Contabilidad
Enviado por crady94 • 9 de Agosto de 2012 • 2.302 Palabras (10 Páginas) • 299 Visitas
CURSO : ACTIVIDADES.
DOCENTE : OLIVA HUAMAN MARCO ANTONIO.
FACULTAD : INGENIERIA INDUSTRIAL E INGENIERIA DE
ADMINISTRACION DE EMPRESAS.
INTEGRANTES :
CICLO : I
TURNO : DIURNO
Dedicamos este trabajo a nuestros padres por
Enseñarnos a encarar
Las adversidades sin perder nunca
La dignidad, ni desfallecer en el intento.
AGRADECIMIENTO
CONTRATOS MERCANTILES
DEFINICION:
En el Derecho español, un contrato mercantil es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un acto de comercio.
Un «acto de comercio» es todo aquel acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo. Un negocio jurídico puede ser considerado «acto de comercio» en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.
Por ejemplo, el «contrato de compañías» tiene siempre carácter mercantil,1 en función de su objeto (la puesta en común de bienes en industria con ánimo de lucro), con independencia del carácter de comerciantes o no de las partes que lo suscriban, mientras que el «contrato de préstamo» será mercantil2 si cualquiera de las partes es comerciante y las cosas prestadas se dedican a actos de comercio.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO:
Un contrato está estructurado de diversas formas; no obstante, hay partes matrices que no pueden faltar al configurarlo, ya que sin ellas el acuerdo perdería valor. Estas son:
- Capacidad: Ésta se subdivide en capacidad de goce, que es la capacidad jurídica para ser titular de derechos subjetivos (llamada también capacidad jurídica); y capacidad de ejercicio, cualidad jurídica para ejercer derechos y asumir obligaciones sin representación de terceros, (conocida también como capacidad de obrar).
- Consentimiento: Se manifiesta por la concurrencia de la propuesta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de componer el contrato. No obstante, se anulará el consentimiento producido por equivocación, intimidación, violencia o fraude.
- Objeto: Es la prestación que las partes acuerdan en rendirse bajo el marco del acuerdo.
- Causa: En ciertos contratos, como los de compraventa, la causa es la promesa, por cada lado contratante, de una cosa por la otra parte.
- Forma: Es cuando se exige una determinada forma de celebrar el contrato (escrita, firma ante un notario, ante testigos, etc.), aunque no en todos los casos.
- Elementos naturales: Son los que se infiere incorporados en el contrato, aunque las partes involucradas pueden prescindir de los mismos sin invalidar el contrato.
- Elementos accidentales: Se establecen por disposiciones especiales, y no deben contrariar a la ley, la moral, la solidaridad, etc.
CLASES DE CONTRATOS MERCANTILES
CONTRATO DE COMPRA Y VENTAMERCANTILES
Es un contrato mediante el cual se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y a este a pagar su precio se puede vender todos los bienes que se hagan dentro del comercio de los hombres.
CONTRATO DE FRANQUICIA
Es un sistema entre dos empresas mediante el cual una concede a la otra mediante el pago de una cantidad y ciertas condiciones.
El derecho a la explotación de una marca o fórmula comercial ayudas y servicios destinados a facilitar dicha explotación
Esto lleva al propietario a tener ciertas ventajas como la de ampliar un mercado con menor inversión.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
En este caso una entidad financiera se obliga a adquirir y entregar a su cliente bienes de capital para que los utilice durante un tiempo determinado concluido este plazo el cliente tiene la opción de adquirir el bien por un precio convenido previamente a un valor residual.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE.
El arrendador se obliga a ceder temporalmente el uso de un bien por cierta renta convenida.
Obligaciones del arrendador (propietario)
Que el arrendatario permanezca el uso del bien por el tiempo que dure el contrato y lo conservara en buen estado. Realizara todas las reparaciones necesarias salvo pacto distinto
Obligaciones del arrendatario (inquilino)
Utiliza el bien para el destino que se les concede pagar la renta en la fecha indicada no subarrendar el bien total o parcialmente devolver el bien al vencimiento del contrato en el estado en que lo recibió.
CONTRATO DE TRANSPORTE
El código de comercio regula cuatro manifestaciones del transporte; el terrestre de personas y de carga y el marítimo de personas y de carga.
El contrato por el cual algunos se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes por tierra, por agua por airea personas, animales mercaderías o cualquiera otros objetos.
La obligación por parte del porcentaje de transportar una persona o cosa.
La obligación de la contraparte de pagar el precio del transporte.
CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL
Se reputará mercantil el préstamo, concurriendo las circunstancias siguientes:
1. Si alguno de los contratantes fuere comerciante
2. Si las cosas prestadas se destinaren a actos de comercio
Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida, con arreglo al valor legal que tuviere la moneda al tiempo de la devolución. Si los préstamos fueren en especie, deberá el deudor devolver, a no mediar pacto en distinto sentido, igual cantidad en la misma especie y calidad, o su equivalente en metálico si se hubiere extinguido la especie debida. Los préstamos no devengarán interés si no se hubiera pactado por escrito.
Los deudores que demoren el pago de sus deudas después de vencidas, deberán satisfacer desde el día siguiente al vencimiento el interés pactado para este caso o, en su defecto, el legal.
Los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses. Los contratantes
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