ENSAYO SOBRE LA EFECTIVIDAD DE LA ACCIÓN
Enviado por WilsonLopez16 • 1 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 1.207 Palabras (5 Páginas) • 196 Visitas
ENSAYO SOBRE LA EFECTIVIDAD DE LA ACCIÓN
A continuación el siguiente ensayo se basa en cómo se hace efectiva la acción de tutela al momento de acudir a éste. Por lo tanto, surge la siguiente incógnita o pregunta ¿Cómo se hace efectiva la acción de tutela? Bien se sabe, que la acción de tutela es el mecanismo judicial encargado de proteger los derechos fundamentales de cada individuo y se encuentra impregnado en el artículo 86 de la constitución política de Colombia que también se puede decir que busca, la limpia aplicación del derecho fundamental que al momento de aplicar esta acción de tutela, este hace el resarcimiento ya sea monetario, por daño o por incumplimiento.
Existen dos maneras de dividir la tutela; por equivalencia y específica. Las dos manejan mecanismo distintos pero siempre con un fin, el de preservar y restablecer el derecho vulnerado de la persona. Donde la tutela específica es más que todo para proteger cualquier derecho de manera objetiva, pero la tutela por equivalencia se podría decir que su mecanismo es basado más que todo en darle de manera ponderada la equivalencia del valor del derecho vulnerado.
He aquí donde se empieza a responder la incógnita puesta en el principio de este ensayo dado que la tutela según la lectura en que se basa este ensayo habla sobre la dependencia de la tutela con las técnicas procesales que son en sí la base de que esta acción logre su efectividad al momento de ejecutar la acción.
También que la acción de tutela debe ser presentada ante un juez y añadiendo que se podría decir que la acción de tutela es un acto constitucional ya que su función es preservar derechos fundamentales.
“La TIPICIDAD es la adecuación del acto humano voluntario ejecutado por el sujeto a la figura descrita por la ley como delito.”
Fuente: http://jorgemachicado.blogspot.com.co/2009/03/tipo-penal-y-tipicidad.html#sthash.XRRZYHZn.dpuf
La tipicidad en la tutela habla que su uso, no sólo se debe como vínculo o jurisprudencia para resolver las tutelas típicas, sino también para darle el mismo sentido típico a aquellas tutelas que llegan a ser autónomas y atípicas o en pocas palabras, acciones que no son frecuentes. En ocasiones cuando se llega a vincular la tipicidad con la sentencia condenatoria ocurre que el juez no puede ser arbitrario o tomar decisiones por mérito personal ya que así se elimina cualquier actitud arbitraria del juez haciendo así más objetiva las conclusiones de las sentencias.
Por lo tanto la legislación debe imponer técnicas de proceso para que pueda preocuparse por el buen uso y ejecución efectivo de la tutela y siempre se trate de darle la lógica ya sea para sancionar y resarcir o remunerar y reestablecer la sanción por medio de la ponderación equivalente a la lesión.
Todo este procedimiento de la importancia fundamental que tiene la tutela el estado, tiene como obligación proteger los derechos fundamentales de cada persona y así mismo en la sociedad hay una regulación hacia tomar por decisión arbitraria de cada persona hacia un acto que necesite de atención judicial. Éste derecho fundamental ayuda al desarrollo mismo de la sociedad por lo que cada quién debe cuidar de que no violen y tampoco violar sus derechos.
Al momento que a una persona natural se vea afectada por la violación de un derecho fundamental, le permite a la persona presentar la tutela al juez y de esta forma participa de manera parcial y democrática en la jurisdicción.
Esto nos lleva a que cuando la violación del derecho se ve afectada a más de dos personas, se acude a la tutela de remoción para poder inhibir y deshacer el daño que causa colateralmente llevando así a la retención ya sea si se trata de ventas comerciales o de productos industriales para el consumo humano que sea a su vez perjudicial. Teniendo en cuenta que cada persona ve un interés, ya sea cuando se viole una leí fundamental o para búsqueda remuneración monetaria como manera de pago por la lesión, se hace referencia a que no todos los derechos fundamentales se pueden remunerar en concreto con dinero, ya que existen ciertos derechos específicos creados sólo para en caso de violación tienen su mecanismo de defenderse cuando éste se viola, por medio de la equivalencia que se ha venido explicando en el ensayo, que vendría siendo de que el infractor debe resarcir esa violación pagando el mismo valor equivalente al que realizó.
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