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El Derecho Romano en la Edad Media


Enviado por   •  27 de Mayo de 2013  •  13.381 Palabras (54 Páginas)  •  1.181 Visitas

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El Derecho Romano en la Edad Media

Muerto Justiniano en el año 565, el Derecho Romano se cristalizó en el Corpus Iuris Civiles. El destino de éste fue diferente en Occidente que en Oriente. El Occidente cayó en el año 476 en poder de los bárbaros dando inicio a la Edad Media. Los germanos invasores siguieron aplicando el Derecho Romano por el principio del IUS SANGUINIUS (cada uno tiene sus propias leyes y lo siguen adonde vaya). Este principio se contrapone al IUS SOLI que significa que todos quienes están en un mismo territorio se rigen por ese Derecho, sin importar su nacionalidad.

Además, las leyes que dictaron los bárbaros para regular las relaciones entre sus propios súbditos y los romanos (leyes romano-bárbaras) tuvieron gran influencia del Derecho Romano.

Dentro del Imperio Romano de Occidente pueden encontrarse dos períodos. Este primero que hemos desarrollado, que va hasta el siglo XII donde si bien se siguió aplicando sufrió una crisis al contacto con las leyes germánicas, conservándose su aplicación pura, solo en las iglesias pero como subsidiario del Derecho Canónico.

El resurgimiento del Derecho Romano habría ocurrido en el año 1137 cuando los pisanos saquearon Amalfi, ayudando al emperador Lotario II que a su vez luchaba a favor del Papa Incencio II, y hallaron allí un manuscrito del Digesto, que les fue regalado a los pisanos por su colaboración. Allí permaneció llamándose Litera Pissana hasta el año 1405, en que Florencia venció Pisa y el manuscrito se trasladó hacia allí tomando el nombre de Litera florentina. Esto es lo que se conoce como leyenda de Amalfi.

Este escrito de Amalfi en poder de los pisanos fue usado por Irnerio, profesor de la Escuela de Bolonia para estudiar el Derecho Romano a través de glosas (anotaciones marginales e interlineales para tratar de aclarar palabras o frases) fundando la escuela que por el método empleado se llamó Escuela de los Glosadores y transformando la Escuela de Bolonia en una universidad prestigiosa. Usaron el método literal o exegético para sus estudios, aclarando el texto y quitándole contradicciones, de modo objetivo.

En esta escuela se destacaron además de su fundador (Irnerio) los siguientes discípulos: Búlgaro, un gran orador y autor de numerosos comentarios, un rival de Búlgaro, Martino Gosia, muy apegado a la letra de la ley, mientras que Jacobo de Porta Ravenata fue quien sucedió a Irnerio en la dirección de la Escuela.

La Escuela de los Glosadores extendió su labor hasta el siglo XIII siendo su última etapa dedicada a la recopilación. Accursio realizó la obra compilatoria más grande que se denominó Glosa Magna.

En el siglo XIV se desarrolló la Escuela de los Comentaristas o Posglosadores, fundada por Bartola de Saxoferrato, que tuvo una actitud más activa que la anterior, tomando además del Corpus Iuris otras fuentes para el estudio y adaptación del derecho, como el Derecho local o el Canónico, con sentido más práctico, para solucionar problemas concretos, teniendo las opiniones de Bartola, rango de ley, en Italia y de Derecho supletorio en España. Este método se llamó dialéctico, inductivo-deductivo o aristotélico. Su más destacado discípulo fue Baldo de Ubaldi que escribió muchos comentarios al Corpus Iuris y muchos Concilia (tratar de lograr acuerdo entre textos).

Mientras tanto en Oriente si bien Justiniano había prohibido comentar su obra, debieron hacerse trabajos para adaptarlo a las nuevas costumbres de los pobladores orientales que hablaban griego, y no latín. Así surgieron la paráfrasis de Teófilo a las Institutas, que las tradujo al griego; y también se realizaron numerosos Índices y Comentarios del Digesto, del Código y de las Nivelas, como el Índice de Teófilo.

Las Basílicas: Fue una obra de recopilación del Corpus Iuris, usando la Paráfrasis de Teófilo, los Índices, etcétera, que realizó en el año 890 León el Filósofo, emperador bizantino, para depurar las leyes antiguas. Se llamaron Basílicas pues la obra la había iniciado su padre, Basilio el Macedónico. Y tenía la función de reemplazar el Corpus Iuris por este texto en griego.

En el año 1345, se efectúa un trabajo privado, a cargo de Constantino Hermenópuluos, Juez de Tesalónica, llamada Exabiblos (constaba de seis libros) o Promptuarium, también escrito en griego, mantuvo vigente al Derecho Romano en Oriente hasta su caída en poder de los turcos.

Derecho Romano en la Edad Moderna

La Edad Moderna comienza en el siglo XV con la caída del Imperio Romano de Oriente, pero sin embargo el Derecho Romano continúa haciendo sentir su influencia. Con el Renacimiento se recobra el interés por la antigüedad griega y romana, naciendo dos importantes escuelas.

Una fue La Humanista, que privilegió el conocimiento racional, nació en Italia y luego trasladó su influencia a Francia, siendo sus principales exponentes Cujas o Cujacio y Donelo. El primero se dedicó a la ciencia histórica y la filología. Realizó entre muchas obras un Comentario Exegético del Corpus Iuris.

La otra escuela fue la del Derecho Natural, que liberó al ser humano del despotismo de los gobernantes al reconocerle libertades individuales. Su ideal era fundar un Derecho basado en la razón natural y de validez universal, valorizando especialmente el ius Gentium romano.

Derecho Romano en la Edad Contemporánea

Producida la Revolución Francesa, se sancionó el Código de Napoleón, que inició un movimiento codificador, que incluyó en su articulado muchas normas del Derecho Romano.

En Alemania florecen los estudios del Corpus Iuris en el siglo XIX a través de la obra de Savigny. Fue un jurista teórico, fundador de la Escuela Histórica alemana. La idea se centra en que el Derecho es un fenómeno vivo que debe adatase a la idiosincrasia de los pueblos. El Derecho Romano fue estudiado para observar si aún podía seguir aplicándose. Solo se debe codificar, o sea, inmovilizar el Derecho cuando se prevea que ya no se producirán cambios, cuando la sociedad esté madura. Muerto Savigny, surge un movimiento llamado Pandectítica, fundado por Jorge Puchta que volvió a las fuentes romanas rigurosamente.

A fines del siglo XIX surgió otro jurista, crítico de Savigny, pues era práctico, Von Ihering, positivista que revivió el Derecho como fenómeno histórico.

El Derecho Romano en Argentina

Durante la colonización, hasta la creación de la Universidad Nacional de Córdoba en el año 1614 no existieron estudios de Derecho Romano en nuestro territorio, aplicándose normas hispánicas y españolas de influencia romana. A partir de la creación de la citada universidad, comenzó junto con la creación de la Facultad de Derecho los estudios sobre el Derecho Romano. Pero donde se advierte la gran

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