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Catalogo dental.


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2016  •  Informe  •  1.425 Palabras (6 Páginas)  •  254 Visitas

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ACTIVIDAD 1 (20 puntos)
Aquí se toman en cuenta los contenidos y actividades abordadas en los módulos 1, 2 y 3.

A- ¿Qué se entiende por ejecución de sentencia?

B- En una subasta judicial de bienes, ¿cuáles son los requisitos para subastar?
 
 
 A.) Por ejecución de sentencia se entiende a la ejecución forzada de la sentencia, ya que esta fue dictada para ser cumplida, voluntariamente o por la fuerza pública. La ejecución de la sentencia se da cuando la parte vencedora de un juicio solicita al juez que proceda por medio de la fuerza pública que se haga efectiva la sentencia, ya que voluntariamente no fue cumplida por la parte deudor

B.)Son requisitos indispensables para poder subastar judicialmente un bien, que el mismo :

    1- Este embargado, de forma necesaria debe salir de la esfera jurídica del deudor para pasar a disponibilidad del juez, que es quien procede a ka subasta-

    2- Debe ser de propiedad del ejecutado, ya que quien lo adquiera debe adquirir un título perfecto. Si es un bien mueble, se acredita la propiedad con la posesión, pero si fuera un bien mueble registrable, la sola posesión del bien no acredita propiedad del mismo, por lo que se debe evaluar la inscripción registral del automotor para confirmar la titularidad sobre el mismo.

    3-Debe existir certeza en el bien a subastar, debe estar determinado e identificado.

ACTIVIDAD 2 (40 puntos)
 
Aquí se toman en cuenta los contenidos y actividades abordadas en los módulos  4 y 5.


TEMA I:
 
A Ud., como Martillero Judicial, lo designan en los autos caratulados "EDUARDO STEMBERG C/ CORRALON MIS LADRILLOS - EJECUTIVO - (Expte. 345822/36)", para que subaste un automotor de la empresa demandada, que fue embargado oportunamente. Enumere (solamente) los pasos a seguir como martillero para realizar la subasta del bien, desde la aceptación de cargo, hasta la aprobación de la subasta.


TEMA II:
 
Avanzando en la ejecución de los bienes, el juzgado le firma los edictos correspondientes. Conforme el Edicto Judicial que se acompaña, indique si le faltan datos para que no le soliciten la nulidad de la subasta, conforme lo determina el art. 575 del C. P. C. y C. de Córdoba.

 
 EDICTO:
 
DIARIO:"BOLETÍN OFICIAL"

 DIAS: cinco días.-
 
INMUEBLE EN BARRIO CERRO DE LAS ROSAS CÓRDOBA
 
AV. RAFAEL NÚÑEZ 4.200
 
                      
Orden del Juzgado  32ª C.C., en autos LAGOS DEL SUR C/ JUAN CARLOS EPSTON -EJECUCION HIPOTECARIA (EXPTE. 235875 /36), Martillero Ramírez Sebastián, M.P. 01-1111, con domicilio en calle Corro 307, de esta ciudad, rematará 22 de Noviembre de 2.016 en la Sala de Remates del Poder Judicial,  12 hs., el siguiente bien: Inscripto a nombre de Juan Carlos Epston D.N.I. Nº 5.872.027:  INMUEBLE: Ubicado en Av. Rafael Núñez Nro. 4.200, Bº Cerro de las Rosas, Dpto. capital.- Con una Sup. de 800 ms. Cdos. de terreno y 350 ms. cdos. Cubiertos.- De acuerdo al Plano agregado al Fº 5587.- CONDICIONES: Postura mínima $ 500; dinero de contado, al mejor postor, comprador abona acto de subasta 20% de su compra en concepto de seña y a cuenta de precio, c/más comisión de ley del martillero y el 4% a mérito de lo dispuesto en los arts. 24 y 25 de la ley 9505 (Violencia Familiar).- Saldo al aprobarse la subasta.-  MEJORAS: departamento ubicado en Av. Rafael Núñez Nro. 4.200, Bº Cerro de las Rosas Córdoba, compuesto de living comedor, cocina independiente, tres baños, cuatro  dormitorios, patio, quincho y pileta.- Ocupado por inquilinos sin contrato de locación.. Servicios: luz eléctrica, agua potable, gas natural, cloacas. INFORMES: Cel. 0351-155-111111.- Oficina: Córdoba, 15 de Noviembre  de 2.016.- Fdo: Dra. Aguirre Susana, Secretaria.-



TEMA III:
 
 Ud.  subastó un inmueble edificado, ahora tiene 10 días para presentar la cuenta definitiva de gastos.
Realice la cuenta definitiva de gastos, en un escrito con las formalidades correspondientes, y determine el importe a consignar judicialmente, todo conforme al detalle de gastos y aranceles abonados para la realización de la subasta judicial del inmueble edificado, el cual fue adjudicado al mejor postor en la suma $ 4.500.000, abonando el comprador en el acto de la subasta, el 20% del importe de compra en concepto de seña, con más la comisión de ley del Martillero y el aporte para la violencia familiar del 4%.
ARANCELES Y GASTOS: Anotación preventiva de subasta $350; Oficio dirigido a la Municipalidad $ 190; Oficio dirigido a Catastro de la Provincia $ 100; Oficio dirigido a Rentas de la Provincia $ 50; Oficio de constatación $ 260; Fotocopias $ 150; Publicidad adicional autorizada $ 1.000; Edicto diario La Voz del Interior $ 5.400; Edicto diario Boletín Oficial $ 1.200; Impuesto a la Transferencia de Inmuebles 1,5 %; Comunicación de subasta al Registro de la Propiedad Inmueble $ 150; Impuesto de Sellos (1,2% del producido de la subasta); aporte al Colegio Profesional (2% sobre ambas comisiones); impuesto por violencia familiar (4% sobre producido de la subasta); Comisión de Ley -* Debe tener en cuenta el art. 83 Ley 7191 y sus modificatorias. Tenga presente que el comprador abona en el acto de subasta: 1- El 20% del importe total de su compra; 2- El importe correspondiente a Violencia Familiar.
 

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