Ensayo sobre: El maltrato a personas de edad avanzada en Puerto Rico
Enviado por Thebzil70 • 19 de Junio de 2017 • Ensayo • 1.159 Palabras (5 Páginas) • 976 Visitas
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Ensayo sobre: El maltrato a personas de edad avanzada en Puerto Rico
El maltrato a personas de edad avanzada en Puerto Rico
El maltrato a personas de edad avanzada es el trato cruel o negligente hacia una persona de edad avanzada, que le cause daños a su salud, bienestar y bienes. En nuestro país existen muchos casos de ancianos abandonados y maltratados. Sus hijos y demás familiares los echan a un lado y los olvidan. Si bien sabemos, la población de edad avanzada en Puerto Rico es una que ha ido en aumento en nuestro país durante los últimos 60 años contrario a la población más joven que en los últimos 15 años ha sufrido un descenso dramático por diversas razones. Estos hallazgos son en base al Censo del 2010, según Leida Martínez, de la Oficina del Censo, del Programa de Planificación Económica y Social de la Junta de Planificación.
El 12 de junio de 1986 se estableció la ley 121 artículo 5, para establecer la política pública y la Carta de Derechos de la persona de edad avanzada en Puerto Rico. Según esta, las personas de edad avanzada dentro de dicha ley tendrán los siguientes derechos cuando sean ingresadas ya sea de manera voluntaria o involuntaria a un establecimiento residencial o médico-hospitalario: en todo el proceso de admisiones voluntarias a hospitales, casa de convalecencia, hogares sustitutos o a un servicio residencial de cualquier naturaleza, la persona de edad avanzada recibirá de su familia, tutor, agencia o profesional a cuyo cargo esté, todas las garantías procesales y sustantivas en derecho, como cualquier otro ciudadano. Por consiguiente, tales derechos estarán garantizados en la práctica a través de todo el período de tratamiento, terminación de éste y seguimiento del mismo. En casos de que sea necesaria una reclusión involuntaria, la persona de edad avanzada tendrá derecho a solicitar y obtener del director del establecimiento residencial una vista para discutir tal reclusión. El establecimiento le proveerá los medios de comunicación necesarios, cuando la reclusión involuntaria de estos no se extienda más del tiempo estipulado por las leyes y reglamentaciones correspondientes, a tono con su tratamiento. El paciente podrá solicitar y estar presente en vistas médicas o legales de manera que, tenga acceso y representación legal de así ser requerido. Del mismo modo, que pueda recibir dicha ayuda legal independientemente de su capacidad para sufragar los gastos referentes a esta.
El profesional de enfermería debe como parte de sus deberes estar al pendiente de dichas personas al momento de su ingreso a la institución hospitalaria. El abuso y maltrato de ancianos es un asunto que nos concierne a todos. Siempre que tengamos delante un caso de maltrato debemos dirigir los esfuerzos a la protección y al rescate del anciano mas allá de buscar y sancionar al culpable y victimario. Aquí en Puerto Rico el sistema ha establecido al Departamento de la Familia como uno de los principales responsables de la protección y vigilancia de los derechos de estos ciudadanos. Asimismo, la Oficina para Asuntos de la Vejez de Puerto Rico agencia en la cual recae la protección de seguridad y bienestar de quienes fueron forjadores de lo que hoy día tenemos, de los conocimiento y sabiduría que nos han impartido a través de las distintas generaciones.: nuestros ancianos. Tristemente, son los mismos hijos y/o familiares de estos los que en su mayoría son los causantes de diferentes tipos de maltrato hacia estos. Los insultan verbalmente, son aislados, intimidados ,rechazados, humillados y en muchos casos, abandonados a su suerte sin importarle a la familia si comen, se asean o tienen necesidades de salud que requieran tratamiento.
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