Auditoria En Salud
Enviado por POLYPG • 19 de Septiembre de 2012 • 2.530 Palabras (11 Páginas) • 1.075 Visitas
La calidad: eje de la prestación de servicios de salud en Colombia
La habilitación, la certificación y la acreditación, además de ser herramientas para que los prestadores de servicios de salud aseguren la calidad de sus servicios, generan procesos para una mejora organizacional continua. Lea aquí qué es cada concepto, cuáles son sus ventajas y cómo realizar el proceso sin tropiezos.
Habilitación
El Sistema Obligatorio de Calidad en Salud en Colombia, tiene cuatro componentes: el Sistema Único de Habilitación, el Sistema de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad en Salud, el Sistema Único de Acreditación y el Sistema de Información para la Calidad. El Decreto 1011 del 2006 y sus resoluciones reglamentarias definen las normas, requisitos y procedimientos que tanto los prestadores de servicios de salud independientes (médicos en su consultorio) como las instituciones (IPS), y los servicios de traslado de pacientes, entre otros, están en la obligación de cumplir, para brindar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación del servicio.
En la resolución 1043 del 2006 sobre el sistema de habilitación, en el anexo técnico 1, incluye nueve estándares de capacidad tecnológica y científica:
1. recursos humanos
2. infraestructura e instalaciones físicas
3. dotación y mantenimiento
4. medicamentos y dispositivos médicos (incluyendo la gestión y manejo)
5. procesos prioritarios asistenciales
6. historia clínica y registros asistenciales
7. interdependencia de servicios
8. referencia y contrarreferencia de paciente;
9. seguimiento a riesgos en la prestación de servicios.
Adicionalmente están los estándares descritos en el anexo técnico 2 sobre la suficiencia patrimonial y financiera, y condiciones técnico-administrativas del prestador.
Finalmente, hay un Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud (PAMEC) que debe ser implementado por las IPS.
El obtener la habilitación demuestra que los prestadores de servicios de salud cumplen con las características administrativas, técnicas y organizativas de seguridad frente al paciente, dictadas en este decreto y resoluciones reglamentarias. Es decir, que tienen unas guías específicas para la atención y seguimiento de los pacientes, para el funcionamiento de la institución, y la detección y reporte de novedades o eventos adversos ante el ente territorial.
¿Cuál es el procedimiento? El médico en su consultorio o la gerencia de la IPS debe realizar el proceso de autoevaluacióndel cumplimiento de las condiciones dictadas por la norma para la habilitación. La autoevaluación empieza por el número uno, el de recurso humano, y continúa con el dos, y así sucesivamente. Dentro de cada estándar hay unos requisitos mínimos que debe cumplir; si no los cumple debe completarlos antes de presentar el registro en el respectivo ente territorial. Cuando comprueba que los cumple en su totalidad, está listo para presentar una solicitud de registro por escrito ante el ente territorial correspondiente, que deberá realizar una visita de inspección para verificar el cumplimiento de todos los estándares; con el fin de mejorar los procesos de la IPS puede aplicar el PAMEC, un proceso de mejoramiento continuo que sigue una ruta crítica específica, basada en el ciclo PHVA (planear, hacer, verificar y tomar acciones correctivas y preventivas), que dice qué se debe hacer y qué proceso aumentar para mejorar la calidad con estándares superiores de calidad..
Cada prestador debe elaborar un reporte de las prestaciones de salud (RIPS) realizadas mensualmente y presentarlo semestralmente ante el ente territorial. Esta información se emplea para que las direcciones de planeación hagan seguimiento, obtengan los perfiles epidemiológicos municipales y departamentales y conozcan el comportamiento de la comunidad para la toma de decisiones útiles en salud pública. Un sistema de información adecuado permite medir el comportamiento en el tiempo, y compararlo con diferentes períodos para la toma de decisiones gerenciales. Infortunadamente, en Colombia algunas entidades no cuentan con un sistema de información adecuado para realizar con prontitud el procesamiento y seguimiento de la información presentada en los RIPS, por lo que en determinadas ocasiones no se cuenta un perfil epidemiológico real para la toma de decisiones.
Dentro de los estándares del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad, se exige contar con profesionales de la salud idóneos para prestar los servicios sanitarios, y que ellos sigan un proceso continuo de capacitación. Según el ciclo PHVA, el profesional de la salud debe estar actualizado y conocer todos los conceptos referentes al uso y utilidad de las tecnologías que utiliza, para así disminuir el riesgo de la atención sanitaria. Al cumplir con estos requisitos se asegura una parte importante de la seguridad del paciente, pues se cometerán menos errores en la prestación de esos servicios de salud.
En lo que se refiere a tecnología, se debe establecer un procedimiento claro de mantenimiento, seguimiento y actualización tecnológica, que permita asegurar a quien la usa que está calibrada y que es la tecnología adecuada para llegar a un diagnóstico acertado. Por ejemplo, un hospital de primer nivel de atención no necesita tecnología de alta complejidad, pero sí un sistema de información claro, que le permita saber qué está pasando dentro de la organización. Pero una institución de primer nivel está orientada a la consulta externa, y por lo general no tiene hospitalización, mientras que una de tercer nivel de complejidad, según los procesos que maneja, debe tener el equipo adecuado para hacer un diagnóstico correcto, lo que no significa que sea más costoso ni el de mayor tecnología, pero si con el que pueda realizar un diagnóstico correcto.
Acreditación
Existen niveles superiores de calidad disponibles en salud para ser implementados por las IPS cuya aplicación es voluntaria. Sin embargo, para incentivarla, el Decreto 4747 del 2007 y normas posteriores como la ley 1438 de 2011, plantean que si una institución pública o privada está acreditada, tiene prioridad para que la contraten dentro de la red de prestación de servicios de los aseguradores, entre otros beneficios.
Los estándares adicionales de la acreditación son más completos y exigentes que los de la habilitación, están orientados a las IPS y también a los administradores de planes de beneficios, como las empresas promotoras de salud (EPS). Contemplan no solo infraestructura y calidad de seguimiento al paciente, sino un gran mapa de procesos, desde el ingreso del paciente hasta su egreso, que aseguran
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