Certificado Medico
Enviado por faby12121212 • 29 de Octubre de 2013 • 422 Palabras (2 Páginas) • 549 Visitas
FALSEDAD DE CERTIFICADO MEDICO: ESTIPULADO EN EL TITULO XIX DEL CODIGO PENAL: DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA.
ARTICULO 431º: EXPEDICION DE CERTIFICADOL FALSO POR MEDICO
EL MEDICO QUE MALICIOSAMENTE, EXPIDE UN CERTIFICADO FALSO RESPECTO A LA EXISTENCIA O NO EXISTENICA, PRESENTE O PASADA, DE ENFERMEDADES FISICAS O MENTALES, SERA REPRIMIDO CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD NO MAYOR DE TRES AÑOS E INHABILITACION DE UNO A DOS AÑOS.
ARTICULO 431º: EXPEDICION DE CERTIFICADOL FALSO POR MEDICO
CUANDO SE HAYA DADO LA FALSA CERTIFICACION CON EL OBJETO DE QUE ADMITAN O INTERNEN A UNA PERSONA EN UN HOSPITAL PARA ENFERMOS MENTALES, LA PENA SERA PRIVATIVA DE LIBERTAD NO MENOR DE TRES NI MAYOR DE SEIS AÑOS E INHABILITACION DE DOS A CUATRO AÑOS.
EL QUE HAGA USO MALICIOSO DE LA CERTIFICACION SEGÚN SEA EL CASO DE QUE SE TRATE, SERA REPRIMIDO CON LAS MISMAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD.
OTROS DOCUMENTOS: HISTORIA CLINICA. RECETAS. INFORME MEDICO PERICIAL.
HISTORIA CLINICA: DOCUMENTO MEDICO LEGAL POR EXCELENCIA. EN EL QUE SE HACE CONSTAR ANTECEDENTES, DATOS CLINICOS Y DE LOS DIFERENTES ACTOS MÉDICOS REALIZADOS, INCLUSO EL DEBER DE INFORMACIÓN, Y OTROS QUE DETALLEN LAS PRESTACIONES MÉDICAS Y AUXILIARES BRINDADAS.
TIENE IMPORTANCIA ASISTENCIAL Y MEDICO LEGAL. EL ABANDONO DEL PATERNALISMO EXIGE UNA MEDICINA DOCUMENTADA. MEDIO PARA PROBAR LA CORRECTA ATENCIÓN. DEMUESTRA LA PRUDENCIA, LOS CUIDADOS Y LA VIGILANCIA BRINDADA AL PACIENTE.
PARA PLANIFICAR LA ATENCIÓN. DOCUMENTA EVOLUCIÓN Y TRATAMIENTO. GUÍA A OTROS MEDICOS INTERVINIENTES. DESLINDA RESPONSABILIDADES CUANDO INTERVIENEN VARIOS MÉDICOS. ÚNICO MEDIO DE OBJETIVAR LA ATENCIÓN RECIBIDA LUEGO DE AÑOS. PERMITE AL DAMNIFICADO CONCURRIR A TRIBUNALES. SI ES VERAZ Y COMPLETA, PRUEBA A FAVOR DEL MÉDICO Y TRASLADA LA CARGA PROBATORIA AL PACIENTE.
EL PACIENTE TIENE DERECHO A TENER UNA COPIA. NO TIENE DERECHO DE PROPIEDAD, PERO SÍ A CONOCER SU CONTENIDO Y AL LIBRE ACCESO. DEBE SER PROLIJA Y DETALLADA. LEGIBLE, VERAZ, COMPLETA Y SIN ESPACIOS EN BLANCO. REDACTADA, FECHADA, FIRMADA Y SELLADA POR EL MÉDICO, FOLIADA. SIN ENMIENDAS NI ABREVIATURAS. HORA DE EVOLUCIONES. SIN CRÍTICAS A OTROS COLEGAS.
CONSIGNAR:
- CONDICIONES DE INGRESO.
- DIAGNOSTICO/S PRESUNTIVO/S Y DE CERTEZA. ES VALIOSA PARA LOS MAGISTRADOS PORQUE LES PERMITE CONOCER COMO INGRESO EL PACIENTE, COMO SE OBRO, LAS CONDICIONES DEL MOMENTO, LA CAUSALIDAD DEL EVENTO DAÑINO.
En caso de un mal resultado:
- DESCRIPCIÓN DEL DAÑO.
- DESCRIPCIÓN DE LA ATENCIÓN BRINDADA AL PACIENTE.
- RECURSOS DISPONIBLES Y COMO INTERFIRIERON.
- CONDUCTA DEL PACIENTE
REQUISITOS DE UNA CORRECTA INTERVENCION MEDICA
- QUE ESTÉ MÉDICAMENTE INDICADA.
- QUE SE REALICE DE ACUERDO CON LA LEX ARTIS.
- QUE SE REALICE CON CONSENTIMIENTO:
DEL PACIENTE.
DE FAMILIARES
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