ENSAYO: "La Relación Directa Entre Norma Jurídica Y Conceptos Jurídicos Fundamentales".
Enviado por Veryana • 17 de Octubre de 2013 • 435 Palabras (2 Páginas) • 1.486 Visitas
Antes de mencionar concretamente la relación directa que existe entre la norma jurídica y los conceptos jurídicos fundamentales, se partirá por explicar en primera instancia, estos 2 términos independientemente uno del otro.
Lo primero que hay que anotar en el tema, es la noción de conceptos jurídicos fundamentales; por tales se entienden: “…las categorías o nociones irreductibles, en cuya ausencia resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.”
Los conceptos jurídicos fundamentales son los que dan origen a las leyes, igualdad, equidad previsibilidad, irretroactividad de las leyes, prelación (orden de supremacía) entre otros, son conceptos jurídicos fundamentales por ser elementos invariables aunque no exclusivos del derecho.
Son simplificaciones, son abreviaturas; por medio de los cuales comprendemos las propiedades comunes de los elementos captados. Estos son una abstracción que nos permite desarticular y examinar en forma separada, independiente y pura los rasgos esenciales, principales y establecer las regularidades del desarrollo del objeto estudiado, en este caso la estructura lógica y la dinámica del Derecho.
Por el otro lado encontramos las normas jurídicas, hay normas jurídicas en las que se dice en qué sentido quiere el legislador que se entienda un término cualquiera usado. Son estas las que alguien ha llamado normas jurídicas conceptuales.
Se ha intentado distinguir entre "ley" y "derecho", diciendo que la "ley" nace de un poder político, que es un precepto imperativo, mientras que el "Derecho" nace de una potencia espiritual, y no es en el fondo más que un juicio sin otra eficacia que la de su autoridad; por esto el "derecho", se concluye, debiera hallarse confiado exclusivamente, en su verdad y en su conformidad, a un poder espiritual, es decir, a la jurisprudencia..
Un requisito jurídico, como primer miembro de una norma jurídica, implica, pues, una transformación de los fines existentes que hace necesario un nuevo medio.
Estas alteraciones de estados de cosas jurídicamente regulados se llaman hechos jurídicos, y estos son “un acontecimiento engendrado por la actividad humana o puramente material, que el Derecho toma en consideración para hacer derivar de él, a cargo o en provecho de una o varias personas, una situación general o permanente o, por el contrario, un efecto de Derecho limitado.”
Los efectos jurídicos, segundo miembro en las normas jurídicas, representan transformaciones de relaciones jurídicas, como desprende del esquema de los simples conceptos fundamentales del Derecho.
La norma jurídica va vinculada directamente con los conceptos fundamentales porque estos son los que le dan el sentido jurídico, enmarca las abreviaturas que se mencionaron antes, aunque estas no son exclusivas del Derecho, si le dan un valor y significado peculiar
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