El beneficio de inafectacion tributaria a favor de la Universidad Peruana (IGV)
Enviado por elfeje • 6 de Abril de 2015 • Trabajo • 647 Palabras (3 Páginas) • 400 Visitas
PROYECTO DE TESIS
I. DATOS GENERALES.-
1.1. Título : EL BENEFICIO DE INAFECTACION TRIBUTARIA A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD PERUANA (IGV)
1.2. Clave : ROSA
1.3. Fecha : 20 de enero del 2015
1.4. Apellidos y Nombres :
1.5. Programa : CONTABILIDAD Y FINANZAS
1.6. Mención : CONTADOR PÚBLICO
1.7. Área de Investigación : TRIBUTACIÓN
1.8. Línea de Investigación : EXENCIONES TRIBUTARIAS
1.9. Dirección : PSJE. LOS JAZMINES N° 440 EL TAMBO
1.10. Teléfono y Email : 998777848 – CHINITA_AR_@HOTMAIL.COM
II. DESARROLLO DEL PROYECTO DEL PLAN DE TESIS.
2.1. Resumen
El proyecto de investigación parte del problema: ¿El régimen tributario contemplado en la ley del impuesto general a las ventas vulnera el derecho de la Universidad Peruana Los Andes a gozar del beneficio de inafectación tributaria (impuesto)?, siendo el Objetivo: Establecer el régimen tributario, concordante con nuestra legislación tributaria, que debe de ser aplicado a la Universidad Peruana Los Andes. La investigación se ubica dentro del Tipo Básico, en el Nivel Descriptivo – Explicativo. Se utiliza para contrastar la hipótesis, los métodos: Inductivo, Comparativo y Análisis: asimismo métodos particulares como Exegético, Sistemático, Sociológico. Con un Diseño Descriptivo Simple, con una sola Muestra y un Tipo de Muestreo Probabilístico Simple. Para la recolección de información se utilizara Encuestas y Análisis Documental.
2.2
II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.-
2.1 Caracterización del Problema.
Tradicionalmente, desde las constituciones de nuestro país, las universidades, sean públicas o privadas, han gozado de la inafectación tributaria sobre todas las actividades que desarrollan en el cumplimiento de sus fines propios. Pero, de un tiempo a esta tal inafectación que está considerada en el artículo 117º de la novísima Ley Universitaria, Ley N° 30220, como beneficio tributario aún persiste.
Además de ello, en el mismo sentido se debe considerar que el artículo 19 de la Constitución Política del Perú señala que las universidades del Perú se encuentran infectas a todo impuesto directo o indirecto, en ese orden se puede apreciar que en la presente investigación se tiene que evaluar si los bienes y servicios que son adquiridos por la universidad que son destinados a fines educativos se encuentran inafectas al pago del Impuesto General a las Ventas.
Colisionando con esta propuesta se encuentra el derecho de la educación de las personas, que si bien es cierto no está considerado expresamente en nuestra constitución vigente, siempre ha estado presente en nuestra historia constitucional. Es esta confortación la
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