Contraloria General De La Republica Bolivariana De Venezuela
Enviado por Dextronus • 4 de Noviembre de 2012 • 2.005 Palabras (9 Páginas) • 9.175 Visitas
Contraloría General de la República
La contraloría general de la república es el órgano encargado de la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos y gastos públicos, los bienes públicos y los bienes nacionales, así lo indica el artículo 287 de la constitución de la república. Su regulación constitucional se encuentra ubicada desde el artículos 287 hasta el artículo 291 de la misma; Cabe destacar que, como órgano integrante del poder ciudadano, se rige también por una ley orgánica, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del sistema nacional de control fiscal, la cual consta de 115 artículos.
La contraloría general de la república estará bajo la dirección y responsabilidad del contralor o contralora general de la república, quien debe ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años y con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo, ahora bien, con respecto a la “probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo” quiero aclararles que se refiere a los requisitos académicos y laborales que son comunes para la mayoría de los funcionarios públicos de alta jerarquía, en el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del sistema nacional de control fiscal se encuentran señalados esos requisitos:
Para ser designado o designada Contralor o Contralora General de la República, se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años, de estado seglar, tener un mínimo de quince años de graduado y cinco años de experiencia en cargos del Sector Público, tener título profesional universitario con grado de licenciatura o similar, ser de reconocida honradez y competencia, haber ejercido con probidad cargos relacionados con los órganos del Sector Público, así como cumplir los demás requisitos que establezca la ley.
Bien, regresando al artículo 288 de la constitución, en su último aparte establece que el contralor o contralora será designado para un periodo de 7 años, sin embargo no menciona si se puede optar a la reelección o si por el contrario, no; Alfonso Rivas quintero, se orienta a la posición de que en efecto si se puede optar a reelección, sin embargo, personalmente pienso que no pero, la reelección del cargo sería una buena alternativa para evitar que se remueva del cargo a una persona que ha desempeñado de buena manera el mismo.
La contraloría general orienta su actuación a las funciones de los organismos y entidades sujetas a su función, estos organismos y entidades están señalados en el artículo 9 de la ley orgánica de la contraloría general, y cito:
1. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Nacional.
2. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Estadal.
3. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Distritos y Distritos Metropolitanos.
4. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
5. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Territorios Federales y Dependencias Federales.
6. Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales.
7. El Banco Central de Venezuela.
8. Las universidades públicas.
9. Las demás personas de derecho público nacionales, estadales, distritales y municipales.
10. Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales las personas a que se refieren los numerales anteriores tengan participación en su capital social, así como las que se constituyan con la participación de aquéllas.
11. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás instituciones creadas con fondos públicos o que sean dirigidas por las personas a que se refieren los numerales anteriores o en las cuales tales personas designen sus autoridades, o cuando los aportes presupuestarios o contribuciones efectuados en un ejercicio presupuestario por una o varias de las personas a que se refieren los numerales anteriores representen el cincuenta por ciento (50%) o más de su presupuesto.
12. Las personas naturales o jurídicas que sean contribuyentes o responsables, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Tributario, o que en cualquier forma contraten, negocien o celebren operaciones con cualesquiera de los organismos o entidades mencionadas en los numerales anteriores o que reciban aportes, subsidios, otras transferencias o incentivos fiscales, o que en cualquier forma intervengan en la administración, manejo o custodia de recursos públicos.
Atribuciones de la Contraloría General de la República según la Constitución art 289
Ejercer el control, la vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como las operaciones relativas a los mismos, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos, en el caso de los estados y municipios, de conformidad a la ley.
Controlar la deuda pública, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos, en el caso de los estados y municipio, de conformidad con la ley.
Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del sector publico sometidos a su control; practicar fiscalizaciones, disponer el inicio de investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio público, así como dictar medidas, imponer los reparos y aplicar las sanciones administrativas a que haya lugar de conformidad con la ley.
Instar al fiscal general o a la fiscala general de la república a que ejerzan las acciones judiciales a que hubiere lugar con motivo de infracciones y delitos cometidos contra el patrimonio público y de los cuales tenga conocimiento en el ejercicio de sus atribuciones.
Ejercer el control de gestión y evaluar el cumplimiento y resultado de las decisiones y políticas públicas de los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público sujetos a su control, relacionadas con sus ingresos, gastos y bienes.
Las demás que establezcan esta constitución y las leyes.
Atribuciones del contralor general o la contralora general de la república
Están establecidas en el artículo 14 de la ley orgánica de la contraloría general de la república y el sistema nacional de control fiscal:
Son atribuciones y obligaciones del Contralor o Contralora General de la República:
1. Velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema
...