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CONTRATOS APLICABLES A LA EMPRESA MERCANTIL Y DERECHO BURSATIL


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2013  •  1.501 Palabras (7 Páginas)  •  13.957 Visitas

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CONTRATOS APLICABLES A LA EMPRESA MERCANTIL Y DERECHO BURSATIL

(Contratos de emisión, Coinversión, Franquicia, De Maquila y De Transferencia Tecnológica)

Para comprender un poco más acerca de este tema debemos conocer el significado de un contrato.

CONTRATO: es un acuerdo entre dos o más personas que emite o transfiere obligaciones y derechos. Es algo así como una especie de convenio o acuerdo para transferir, modificar o suprimir obligaciones. Y por ende es importante que ambas personas estén de mutuo acuerdo, es decir que den el consentimiento de lo establecido en él y esto puede ser escrito o expreso.

CONTRATOS MERCANTILES : Es indudable que dentro de esta clasificación de los contratos, se puede afirmar que es nominativo o típico, aquel acto contractual que tiene en legislación una denominación específica y una reglamentación concreta, que ordena la voluntad de los contratantes, es decir que las partes celebran el contrato, con la exclusiva denominación del acto al momento de que exista el acuerdo de voluntades y en consecuencia , no será necesario que los contratantes expresen nada más al respecto para que el acto sea válido y eficaz, puesto que toda la regulación se encuentra contenida en los ordenamientos legales . Por ejemplo un contrato de compra venta sobre un vehículo el cual ha sido visto probado y aprobado por el comprador, quien además, está de acuerdo en pagar el precio, la compraventa es perfecta y obligatoria para ambas partes. No habrá necesidad de redactar ningún documento contractual por escrito.

EL CONTRATO DE EMISIÓN: Es un acuerdo por un periodo determinado que permite a los deudores manifestar el documento a corto plazo (de tres a seis meses) bajo su propia garantía. Son títulos de valores que agregan una parte alícuota (una parte proporcional) de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad sujeta a la inspección y vigilancia del gobierno.

CONTRATO DE COINVERSIÓN: Es el contrato mediante el cual dos o más personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras acuerdan poner bienes en común o no, apegos a una actividad beneficiosa que realizaran todos, uno o varios de los contratantes directamente o por medio de terceros sin constituir una persona jurídica distinta a aquellos, naturales o jurídicas de contratantes, distribuyéndose el riesgo o beneficio, según lo estipulado. La coinversión o participación se regirá por las leyes o normas aplicables, especialmente por las del “Contrato de Participación” por lo que estipulen las partes en el respectivo Contrato

CONTRATO DE FRANQUICIA : Se trata de un método de cooperación establecida entre dos empresas jurídicas y económicamente independientes en virtud de la cual, una de ellas (empresa franquiciadora o franquiciador ), que es titular de determinada ,marca , patente ,método o técnica de fabricación o actividad industrial y comercial previamente prestigiados en el mercado, concede a la otra (empresa franquiciadora o franquiciado ) el derecho a explotarla por un tiempo o zona delimitados y bajo ciertas condiciones de control, a cambio de una prestación económica.

CONTRATO DE MAQUILA: cuando el productor agropecuario se obligue a proporcionar al procesador o industrial materia prima con el derecho de participar, en las proporciones que convengan, sobre el o los productos finales, resultantes o los que deberán ser de idénticas calidades a los que el industrial o procesador retenga para sí.

El productor agropecuario mantiene en todo el proceso de la transformación la propiedad sobre la materia prima y luego sobre el Proción del producto final que le corresponde.

El procesador o industrial asume la condición de depositario de los productos finales del propiedad del productor agropecuario debiéndolos identificar adecuadamente; estos productos estarán a disposición plena de sus titulares.

En ningún caso esta relación constituida o hecho económico imposible.

CONTRATO DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA: para su uso continuo en las actividades empresariales y de negocios, su importancia económica, los diversos contenidos y aplicaciones y por su enorme variedad y utilidad, el estudio de este grupo de contratos constituye una materia de estudio muy importante.

EL DERECHO BURSÁTIL: es una rama del derecho privado, derecho comercial, derecho empresarial, y del derecho corporativo que regula y estudia la bolsa de valores el mercado financiero y las bolsas de valores.

La naturaleza jurídica del derecho bursátil viene de las categorías de los llamados “derechos de categorías “tendencia que proviene de un movimiento más vasto que apunta a dar mayor relevancia a las diferencias técnicas y económicas.

INSTITUCIONES Y OPERACIONES DEL MERCADO DE VALORES

En primer lugar debe entenderse que el sistema financiero está conformado por instituciones que realizan intermediación financiera, banco comercial compañía de seguros, financiera y directa, mercado de valores

Operaciones de renta fija: son operaciones de compra y venta de valores tales como bonos u obligaciones

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