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DERECHO MERCANTIL. CONCEPTOS CONTENIDO. ACTIVIDAD REGULADORA. ANÁLISIS. UBICACIÓN DENTRO DEL DERECHO POSITIVO. RELACIÓN CON EL DERECHO CIVIL. LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS


Enviado por   •  12 de Mayo de 2015  •  32.714 Palabras (131 Páginas)  •  2.769 Visitas

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.DERECHO MERCANTIL. CONCEPTOS CONTENIDO. ACTIVIDAD REGULADORA. ANÁLISIS. UBICACIÓN DENTRO DEL DERECHO POSITIVO. RELACIÓN CON EL DERECHO CIVIL. LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS

SISTEMA SUBJETIVO

Históricamente el derecho Mercantil ha sido considerado el derecho de los comerciantes por cuanto fueron ellos quienes elaboraron sus propios instrumentos para regular su actividad, el comerciante se considera como el centro y fundamento del derecho mercantil, bajo esta óptica el derecho mercantil es un derecho profesional que corresponde a una clase determinada (los comerciantes), es por ello que corresponde al derecho mercantil el estudio del comerciante en todas sus facetas y otras instituciones que surgen alrededor del mismo, como consecuencia de las actividades que éste ejecuta Según Ely Saúl Barbosa Modernamente se ha ideado la teoría de la empresa que puede ser ubicada bajo una concepción subjetiva, la empresa es un organismo vivo del trabajo y de las cosas materiales e inmateriales, destinadas en comunión de los hombres a los fines de la economía social, la teoría de la empresa considera que el derecho mercantil, es el derecho de la empresa, en razón de que éste es el organismo idóneo para explotar una determinada actividad económica, porque modernamente el comercio tiene que ejercerse por medio de ese organismo porque es en la economía donde tiene su contenido. De tal manera que es mediante la organización del Capital y del trabajo como se puede obtener una ganancia en compensación de la iniciativa y el riesgo asumido por el empresario. El derecho mercantil es por tanto la ordenación jurídica de empresas comerciales, atendiendo a su objeto, destinaciòn o regulación técnica. En consecuencia se proyecta el derecho mercantil como el derecho de la empresa entendida como organismo económico organizado por una persona denominada empresario, quién bajo su iniciativa y riesgo realiza una actividad profesional, encaminada a la producción o cambio de bienes o servicios para la satisfacción del mercado en general. Enfocado así ese criterio se evidencia que el mismo no encaja en toda su exactitud dentro del sistema subjetivo, por cuanto si se considera que empresa es actividad se convierte en objetivo dicho criterio, ahora partiendo del sujeto del empresario si puede ubicarse en el sistema subjetivo porque este es el propulsor de la empresa no pudiendo desligarse empresa y empresario, convirtiéndose éste en el fundamento del derecho Mercantil. Al sistema subjetivo se le formulan las siguientes críticas:

-El derecho mercantil no puede ser considerado como el derecho de los comerciantes, porque para adquirir tal cualidad se requiere al mismo tiempo realizar actos de comercio.

- Al establecerse como derecho de la empresa se corre el riesgo de caer en inexactitudes, en virtud de que no todo el derecho de la empresa es el derecho mercantil, ya que muchos aspectos de índole laboral, fiscal y financiero escaparían de su competencia. Al sistema subjetivo tiene como aspecto positivo, que históricamente hasta finales del siglo XIX el derecho mercantil fue considerado como el derecho de los comerciantes y exige que éste tenga su reglamentación propia, en el Código de Comercio encontramos varios principios subjetivos entre ellos los que disciplinan la cualidad de comerciante y las obligaciones legales de ellos.

SISTEMA OBJETIVO

El postulado de este principio, es que considera al derecho mercantil como el derecho de los actos de comercio, en razón de que es la ley la que califica cuales actividades son comerciales con total independencia del sujeto ejecutante del acto. Dentro de este sistema se ha desarrollado otra tendencia, que considera el derecho mercantil como el derecho de los negocios por cuanto éste es el derecho de la producción en general, concebido el mundo de los negocios como la estructuración de un determinado orden económico en el cual participan comerciantes y no comerciantes, quienes mezclándose en forma directa e indirecta hacen posible la ejecución de una serie de actos de naturaleza mercantil. La otra tendencia es el de los actos ejecutados en masa el cual consiste en que el comerciante en virtud de su tecnificación producto de la evolución económica, planifica para obtener una mayor producción que se refleja en la ejecución masiva y repetitiva de actos. A este sistema se le objeta por lo siguiente:

- Si consideramos al derecho mercantil como el derecho de los actos de comercio, previamente hay que precisar que es un acto de comercio y ello es dificultoso por cuanto el comercio vive en un constante dinamismo y cada día aparecen nuevos actos de comercio, por lo que cualquier enumeración es totalmente incompleta, el derecho mercantil no se limita únicamente a los actos de comercio, existen otras instituciones como el estado, la capacidad, auxiliares del comerciantes que tienen que ver con el mundo mercantil, si se considera como el derecho de los negocios o de los actos ejecutados en masa, limita su competencia, y la ejecución masiva puede ocurrir en materia civil.

. Existe un CRITERIO MIXTO, que toma en cuenta tanto la noción de comerciante y de acto de comercio que es el criterio contenido en el artículo 1 del Código de Comercio, que da preeminencia al aspecto objetivo, este criterio admite la participación del comerciante en ejercicio del comercio y que ciertos actos son mercantiles aunque sean realizados por no comerciantes. Generalmente se vincula al derecho Mercantil con el comercio, el cual en su acepción económica es toda actividad de intermediación especulativa, es decir que se realiza comercio cuando se sirve de enlace entre el productor de un bien o servicio y el sujeto que aprovechará el producto (consumidor), pero el derecho mercantil, ni regula solo el comercio, ni regula todo el comercio, en sus disposiciones se encuentran aspectos que se refieren más bien a la actividad industrial, ejemplo transformación de la materia prima para la elaboración de un producto Art. 2 ordinal 7, posteriormente introducen una definición jurídica de comercio y por tal se entiende todo lo que este regulado por el derecho mercantil, pero ello no es correcto por que podríamos hacer del derecho mercantil cualquier cosa. Ely Saúl Barbosa señala comercio en sentido económico, es la actividad encaminada al cambio, producción o circulación de bienes o servicios en virtud del trabajo desarrollado por el hombre sobre las cosas materiales; en sentido jurídico, es el acto ejecutado con las cosas sujetas a la libre enajenación, mediante el cual se logra la producción, interposición en el cambio de bienes y servicios realizando dicho acto con la finalidad de obtener un lucro o un beneficio con su realización.

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