Cuales son las Fuentes de las Obligaciones
Enviado por jefrey13 • 14 de Noviembre de 2017 • Ensayo • 1.168 Palabras (5 Páginas) • 696 Visitas
Introducción
A continuación, presento las fuentes de las obligaciones que nacen del derecho civil.
Estas son cinco y son:
La Ley
Los Contratos
Los Cuasicontratos
Los Delitos o Cuasidelitos
La Culpa o Negligencia
Cada una contiene distintas formas de actuar y características, pero sin embargo cabe reconocer que todas están amparadas y deben regirse siempre por la ley.
NOMBRE DE LA FUENTE | DEFINICION | ARTICULOS QUE LA CONTIENEN Y LEYES CON LAS QUE SE RELACIONAN | CARACTERISTICAS DE ESTA FUENTE | EJEMPLOS PRACTICOS DE LA FUENTE |
La Ley | La Ley como Fuente de La Obligación se considera una de las fuentes más importantes dado que es la propia ley la que establece las obligaciones reciprocas que nacen entre las personas que intervenían en ese acto jurídico. | El Articulo 1346 estipula que la Obligaciones nacen de la Ley. Articulo 1349: Las Obligaciones Civiles que nazcan de los delitos o faltas, se regirán por las disposiciones del Código Penal. | Las Obligaciones nacidas de La Ley no se presumen. Son exigibles las que están determinadas en el Código Se rigen por la ley que las establece, en casos no previstos se regirán por lo establecido en el Código Civil. La ley interviene como creadora de obligaciones en todas las otras fuentes. Sin embargo, existen obligaciones puramente legales. Por ejemplo: la pensión alimenticia. | Ernesto trabaja como repartidor de Pizza en la empresa PizzaExpress. Al renunciar él solicita el pago de sus gratificaciones amparándose en La Ley (Articulo 95 del Código de Trabajo de Honduras, numeral 1) dado que esta Ley le reconoce el derecho de tener gratificaciones, por lo tanto, quedan obligados con él. |
NOMBRE DE LA FUENTE | DEFINICION | ARTICULOS QUE LA CONTIENEN Y LEYES CON LAS QUE SE RELACIONAN | CARACTERISTICAS DE ESTA FUENTE | EJEMPLOS PRACTICOS DE LA FUENTE |
El Contrato NOMBRE DE LA FUENTE | El Contrato es una convención en virtud de la cual una o más personas se obligan con otra u otras, o recíprocamente, a dar, hacer o no hacer alguna cosa y es la fuente más abundante de obligaciones. DEFINICION | Artículo 1539 Código Civil -Concepto Artículos 1540 -1544 Código Civil se identifican los tipos de Contratos. Unilateral Gratuito o de beneficencia Oneroso o Conmutativo Contrato Principal y Real ARTICULOS QUE LA CONTIENEN Y LEYES CON LAS QUE SE RELACIONAN | Deben ejecutarse de buena fe Se requiere el consentimiento de los contratantes o ambas partes. Que exista un objeto cierto que sea materia de contrato. Debe establecerse una causa de la Obligación Que haya capacidad de las partes
CARACTERISTICAS DE ESTA FUENTE | EJEMPLOS PRACTICOS DE LA FUENTE Juan Jerez tiene una casa para alquilar, llega Marco Silos y le alquila la casa, entre ambos firman un contrato de arrendamiento, después de 6 meses de vivir en la casa Marco, deja de pagar el alquiler y dentro del contrato firmado hay una cláusula que dice que al no cancelar a la fecha estipulada deberá de pagar 200 lps por cada día de atraso. Marco ya lleva 15 días de atraso y Juan lo cita al Juzgado para que se ponga al día, viene el juez y conoce el caso y determina según la presunción de su voluntad que existe el contrato y que Marco deberá pagar lo que adeuda y desalojar la casa en un tiempo determinado. EJEMPLOS PRACTICOS DE LA FUENTE |
Cuasicontrato | El Articulo 2197 del Código Civil lo define así: Son Cuasicontratos los hechos lícitos y puramente voluntarios, de los que resulta obligado su autor para con un tercero, y a veces una obligación reciproca entre los interesados. | Artículo 2197 – Concepto Articulo 2198 sobre los principales cuasicontratos que existen. La Agencia Oficiosa, El Pago de lo no debido y la Comunidad de Bienes. | El fundamento de los cuasicontratos radica en el viejo principio de derecho que nadie puede enriquecerse sin causa y perjudicando al otro. En el contrato hay una convención, en el cuasicontrato no. En el contrato la capacidad de las partes es necesaria; en el cuasicontrato no. | El pago de lo no debido: Carlos va hacer un depósito al banco y por error del número de cuenta lo envía a Mario sin haberse fijado en su comprobante de depósito. Mario sin pensarlo lo gasto a sabiendas que ese dinero fue puesto incorrectamente ahí. El dinero era para el pago de alquiler sobre una maquinaria, ahora Carlos tendrá que pagar intereses de mora por incumplimiento. Sin duda Mario tendrá que resarcir los danos que provoco su acción, más los perjuicios que dejo de obtener el otro. |
NOMBRE DE LA FUENTE | DEFINICION | ARTICULOS QUE LA CONTIENEN Y LEYES CON LAS QUE SE RELACIONAN | CARACTERISTICAS DE ESTA FUENTE | EJEMPLOS PRACTICOS DE LA FUENTE |
DELITO Y CUASIDELITO | Son de dos especies: los delitos y los cuasi-delitos. Los primeros son actos u omisiones que sancionan las leyes penales. Los segundos son actos contrarios a la ley penal que causa daño a una persona; pero que se realizan sin la intención de ofenderla. | El Código Civil Establece en su Articulo 1349 Que las obligaciones que nazcan de los delitos o faltas, se regirán por las disposiciones del Código Penal. Artículos 105 al 115 del Código Penal. Artículos 432 al 440 del Código Procesal Penal. | Pueden ser exentos penalmente pero civilmente no. (Artículo 23,24,25 del Código Penal. La diferencia entre ambos es que en el delito hay intención de causar el daño. En el cuasidelito no hay intención. Están regulados por el Código Penal y su proceso por el Código Procesal. | Juan molesto con Roger por haberle quitado a su novia. lo agrede a puñetazos, pero Roger se cubre el rostro y Juan le golpea el brazo donde porta un reloj Rolex que su abuelo le regalo hace 16 años, destruyéndoselo. Juan posterior al proceso, es condenado por daños a la propiedad y al no poder restituir el reloj por haber quedado inservible, debe de pagar el precio del mismo que es de 500 $. Mas 2,000.00 lps más por el valor sentimental que representaba el reloj para Roger |
...