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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO DE FAMILIA MODULO 1


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2016  •  Trabajo  •  2.078 Palabras (9 Páginas)  •  656 Visitas

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Trabajo de Investigación

Proyecto de Ley AVP

INTEGRANTES:

 MALLOLY CERECEDA ABURTO

JAVIERA RAMIREZ CERDA

DOCENTE: MARCELO RAMIREZ TAPIA

ASIGNATURA: CONCEPTOS

FUNDAMENTALES DEL DERECHO DE FAMILIA MODULO 1

FECHA DE ENTREGA: 02 DE SEPTIEMBRE DE 2016

Índice

Introducción…………………………………………………..  3

Señalar tres datos del proyecto de ley: autor, fecha de presentación y actual estado de tramitación………………………………………………………………4

Señalar la definición legal de Acuerdo de Vida en Pareja. Comparar esta definición con la de matrimonio, señalando 4 elementos de comparación (2 comunes y 3 distintos)…..5

Señalar  y caracterizar los tres tipos de personas que pueden celebrar un AVP….7

.Señalar y analizar las tres formas de celebrar un AVP……………………….8

Conclusión……………………………………………………………………..10

Bibliografía……………………………………………………………………………11

Introducción.

Actualmente en Chile, el 15% de las personas mayores de edad son solteros, pero conviven con una pareja, lo que equivale a dos millones de personas. Para ellos no existe un marco jurídico que los proteja en temas patrimoniales, de salud y de previsión, siendo el matrimonio la única alternativa hasta el momento.

Una de las grandes motivaciones que hicieron surgir al AUC (también llamado AVP), fue la intención de regular las uniones homosexuales, que actualmente no tienen ninguna forma de tener un vínculo frente a la ley. Pese a esto, el proyecto también incluye a las parejas heterosexuales. “El Acuerdo de Unión Civil”, pasa a ser una alternativa plenamente válida para las parejas y es un avance trascendental para la construcción de una sociedad que no sólo respeta, sino acoge la diversidad”

Otra de las novedades del AVP, es que genera un nuevo estado civil. Las personas que se unan a través de este contrato dejarán de ser “solteros” y tendrán un estado distinto, el cual se denominará “pareja civil” o “conviviente civil”. En un principio el proyecto no contemplaba la creación de este estado civil, pero fue una de las indicaciones que se aprobaron.

  1. Señalar tres datos del proyecto de ley: autor, fecha de presentación y actual estado de tramitación.

Primero que nada debemos comenzar a desarrollar esta pregunta diciendo que es el  “Acuerdo de Vida en Pareja”, el AVP,  es un proyecto de ley para mejorar las condiciones jurídicas y sociales de dos personas de igual o distinto sexo que, con o sin hijos, se aman, viven bajo un mismo techo y conforman una familia. Para ahondar un poco más en el tema podemos señalar que las leyes de este tipo pueden adquirir distintos nombres: Acuerdo de Vida en Común, Pacto de Unión Civil, Pacto de Solidaridad, etc.).  De hecho, al Congreso Nacional han ingresado proyectos con esas y otras denominaciones. La sigla AVP es la que más se ha socializado desde el año 2011 en Chile.

El primer proyecto de ley surgió a partir de la promesa de campaña del Ex Presidente de la República Sebastián Piñera Echeñique bajo el nombre de “Acuerdo de Vida en Común” (AVC), que fue representada por el senador Andrés Allamand (RN) y presentada el día 29 Junio 2010.

En el quinto punto de importancia sobre el AVP tenemos el Tribunal Constitucional (TC): El 9 de Diciembre del 2011 el tribunal rechazó por 9 votos contra 10 un recurso de inaplicabilidad sobre el artículo 102 del código civil que prohíbe el matrimonio igualitario.

El 07 de Enero el Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto AVP tras una discusión que se prolongó cerca de tres horas. El AVP logró 28 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones. Los legisladores  de la UDI y RN Carlos Larraín, José García Ruminot, Carlos Kuschel, Juan Antonio Coloma, Ena Von Baer, fueron quienes rechazaron legislar sobre el proyecto.

 Con fecha 04 de marzo de 2014, se vio este proyecto, por la comisión de  Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en donde se inició el estudio del proyecto, con las exposiciones de la Ministra Secretaria General de Gobierno, de la Profesora Fabiola Lathrop, y de representantes de la fundación Iguales,  del Movilh y de la Corporación Humanas. El resultado de este acuerdo, es que se continuara con su análisis en una próxima sesión.

En la actualidad marzo de 2014, el proyecto AVP se encuentra en el primer trámite constitucional en el senado quienes lo han puesto en suma urgencia, debiendo ser votado en los próximos días para que pase a la cámara de diputados y de allí a su tramitación,  proyecto dirigido en la actualidad por la cámara de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet como un serio compromiso adquirido para eliminar toda forma de discriminación de nuestro país.

 2.- Señalar la definición legal de Acuerdo de Vida en Pareja. Comparar esta definición con la de matrimonio, señalando 4 elementos de comparación (2 comunes y 3 distintos).

AVP=  Se define como un contrato entre dos personas, del mismo o distinto sexo, con el propósito de regularizar los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común.

Matrimonio = Según nuestro código civil, es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente. (Art. 102)

1.- Celebración de las uniones Matrimonio y  AVP.

2.- Regímenes Patrimoniales.

3.- Término del AVP y Divorcio.

4.- Sistema de Salud.

 

              Semejanzas

     entre AVP y Matrimonio

                      Diferencias

           entre AVP y Matrimonio

1.-

- No podrán contraer matrimonio, ni celebrar el acuerdo los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por afinidad colateral, por consanguinidad en el segundo grado. Ni hacerlo si  uno de ellos está casado, ni celebrar el acuerdo si uno de ellos está sujeto a vínculo matrimonial o AVP vigente al momento de contraer dicho acuerdo

- El AVP, permiten la unión de parejas del mismo o diferente sexo. Puede ser celebrado por escritura pública ante notario o en el registro civil. Ambos deberán llevar una declaración jurada, donde declaren no tener vínculos anteriores vigentes

- El Matrimonio sólo se celebra con personas heterosexuales, el cual deberá ser mangánico, es decir tanto el hombre como la mujer deberán tener pareja única. Se celebrará ante un Oficial de Registro Civil e Identificación, correspondiente al domicilio de la novia o el novio.

2.-

- Dentro del matrimonio y  el acuerdo de vida en pareja cualquiera de los contratantes podrán ser cargas del otro tanto en el sistema de salud pública como privada del país optando de igual manera a los beneficios..

- En el matrimonio los Regímenes Patrimoniales regulan las relaciones económicas al interior del matrimonio. Sociedad conyugal, Separación de Bienes y Participación de los Gananciales.

- El AVP ambos se deberán ayuda mutua y deberán   contribuir a solventar los gastos generados por sus vidas en común.

 

3.-

 

-. En el matrimonio sólo se pondrá fin a través del divorcio que es la disolución legal, a solicitud de uno o ambos cónyuges cuando se dan las causas previstas por la ley.

- El término del AVP pondrá fin a todas las obligaciones y derechos cuya titularidad y ejercicio deriven de la vigencia del contrato. La cual deberá constar por escritura pública.

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