Atribiuto De Personas Fisicas Y Colectivas
Enviado por jairmj92 • 22 de Noviembre de 2013 • 872 Palabras (4 Páginas) • 549 Visitas
Atributos de las personas físicas
Artículo 2.1.- Persona física es el ser humano desde que nace y es viable, hasta que muere; a quien se le atribuye capacidad de goce y de ejercicio; y que desde que es concebido se le tiene por persona para los efectos declarados por la ley.
Es viable el ser humano que ha vivido veinticuatro horas posteriores a su nacimiento o es presentado vivo ante el Oficial del Registro Civil.
Los atributos de las personas físicas según el articulo 2.3 del titulo segundo de los derechos de la personalidad son:
Nombre
Corresponde al conjunto de letras y palabras que sirven para identificar e individualizar a una persona En las personas jurídicas corresponde a la Razón Social o a la Denominación.
Domicilio
Es el lugar de permanencia donde se encontrara al individuo
Estado civil
Atributo exclusivo de las personas físicas consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.
Patrimonio
Conjunto de bienes, derechos, obligaciones y dinero, es decir todo aquello que sea susceptible de valorarse económicamente y que constituye una universalidad.
Atributos de las personas jurídicas colectivas
Artículo 2.9.- Las personas jurídicas colectivas son las constituidas conforme a la ley, por grupos de individuos a las cuales el derecho considera como una sola entidad para ejercer derechos y asumir obligaciones.
Los atributos de las personas jurídicas colectivas son los siguientes:
Personalidad Jurídica
Es definida como toda unidad resultante de una colectividad organizada de personas o conjunto de bienes y a los que, para consecución de un fin social durable y permanente, es reconocida por el Estado una capacidad de Derechos patrimoniales.
Capacidad
También tiene aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. En las personas morales la capacidad está sujeta al alcance de su objeto social y necesariamente se ejercita por medio de la representación a través de una persona física, sea judicial y extrajudicialmente
Razón Social o Denominación Social
Constituyen un medio de identificación necesario para sus relaciones jurídicas.
Domicilio
Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración, es decir su domicilio fiscal, aun cuando tengan sucursales.
Las que tengan su administración fuera del Estado de Sonora, pero que ejecuten actos jurídicos dentro de él, se considerarán domiciliadas en el lugar en donde los hayan ejecutado, en todo lo que a estos actos se refiera.
Patrimonio
Es el que se especifica en el acta constitutiva de las sociedades y es apreciable en monetario.
Nacionalidad
Son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en esta su domicilio legal.
Hechos jurídicos
El hecho jurídico es todo acontecimiento natural o del hombre, capaz de
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