Comercio Exterior ITO
Enviado por Krazymanu25 • 24 de Agosto de 2014 • 2.309 Palabras (10 Páginas) • 383 Visitas
Introducción
El comercio exterior se define como como comercio internacional o mundial, al intercambio de bienes, productos y servicios entre dos o más países o regiones económicas. Para simplificar el desarrollo de operaciones de comercio y contribuir a precisar las responsabilidades; disminuir las posibles diferencias y facilitar el desarrollo de las Transacciones comerciales, la cámara de comercio Internacional ha formulado once términos que expresan las Responsabilidades del exportador y el importador en todo el proceso de distribución de las mercancías, desde que estas salen de la fabrica del Exportador hasta su entrega al comprador en el país de destino.
Para cualquier modo o modos de transporte
• El incoterms: EXW.
• El incoterms: FCA.
• El incoterms: CPT.
• El incoterms: CIP.
• El incoterms: DAT.
• El incoterms: DAP.
• El incoterms: DDP.
Marítimo y fluvial
• El incoterms: FAS.
• El incoterms: FOB.
• El incoterms: CFR.
• El incoterms: CIF.
Que son las incoterms
Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.
Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye sobre el costo del contrato.
El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos mas usados en el Comercio internacional.
Los Incoterms determinan:
• El alcance del precio.
• En que momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
• El lugar de entrega de la mercadería.
• Quién contrata y paga el transporte
• Quién contrata y paga el seguro
• Qué documentos tramita cada parte y su costo.
Historia
Los Estados Unidos de Norteamérica, para facilitar y acelerar sus relaciones comerciales con una gran cantidad de países, elaboraron en 1919 las que se denominaron "Definiciones para el comercio exterior norteamericano", que serían revisadas posteriormente en 1941 y que eran recomendadas en los EE.UU. para el uso general de importadores y exportadores, pero sin fuerza legal, por lo que, una vez aceptadas por las partes, para poder exigirlas, debían ser incluidas como partes del contrato de su compraventa a los efectos de su obligado cumplimiento.
La primera serie de definiciones, a las que podemos considerar como las antecedentes históricas de la última revisión que entro en vigor el día primero de enero del año 2010, de los incoterms, fue realizada por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) en 1936, conocidas por el nombre genérico de “Incoterms 1936”.
Los “Incoterms 1953” se debatieron en el congreso de Viena, donde se establecieron las reglas y obligaciones de las siguientes Incoterms: franco fábrica, franco vagón, FAS, FOB, C&F O CAP, flete, franco sobre buque, franco sobre muelle, entregado en frontera y entregado libre de derechos.
En el año 1976 se adiciono, a los Incoterms existentes, un anexo con el termino FOB aeropuerto para definir y regular la practica creciente del envió de mercancías por vía aérea.
En 1980 se procede a una nueva revisión de los textos, fijándose en catorce los Incoterms regulados. Se introdujo entonces el termino FCR que mas tarde se transformaría en el FCA.
Las enmiendas y adiciones que desde el inicio del texto de 1936, sean producido en los siguientes años corresponden a: 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y la ultima y mas reciente que entro en vigor el día primero de enero del año 2011 u que se conocen como los “INCOTERMS 2010”
Concepto
Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms, ‘términos internacionales de comercio’) son términos de tres letras cada uno que reflejan las normas, de aceptación voluntaria por las dos partes —compradora y vendedora—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías, productos. Se usan para aclarar los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.
Finalidad
La finalidad de los Incoterms es establecer un conjunto de reglas internacionales uniformes para la interpretación del término mas utilizados en el comercio internacional, con objeto de evitar en lo posible las incertidumbres derivadas de dichos término en países diferentes.
Además delimitan con precisión los siguientes términos del contrato:
• Reparto de gastos entre exportador e importador.
• Lugar de entrega de la mercancía.
• Documentos que el exportador debe proporcional al importador.
• Transferencia de riesgos entre exportador e importador en el transporte de la mercancía.
Los incoterms se conciben para la entrega de las mercancías vendidas más allá de las fronteras nacionales, por lo que son términos comerciales internacionales. Sin embargo, en la práctica también se incorporan a veces a contratos de compraventa de mercancías en ámbitos no internacionales.
Función o bien quien las regula:
La CCI (Cámara de Comercio Internacional o ICC: International Chamber of Commerce) se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio Internacional. Actualmente están en vigor los Incoterms 2010 (desde el 1 de enero de 2011).
Clasificación
Los incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.
Término en E: EXW
El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.
Términos en F: FCA, FAS y FOB
Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.
Términos en C: CFR, CIF, CPT y CIP
El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.
Términos en D: DAT,
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