EL VETO PRESIDENCIAL
Enviado por ANGELITROX1 • 13 de Marzo de 2013 • 5.544 Palabras (23 Páginas) • 645 Visitas
BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTOMOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
POSGRADO EN DERECHO
MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO
Evolución Histórica del Derecho Constitucional
“EL VETO PRESIDENCIAL,”
UN PANORAMA A TRAVÉS DEL TIEMPO
Catedrático:
Doc. José Manuel Lastra Lastra
Maestrante:
Lic. Luis Angel Hernández Castillo
Puebla, Pue. a 29 de Junio de 2012
EL VETO PRESIDENCIAL, UN PANORAMA A TRAVÉS DEL TIEMPO
INDICE
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
EL VETO, COMO INSTRUMENTO DE DEFENSA
I.I.- Concepto
I.II.- Finalidades del Veto
I.III.- Diversas clases del Veto
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
II.I.- (1812) Constitución de Cádiz
II.II.- (1814) Constitución de Apatzingán
II.III.- (1824) Constitución Política
II.IV.- (1836) Las 7 Leyes
II.V.- (1843) Bases Orgánicas de la República Mexicana
II.VI.- (1847) Acta Constitutiva y de Reformas
II.VII.- (1857) Constitución Política
II.VIII.- (1874) Reforma
II.IX.- (1917) Constitución Política Actual
CAPÍTULO III
UN VISTAZO A TRAVÉS DE LATINOAMERICA
III.I.- México
III.II.- Brasil
III.III.- Estados Unidos
III.IV.- Venezuela
III.V.- Colombia
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
Al existir el ser humano en el mundo, este tuvo que crear ciertos dispositivos para poder sobrevivir como lo fue la caza, la agricultura y sobre todo la sociedad, pero se percato que al existir una sociedad como tal, necesitaría de ciertos mecanismos para su control, estos mecanismo que sirven para poder vivir en sociedad son denominadas normas las cuales nos sirven para poder regular la conducta humana.
Al paso de los años y con la creación de instituciones, leyes, y todos aquellos instrumentos para mantener la convivencia en sociedad de forma pacifíca y en buen estado, tenía que surgir a la vida un tipo de prohibición para que no se excediesen este tipo de normas, este tipo de prohibición se le denomina veto.
Esta investigación se realiza con el fin de analizar un poco acerca de esta firgura que tal véz sea un tema arcaico, pero que servirá para adentrarnos y darnos un panorama vasto acerca de tan importante figura.
En México el presidente cuenta con poder de veto total. La Constitución dice en su artículo 72 inciso: b) Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen, dentro de 10 días útiles; a no ser que corriendo este término, hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso esté reunido. c) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora.
Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.
A lo largo de la historia independiente de México, el veto siempre ha sido total. Lo que se ha modificado son los plazos de que dispone el presidente para presentar sus observaciones.
De este modo este proyecto de investigación muestra la concepción de esta figura, antecedentes históricos y un vistazo en países de América Latina en cuestión a este gran dispositivo denominado veto.
CAPÍTULO I
EL VETO, COMO INSTRUMENTO DE DEFENSA
I.I.- CONCEPTO
Es un tema de gran importancia que ha surgido en las relaciones del Poder Ejecutivo y el Legislativo el cual abordaré de manera general al Poder Ejecutivo.
La Constitución Federal de México no menciona expresamente el término de veto, pero el inciso c) del artículo 72 constitucional, otorga al Presidente de la República la facultad de hacer observaciones a los proyectos de ley o decreto que el Congreso le envíe para su promulgación, estas observaciones sólo son suspensivas, debido a que pueden ser superadas mediante las dos terceras partes del número total de votos y ante ésta situación el Ejecutivo tendrá necesariamente que publicar la ley.
La palabra veto significa censura, oposición o negativa a algo. La acción de vetar supone desaprobar, censurar, negar, impedir o prohibir algo. El Diccionario de la Lengua Española considera que veto es el "derecho que tiene una persona o corporación para vedar o impedir una cosa" .
El Diccionario Universal de Términos Parlamentarios refiere lo siguiente: “El veto es la facultad que tienen los jefes de Estado para oponerse a una ley o decreto, que el Congreso le envía para su promulgación; es un acto en el que el Ejecutivo participa en la función legislativa. Esto forma parte del sistema de contrapesos entre el ejecutivo y el parlamento; así mientras el presidente puede vetar la legislación, el parlamento puede superar ese veto con un voto de dos tercios de ambas cámaras” .
El maestro Arteaga mantiene la postura de que: “En el nivel federal el veto es una forma de colaboración entre los poderes legislativo y ejecutivo; a la vez es un medio de defensa a disposición del presidente de la república, un elemento para llevar ponderación en actos de naturaleza grave, como leyes y un instrumento en el juego de pesos y contrapesos que para establecer equilibrio entre dos poderes dispone la constitución.
Se trata de un acto de colaboración, en virtud del veto, el presidente de la República está en posibilidad de hacer llegar al congreso de la unión información, objeciones y cuestionamientos adicionales, que pudieron no haberse tomado en cuenta en el momento de discutirse la
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