Derecho de defensa en juicio
Enviado por nancy026 • 9 de Septiembre de 2014 • Trabajo • 1.043 Palabras (5 Páginas) • 907 Visitas
La defensa es:
“la oposición del demandado para contradecir y desvirtuar las pretensiones del fondo del actor. Es el derecho con que cuenta el demandado para atacar el fundamento o la razón de la pretensión.”
Derecho de defensa en juicio
Llevar a juicio a una persona física o moral es un asunto serio: pues puede llegar al extremo, de perder la libertad por una sentencia; y en los países donde este permitido, el Estado tiene la potestad de privar a alguien de su vida. Por esto, “el legislador” ha incorporado una serie de derechos mínimos a favor de quien es involucrado en ellos como parte demandada o indiciada penalmente.
En el devenir histórico, la serie de derechos, defensas o garantías se ha incluido en todo género de normas. Este quehacer, que ha sido paulatino, busca erradicar las tendencias inquisitoriales.
En los juicios inquisitoriales de la autoridad civil o religiosa era tan fuerte la figura de la acusación, tan poco diferenciada del sujeto de decisión, con tantos secretos absurdos durante el procedimiento y con tan pocas oportunidades de defensa del inculpado.
La defensa en el juicio ha de abarcar una serie de extremos, como el respeto a la integridad física del inculpado, no incomunicarlo, el derecho a saber que se le acusa y quien lo acusa, y gozar d oportunidades procesales; por ejemplo, responder a cada instancia de la parte atacante, probar, alegar o estar asistido por un abogado quien debe ejecutar y realizar una estrategia procesal para defender a su representado.
Garantía del debido proceso legal
Para Fix-Zamudio: “se entiende por debido proceso legal el conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados”.
En autoridad del mismo autor, su contenido se debe buscar tanto en la Constitución como en los tratados internacionales y sus conclusiones se pueden grafiar de esta manera:
Constitución:
- Articulo 13. Prohibición de tribunales especiales y leyes privativas y restricción de la jurisdicción militar.
- Articulo 14. Segundo párrafo. Derecho o garantía de audiencia.
- Articulo 16. Primer párrafo. Fundamentación y motivación de acto dictado por autoridad competente.
Tratados Internacionales:
- Articulo 14. Del pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de la ONU.
- Articulo 8. De la Convención Americana de Los Derechos Humanos.
Articulo 8. Garantías judiciales
Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella. O para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) Derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o interprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;
b) Comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada;
c) Concesión al inculpado del tiempo y de los medios
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