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Eficiencia de la función administrativa


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  418 Palabras (2 Páginas)  •  246 Visitas

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eficiencia de la función administrativa.

artículo 164.- La Junta de Directores y el Consejo Académico son

los organismos facultado para aprobar, modificar o derogar los Estatutos, siguiendo el procedimiento que se establece en este capítulo.

artículo 165.- Los Reglamentos del área académica y los correspondientes a estructuras académicas tales como Escuelas,

Institutos, Departamentos y Centros serán expedidos, modificados o derogados por el Consejo Académico.

artículo 166.- Podrán proponer la modificación de los Reglamentos correspondientes a las áreas académicas:

• El Rector

• Los Vice-rectores

• Directores de escuelas y/o departamentos académicos

• El Consejo Académico

Párrafo: La propuesta de reforma deberá ir acompañada de

una justificación razonada y una referencia del articulo que

debe ser reformado.

artículo 167.- Las reglamentaciones y disposiciones administrativas serán expedidas y modificadas por el Rector con la

anuencia de los Vicerrectores y Dirección Ejecutiva de Recinto

El Departamento de Servicios a los Participantes de la Universidad Abierta Para Adultos ha sido concebido para la realización de una labor de asesoría, orientación y apoyo a quienes constituyen la razón de ser de la Institución.

Concebido para la realización de una labor de asesoría, orientación y apoyo con el fin de canalizar las inquietudes sugerencias y servicios.

• Becas de Estudios

• Créditos Educativos

• Actividades Artísticas

- Los Reglamentos están orientados a regular actos, hechos o situaciones jurídicas de observancia general para

la Universidad o uno de sus estamentos o un objeto, proceso

o situación determinados. Estos se derivan de los Estatutos y

hacen posible su cumplimiento.

Las Resoluciones establecen lineamientos o acuerdos destinados a regular un acto, hecho o situación específica, o

determinar la observación y/o ejecución de normas superiores.

• Otros

Las Disposiciones Administrativas incluyen

acuerdos, circulares e instrucciones destinados a mejorar la eficacia y eficiencia de la función administrativa.

artículo 164.- La Junta de Directores y el Consejo Académico son

los organismos facultado para aprobar, modificar o derogar los Estatutos, siguiendo el procedimiento que se establece en este capítulo.

artículo 165.- Los Reglamentos del área académica y los correspondientes a estructuras académicas tales como Escuelas,

Institutos, Departamentos y Centros serán expedidos, modificados o derogados por el Consejo Académico.

artículo 166.- Podrán proponer la modificación de los Reglamentos correspondientes a las

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