Enfoque De La Calidad De Vida
Enviado por maicary • 19 de Noviembre de 2014 • 4.002 Palabras (17 Páginas) • 348 Visitas
ENFOQUE INTEGRAL DE LA CALIDAD AMBIENTAL A TRAVÉS DE LAS NORMATIVAS APLICADAS POR LOS MINISTERIOS DE AMBIENTE, SALUD, TRABAJO, ENERGÍA Y PETRÓLEO.
El enfoque de la calidad ambiental contempla al conjunto de elementos que inciden en el manejo sustentable de los ecosistemas. Estos elementos están constituidos por las diversas formas de vida y sus correspondientes hábitats: el suelo, el agua, el aire y el conjunto de la biosfera en la que se expresa la vida. La existencia, la calidad y la disponibilidad de estos recursos dependen en forma directa de la dinámica de los ecosistemas.
En este enfoque, es preciso indicar que la preocupación del gobierno por la búsqueda de un ambiente libre de contaminación o de cualquier factor que impida o afecte el desarrollo de las actividades del hombre permite al mismo tiempo, el aprovechamiento de la diversidad biológica y de los recursos naturales en beneficio colectivo de la presente y futuras generaciones.
Es por ellos que la política ambiental en Venezuela registra un cambio considerable en las últimas dos décadas, pasando de intentos conservacionistas a el uso racional de los recursos naturales como parte de políticas de desarrollo del gobierno.
El marco legal ambiental en Venezuela es considerado muy avanzado en términos de sus normas ambientales y de su alcance. Es por eso que El Ministerios de Energía y Defensa comparten la responsabilidad de hacer cumplir las regulaciones ambientales conjuntamente con El Ministerio del Ambiente.
Los Ministerios u Organismos del Gobierno que están encargados de adoptar decisiones sobre la protección del ambiente son los siguientes:
1. El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN), el cual es el organismo rector del Ejecutivo Nacional que desarrolla la política ambiental en Venezuela y las relaciones internacionales orientadas en el área ambiental. 2. Igualmente, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social interviene en el desarrollo de políticas debido a que tiene a su cargo los programas de saneamiento ambiental referidos a la salud pública. 3. Finalmente, las Autoridades Municipales pueden definir sus políticas a nivel local, en virtud de las atribuciones legales que tienen en cuanto a la protección ambiental.
Las actividades de estos diversos órganos gubernamentales, para formular políticas o leyes racionales relativas a la protección de la atmósfera, se coordinan de la siguiente manera:
Mediante el funcionamiento de la Comisión Nacional de Normas Técnicas, creada por Decreto Presidencial Nº 2.237 del 30-04-92 y que reúne a los directores y personal técnico de los diferentes organismos del Gobierno (Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales como principal, Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Energía y Petróleo) y asimismo a entes privados y a organizaciones no gubernamentales, para formar grupos de trabajo técnicos y elaborar las leyes para la protección del ambiente.
La Comisión Nacional de Normas Técnicas tiene por objeto coordinar y mantener el proceso continuo de la elaboración, revisión, mejoramiento y actualización de la normativa legal en materia de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente. En particular, además de cumplir su cometido como creadora de normas de gestión ambiental, ha permitido evaluar y redefinir los lineamientos y estrategias para llevar a cabo un control más efectivo de la calidad ambiental y de las fuentes de contaminación, llevando a cabo un proceso de actualización de acuerdo a los últimos avances científicos y tecnológicos, así como de ajuste a la realidad venezolana y seguimiento a los resultados obtenidos en la aplicación la normativa legal vigente.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Venezuela tiene leyes, reglamentos o directivas para la protección ambiental. Estos se pueden dividir así: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica del Ambiente, en la cual están contenidos los principios rectores de la política ambiental venezolana, La Ley Penal del Ambiente, en la que se establecen las sanciones para diversos delitos en materia ambiental.
En Venezuela actualmente están vigentes diferentes decretos o resoluciones, en materia de protección ambiental: Calidad Ambiental, Aire, Agua, Materiales – Desechos Peligrosos, Desechos No Peligrosos, Ruido, Recursos Naturales, Diversidad Biológica, Fauna Silvestre, ABRAE’s y Parques de Recreación, Control de Ejecución de Obras y Actividades, Prevención y Control de Incendios Forestales, Seguridad, Salud.
La calidad ambiental (ICA) como una variable latente determinada por un conjunto de factores que lo afectan de manera positiva y negativa. Partimos de la hipótesis de la no homogeneidad ambiental del territorio urbano, y nos proponemos definir un modelo general para la estimación del ICA a partir de la construcción de un sistema de indicadores simples y su aplicación en grandes ciudades. De este artículo se deriva información importante para que el planificador y el gestor puedan priorizar la asignación de recursos económicos, no sólo de manera diferencial entre comunas, sino por el tipo de recursos o variables ambientales que más inciden en la calidad ambiental.
Artículo 1°: El presente Reglamento tiene por objeto establecer los principios básicos, requisitos y procedimientos a los cuales deberá sujetarse la elaboración, evaluación y ejecución de los Estudios de Impacto Ambiental, necesarios para el control y corrección de actividades susceptibles de degradar el ambiente o crear un riesgo tecnológico que puedan causar daños ambientales.
Artículo 2°: La variable ambiental debe incorporarse a los planes, programas y proyectos de desarrollo desde sus etapas iníciales a irse ajustando a las distintas etapas de prefactibilidad, factibilidad, diseño, ejecución, construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento, clausura y desmantelamiento, hasta lograr que las propuestas del diseño conceptual o básico se transformen en acciones de desarrollo, obras y programas compatibles desde el punto de vista económico y ambiental.
Artículo 3°: Se considera como Estudio de Impacto Ambiental al análisis técnica e interdisciplinario que se realiza sobre un plan, programa o proyecto propuesto, a fin de predecir los impactos ambientales que puedan derivarse de su ejecución y proponer las acciones y medidas para minimizar sus efectos degradantes.
Artículo 4°: Las actividades que estarán sujetas a la preparación de estudios de Impacto Ambiental, serán aquellas clasificadas mediante
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