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DERECHO ADUANERO


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  9.574 Palabras (39 Páginas)  •  322 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Podemos decir que el derecho aduanero es la norma que regula, controla, fiscaliza a todos los sujetos y objetos que intervienen en el tráfico internacional de mercaderías. Decimos que regula porque hay normas legales que respaldan al derecho aduanero y en este caso es la Ley General de Aduanas Decreto Ley 1035, controla porque investido de la ley que lo faculta puede intervenir a los sujetos, las mercaderías considerar de acuerdo a su política de comercio exterior cuales son los parámetros que fijara al momento de intervenir a los sujetos y fiscaliza ya que el regular y controlar se puede hacer en un momento determinado la fiscalización es constante en cualquier momento buscando tratar de poner a los sujetos del comercio exterior a derecho y cumplan con las normas aduaneras impuestas en un determinado estado.

Para entender esto del concepto de derecho aduanero citemos a algunos autores:

Pedro Fernández Lalane, define al derecho aduanero como: “las normas legales y reglamentarias que determinan el régimen fiscal al cual deben someterse los importadores, exportadores, agentes marítimos, despachantes de aduanas y, en general, quien realice operaciones con mercaderías a través de las fronteras de la República, por la vías marítimas, aéreas, terrestres y postales.

Jean Amphoux Asesor Jurídico de la Comunidad Económica Europea, dice que el Derecho Aduanero “es la parte esencial de la legislación de un país sobre el comercio exterior, este sistema normativo también se refiere a las relaciones entre importadores y exportadores, ya sean personas jurídicas o físicas, con las autoridades administrativas y financieras”.

La naturaleza de la aduana será aquí tener una posición sobre esta división antiquísima la cual busca colocar a la aduana como una materia de Derecho Público o Privado.

Pues algunos autores como “Kelsen afirma que la diferencia entre público y privado está en la forma de crear la norma, si es creada por un principio de autonomía, será de Derecho Privado, pero si su principio es de heteronomía será de Derecho Público”.

Fernando Muñoz García dice que “el derecho aduanero además de ser Derecho Publico interno tiene siempre una finalidad internacional; contiene un elemento de extranjería, ya sea la mercancía, la persona, el país de origen, el de transito, el de destino; por lo que es público por lo interno y por lo internacional”.

Independiente de lo que digan los autores somos de los que nos posicionamos en que el derecho aduanero tiene naturaleza pública en su origen la cual alude a que es una práctica constante y repetitiva de los comerciantes antes siquiera que existiera el derecho, su estructura normativa está configurada para el recibo y salida de mercadería, transportes, sujetos de otros territorios aduaneros y finalidad que busca es el trato internacional de comercio fuera de sus fronteras no se queda en con el trato interno.

Como toda rama del derecho necesita ser individualizada y para serlo necesita contar con principios propios que si bien lo diferencian de otras ramas del derecho no significa que esté en un lado indiferente con las otras disciplinas sino que se complementan con las mismas, lo mismo que los órganos en el cuerpo humano.

1. DESARROLLE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO ADUANERO.

Aquí se fundamenta la autonomía del Derecho Aduanero los cuales son los precedentes y principios rectores que orientan a las normas aduaneras no solo para la autoridad aduanera sino para todo los intervinientes en el comercio exterior (sujetos, objeto, transporte), también quienes legislan en materia aduanera deben sujetarse a lo descrito aquí:

1. Principio de Facilitación del Comercio Exterior.-

Su nombre mismo lo dice, la manera fácil de poder hacer que el comercio exterior se realice con la mayor facilidad y agilidad posible, no significa ciertamente que la misma sea sin respetar e infringir normas de carácter legal a favor del transportador sino refiere a que a que la Aduanas tendrá la debida diligencia para poder realizar los trámites que realizara con diligencia, eficacia, rapidez, la solución de los problemas que puedan surgir, este principio tendrá que tratar de eliminar todo tipo de barrera arancelaria, restricción o prohibición. La administración aduanera tendrá facultad para poder delegar funciones a los agentes privados para que puedan ejercer funciones y ofrecer servicios aduaneros.

En este punto citamos a Roberto Zagal Pastor que nos dice: “ Hoy en día a la tradicional función recaudadora de las aduanas, se ha añadido una de mayor envergadura y primordial para mejorar el intercambio internacional de mercancías, la de facilitación de comercio internacional; es decir, las aduanas han debido asumir la tarea de brindar un servicio de mayor calidad, por el cual los tramites y operaciones deben realizarse con mayor agilidad y eficacia; resolver los problemas que surgen de la aplicación de normas y procedimientos, velando por el interés fiscal ; y, en general, coadyuvar desde su área de competencia el crecimiento al crecimiento orgánico de la economía y el desarrollo d sus respectivos países”.

2. Principio de Calidad Total del Servicio Aduanero.-

Regulado en el artículo 7 de la Ley General de Aduanas D.L. 1053 que a la letra dice: La prestación del los servicios aduaneros deberán tender a alcanzar los niveles establecidos en las normas internacionales sobre sistemas de gestión de calidad, con énfasis en los procesos, y a aplicar estándares internacionales elaborados por organismos internacionales vinculados al comercio exterior.

Pues lo realiza la aduanas peruana al obtener certificaciones internacionales que lo avalan para decir que cumplen con los estándares oficiales para poder brindar la calidad de aduanas requerida en esta ocasión obtuvo una certificaron de aprobación que acredita el funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad de Superintendencia Nacional de Aduanas por Lloyd´s Register Quality Assurance, ostentando la ISO 9002 en 1994, siendo con esto la primera Aduana a nivel mundial con un certificado de tal magnitud logrando certificación para casi toda sus operaciones.

3. Principio de Buena Fe y de la Presunción de Veracidad.-

Es un principio del Derecho Internacional que está recogido en nuestra ley en el artículo 8: Los principios de buena fe y la presunción de veracidad son base para todo trámite y procedimiento administrativo aduanero de comercio exterior.

Aquí habla de dos cosas que en definitiva no son vinculantes pues dice que

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