Derecho Empresarial
Enviado por diegoag12 • 2 de Julio de 2013 • 1.895 Palabras (8 Páginas) • 316 Visitas
5.9 Noción de empresa.
La empresa es una organización, de duración casi siempre larga, cuyo objetivo es la consecución de un beneficio a través de la satisfacción de una necesidad de Mercado. La satisfacción de las necesidades que plantea el mercado se concreta en el ofrecimiento de productos (empresa agrícola o sector primario, industrial o sector secundario, servicios o sector terciario), con la contraprestación de un precio.
5.9.1 Diferencia entre explotación laboral y explotación artesanal.
La explotación laboral se define, en pocas palabras, como recibir un pago inferior al trabajo que se realiza. Esto sucede desde hacer trabajos menores al jefe hasta los talleres de trabajo esclavo, mientras que la explotación laboral se define como la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre. También se denomina así a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos de los cuales se puede obtener un beneficio económico.
5.10 Definición legal de comerciante.
Se define comerciante como aquella persona física o jurídica que actúe con un propósito relacionado con su actividad económica, negocio, oficio o profesión, así como cualquiera que actúe en nombre del comerciante o por cuenta de este.
5.11 Capacidad requerida para ser comerciante.
• No ser discriminatorio;
• Estar justificado por una razón imperiosa de interés general;
• Ser proporcionado a dicha razón imperiosa de interés general;
• Ser claro e inequívoco;
• Ser objetivo;
• Ser hecho público con antelación;
• Ser transparente y accesible.
5.12 Obligaciones particulares de los comerciantes.
a) Publicidad de la calidad mercantil:
• Nombre
• Sucursales
• Administradores
• Etc.
b) Inscripción en el registro público de la propiedad:
1) Persona física
• Generales
• Datos del negocio
• Administradores, factores o dependientes
• Régimen matrimonial.(si aplica)
2) Persona moral
• Acta constitutiva
• Poderes generales
• Emisión de acciones
c) Llevar un sistema de Contabilidad;
d) Conservar correspondencia;
5.12.1 Inscripción en el registro mercantil.
El Registro Mercantil es un registro público, obligatorio, auténtico y oponible a terceros, instituido por la Ley 3-02, aplicable para todas las personas físicas y morales que ejerzan el comercio o brinden servicios, que deberá hacerse dentro del mes de iniciada las actividades comerciales, cuyo registro está a cargo de las Cámaras de Comercio y Producción del domicilio del solicitante.
Beneficios del registro mercantil:
• Su negocio dispondrá de un medio para presentar información de su empresa para fines comerciales, Industriales, bancarios, de viaje, entre otros.-
• Su negocio estará debidamente organizado y formado-.
• Facilidad de trámites para fines de préstamos bancarios-.
• Ampliación de relaciones comerciales tanto nacionales como internacionales-.
• Localización de su empresa para fines comerciales.
• Imprescindible para la emisión del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
Requisitos para obtener el registro mercantil:
a) Personas físicas:
• Formulario de Solicitud de Registro Mercantil completado correctamente y firmado.
• 2- Copia de la Cédula del comerciante solicitante.
• 3- Copia de la Cédula del o los administradores del establecimiento.
• 4- Copia contrato matrimoniales en caso de que exista.
b) Compañías constituidas:
• Formulario de Solicitud de Registro Mercantil completado correctamente, firmado y sellado.
• Todos los documentos constitutivos de la empresa: Estatutos sociales, Lista de suscriptores, publicación en periódico y depósitos en tribunales, recibo de pago de la Dirección General de Impuestos Internos, Sellos de la Ley 80-99, Compulsa notarial, lista presencia asamblea(s) constitutiva(s), Informe del comisario de aporte (si aplica), Asamblea(s) Constitutiva(s).
• Copia de la cédula o pasaporte (en caso de ser extranjero) de los accionistas y representantes legales de la empresa.
• Copia RNC
• Asamblea(s) extraordinaria(s) que modifique los estatutos (si aplica)
• Ultima Asamblea Ordinaria Anual que designe el actual consejo de administración.
• Transferencias de Acciones o Asambleas que especifique la transferencia de acciones, en caso de que los accionistas sean diferentes a los originales.
Los efectos del comercio.
6.1 Concepto de efecto de comercio.
Son efectos de comercio, las obligaciones o pro-mesas que por escrito se hacen los comerciantes entre sí, de pagar cierta suma de dinero en plazo determinado, y los cuales pueden pasarse por endoso de unas a otras personas.
6.2 Enumeración y comparación de los principales efectos del comercio.
• La letra de cambio: es el más importante de todos los documentos a la orden, por sus efectos económicos; consiste en el mandato que una persona hace a otra de que pague a una tercera cierta cantidad, en lugar distinto del de la expedición.
• La libranza de giro: es muy semejante a la letra de cambio, pues también consiste en el encargo que una persona hace a otra, residente en punto distinto, de que pague a una tercera cierto valor recibido; pero es más sencilla en sus formalidades y carece de algunos de sus esenciales requisitos.
• Los pagarés a la orden: son las obligaciones que suscribe una persona de pagar en su domicilio, por sí misma a otra persona, cierta cantidad en plazo determinado.
• Los warrants de depósito: son los documentos u recibos que acreditan la estancia de mercancías en los almacenes o depósitos generales de comercio, las cuales pueden ser vendidas sin necesidad de sacarlas del establecimiento, con tal de hacerse constar las variaciones de dueño por medio de endosos.
6.3 Principios básicos que gobiernan el derecho cambiario.
Los principales principios básicos que gobiernan el derecho son los siguientes:
• Materialidad: Se define como el soporte papel de las declaraciones de voluntad que crean títulos valores. Es decir, se refiere a la materialización del titulo valor.
• Literalidad: Se refiere a que el texto expreso del documento es el que tiene validez como titulo valor. Es decir, viene a ser una especie de la interpretación literal, en consecuencia no se
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