que acredite los estándares técnicos en criptografía que utilizará el solicitante.
Documentación que acredite la capacidad técnica del solicitante.
Requisitos
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