¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT?
Enviado por Luis Felipe Prieto Lachira • 14 de Diciembre de 2017 • Trabajo • 6.093 Palabras (25 Páginas) • 286 Visitas
[pic 1] Universidad Nacional De Piura [pic 2]
Escuela Tecnológica Superior
‘’ Año de la consolidación del mar de Grau’’
- Alumno:
- Prieto Lachira Luis Felipe.
- Docente: Abg. Guzman Palacios Nohelia Romina.
- Aula: 03 – Etsunp.
- Curso: Derecho Tributario.
- Especialidad: Administración de negocios.
- Ciclo: V.
INDICE
INTRODUCCIÓN 3
CONCEPTO 4
¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT? 4
CARACTERISTICAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO 6
EL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Y SUS LIMITES CONSTITUCIONALES 6
LIMITACIONES CONSTITUCIONALES ADICIONALES 7
CARACTERISTICAS, PRESUPUESTOS Y DISCRECIONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO COACTIVO 7
PRESUPUESTOS DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO 8
DISCRECIONALIDAD Y ARBITRARIEDAD 9
EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD 9
ACTO DISCRECIONAL 9
LA DIFERENCIA ENTRE DISCRECIONALIDAD Y ARBITRARIEDAD 10
ETAPAS DEL PRODECIMIENTO COCACTIVO 10
NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE EJECUCION COACTIVA 11
ADOPCION DE MEDIDAS CAUTELARES 11
EJECUCION FORZADA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS 11
CONCLUSION DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO 12
INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA: DOMICILIO FISCAL Y FORMAS DE NOTIFICACION 12
DOMICILIO FISCAL 13
CONDICION DEL DOMICILIO FISCAL 14
CONDICION DE HALLADO 14
CONDICION DE NO HALLADO 14
CONSECUENCIAS LEGALES DEL NO HABIDO 15
FORMAS DE LEVANTAS LA CONDICION DE NO HABIDO 17
COBRANZA COACTIVA COMO FACULTAD DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA 18
FACULTADES DEL EJECUTOR COACTIVO 20
CONCLUSIONES 22
BIBLIOGRAFIA 23
INTRODUCCIÓN
La investigación titulada ‘’ PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA’’ tiene como concepto lo siguiente:
Es función de la Administración Tributaria recaudar los tributos. A tal efecto, podrá contratar directamente los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero, así como de otras entidades para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados por aquella. Los convenios podrán incluir la autorización para recibir y procesar declaraciones y otras comunicaciones dirigidas a la Administración.
Este trabajo esta hecho con mucho esfuerzo, el tema pertenece al curso DERECHO TRIBUTARIO, lo cual he tenido que acudir a la Biblioteca de la Facultad de Derecho de UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA para recaudar toda esta información, voy un poco bien en el presente curso aun me falta subir las notas y espero que este trabajo final me ayude en algo.
La presente investigación aparte del tema dado también contiene las conclusiones por parte de mi criterio y bibliografía de esta información, espero le guste, GRACIAS.
CONCEPTO
Una aproximación al concepto del procedimiento coactivo lo podemos encontrar a asemejarlo a aquella posibilidad de las entidades públicas de ejercer actos de coerción con la finalidad de hacer efectivos los actos administrativos, emitidos por estas, evitando recurrir al poder judicial.
Para Danós y Zegarra, por el procedimiento coactivo ‘’ Las entidades estatales que forman parte de la administración pública persigue el cobro forzoso de las acreencias pecuniarias y otras obligaciones de derecho público, independientemente de la voluntad del obligado, estando facultadas para detraer del patrimonio jurídico del deudor bienes y derechos hasta la satisfacción de lo adeudado’’.
Por otro lado Bartra señala que ‘’ La ejecución forzosa es una manifestación de la potestad publica que se ejerce sobre el ciudadano obligado, en la proporción y oportunidad del caso amerite, destinada a restablecer la situación jurídica vunerada’’.
Consideramos que el procedimiento coactivo es una facultad prerrogativa del estado frente a los administrados con la finalidad de darle cumplimiento a los actos administrativos emitidos.
Es necesario dejar señalado que en el concepto del procedimiento coactivo el respeto que los funcionarios públicos (Ejecutores y auxiliares coactivos) deben tener los derechos constitucionales en aplicación de dicho procedimiento, lo que no hace más que reconocer la jerarquía normativa de nuestra ley fundamental.
¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT?
Si bien es cierto que ante la ausencia del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte del deudor tributario resulta necesario que la sunat cuente con los medios coercitivos suficientes para asegurar el cobro de las deudas tributarias, también es cierto que para que tales medios puedan ser adoptados deben cumplirse previamente con determinadas condiciones, como por ejemplo el que la deuda sea exigible coactivamente. De igual manera durante el transcurso del procedimiento de cobranza coactiva deben seguirse con determinados lineamientos a fin de garantizar al deudor tributario en un debido procedimiento.
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