DERECHO .
Enviado por ciar • 25 de Abril de 2014 • Informe • 1.449 Palabras (6 Páginas) • 206 Visitas
EXPROPIACIÓN: es el acto unilateral de la administración pública para adquirir bienes de los particulares, por causa de utilidad pública y mediante indemnización.
Por lo tanto no se requiere el consentimiento del particular afectado; si bien no es cierto que en ocasiones la administración pública procura obtener los bienes requeridos por otro medio, por ejemplo compraventa o permuta; ello se debe mas a razones de economía en los procedimientos administrativos que a un requisito teórico o legal, de intentar con antelación a la expropiación, otros medios de adquirir bienes.
Es la apropiación de bienes por parte del Estado cuya finalidad es atender una necesidad social. La expropiación consiste en una compra forzosa de algún bien a un particular, por parte de la administración pública; se realiza cuando hay la necesidad de ese bien para atender un servicio público y el pago es a través de indemnización. Como la compra del bien es a juicio del Estado y el particular no necesariamente está de acuerdo en venderlo, se califica a la expropiación como un acto unilateral de derecho público. Por lo tanto, la expropiación por parte del Estado se caracteriza por ser:
a) Unilateral y
b) Una compra forzosa de bienes pertenecientes a particulares
ELEMENTOS
a) Causa de utilidad pública justificada en el cumplimiento de la función pública por parte del Estado.
b) Indemnización, es decir el dinero que el Estado ha de pagar al particular afectado por la expropiación.
c) Declaratoria de expropiación. Consiste en publicar la resolución en el DOF o la Gaceta del gobierno respectivo.
d) Sujetos de la expropiación, es decir, la autoridad
competente que expide la expropiación y el expropiado.
e) El fundamento constitucional de la expropiación se
encuentra en el segundo párrafo del artículo 27
Constitucional, que dice: “sólo podrán hacerse por causas
de utilidad pública y mediante indemnización”.
COMENTARIO:
Se dice que la expropiación es un acto unilateral debido a que la decisión de configurar esto está en manos de una sola parte, en este caso de la Administración Pública, por eso se dice que no se necesita el consentimiento del particular; en mi opinión esto puede prestarse en cierto momento a una injusticia y al abuso de parte de la autoridad y debería de hacerse necesario utilizar primero compraventa o permuta.
Debido q que se vuelve una compra forzosa el particular en mi opinión no tiene opción, sin embargo para llevarlo a cabo es necesario que el objeto de la expropiación sea meramente para beneficio social.
Dicho acto administrativo tiene su fundamento legal en el art 27 de la Constitución que menciona que el territorio nacional pertenece originariamente a la nación, que tiene el derecho de transmitir el dominio de este a los particulares por lo tanto se puede entender que en casos excepcionales la Nación también tiene el derecho de exigir la devolución del territorio que en un principio le perteneció a esto se le llama expropiación.
Claro que en esta figura también tiene limitantes pues la expropiación solo debe hacerse como se menciono anteriormente con el fin de beneficiar a la colectividad, además que solo puede llevarse a cabo por causa de utilidad pública y mediante una indemnización y debe utilizarse todos los elementos naturales que el bien expropiado contenga, todo ello con el objeto de repartir esas riquezas a los habitantes de la Nación.
Este acto puede llevarse a cabo por el poder que le otorga la Constitución para ordenar los asentamientos humanos, así como tomar las medidas necesarias para el manejo del territorio y aguas, para administrar los recursos que de ellos provengan, con el objeto de mejorar y acrecentar los centros de población, mantener un equilibrio ecológico fomentando la ganadería, agricultora y otras actividades económicas en materia rural y para cuidar la propiedad privada.
CONFISCACION
Es la adjudicación que se hace en beneficio del Estado, de los bienes de una persona. También se afirma que toda expropiación sin indemnización es una confiscación
REQUISITOS
Que el desapoderamiento de los bienes obedezca a causas de carácter personal con relación al propietario.
Que se invoqué como causa del apoderamiento de los bienes, faltas cometidas por el propietario.
Que los bienes no aparezcan calificados por la ley como de utilidad pública ni interés general.
Que se ejecute como medida de castigo o represión al propietario
COMENTARIO:
La confiscación es la apropiación por parte del gobierno de bienes relacionados con una actividad ilegal, ha sido una de las armas principales en la guerra del gobierno federal contra las drogas desde la década del ochenta. Se trata de
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