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Etica De Las Partes En El Proceso Laboral


Enviado por   •  15 de Diciembre de 2011  •  2.860 Palabras (12 Páginas)  •  2.105 Visitas

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COMO INFLUYE LA GLOBALIZACION EN LA VIDA DIARIA

La globalización ha modificado los estilos de vida de las personas, en distintos aspectos como la alimentación, el vestuario, la moda, el consumo o la entretención. Muchas de nuestras actividades cotidianas se diferencian de las que tenían nuestros padres y abuelos, pero se parecen cada vez más a las personas de otros países del mundo. Los medios de comunicación han contribuido a la masificación de determinados patrones de comportamiento, de gustos o de maneras de vestir, generando uno de los rasgos característicos de la sociedad actual: La cultura global de masas. A medida que vamos globalizándonos nos vamos volviendo una sociedad con muchas variedades de productos, entretención, moda etc. La difusión de la cultura global de masas ha permitido la formación de una industria de bienes y servicios asociados a ella como la moda, espectáculos, música, artículos tecnológicos y una increíble gama de productos que se ponen a disposición de las personas en todas partes del mundo. Países y Regiones como Estados Unidos y Europa Occidental lideran la industria de la información y del entretenimiento, es por ello que la globalización tiende a difundir los valores y las modas que predominan en estas zonas del mundo. Por otra parte, la globalización ha difundido la democracia como el mejor sistema de organización lo que demanda una mayor participación y conciencia de los derechos y responsabilidades de las personas. Han surgido diferentes organizaciones que actúan a nivel planetario frente a problemáticas globales, como a la defensa de los derechos o al cuidado del medio ambiente. Estas organizaciones conviven con otras de tipo informal, por ejemplo, jóvenes vinculados por algún estilo musical o por alguna visión del mundo, y constituyen diferentes referentes para muchas personas. Hoy en día es normal que las personas digan que echan de menos su celular o algún artefacto electrónico o que se mueren por tenerlo.

Efectos negativos:

- Destruye las identidades locales:

Sociedad homogénea mundial

- Aumento del consumismo:

(Consumo v/s consumismo)

- Atenta contra los ecosistemas:

Economías nacionales conectadas con el mundo y generan como efecto el calentamiento global.

- Internacionaliza el capital:

(Transnacionales o Multinacionales)

- Concentra la riqueza:

(Aquellos países más desarrollados)

- Hace desaparecer la labor reguladora de los estados:

(Estado fiscalizador)

Efectos positivos:

- Aumenta el nivel de vida de las comunidades en general

- Masifica la cultura y pone en contacto a comunidades de diversas formas de vida

- Masifica los medios de comunicación

Debido a la globalización el mundo ha cambiado, nosotros no nos damos cuenta, pero es así. Es un fenómeno mundial que ha ido creciendo hasta un punto en el que ya no se puede controlar o evitar. En el mundo actual cada persona tiene más opciones de productos, tecnología hasta salud.

Este fenómeno nos ha dado ventajas como consecuencias, más oportunidades, más conexión entre nosotros, pero también nos dificulta algunas cosas, como la contaminación la poca distinción que hay entre nosotros,

EL ARBITRAJE

Es un proceso en el cual se trata de resolver extrajudicialmente las diferencias que surjan en las relaciones entre dos o más partes, quienes acuerden la intervención de un tercero (arbitro o tribunal arbitral) para que los resuelva.

De todas las instituciones antes mencionadas, el arbitraje es el que mayor aproximación tiene con el modelo adversarial del litigio común.

Es un mecanismo típicamente adversarial, cuya estructura es básicamente la de un litigio. El rol del árbitro es similar al del juez: las partes le presentan el caso, prueban los hechos y sobre esa base decide la controversia. Sin embargo, no obstante sus similitudes el arbitraje mantiene con el sistema judicial una gran diferencia, la decisión que pone fin al conflicto no emana de los jueces del Estado, sino de particulares libremente elegidos por las partes.

A diferencia de la conciliación y mediación, el tercero neutral no ayuda ni colabora con las partes a efecto de resolver el conflicto más bien impone una solución vía LAUDO ARBITRAL, que tiene efectos de sentencia judicial.

Al arbitraje se llega generalmente en forma voluntaria a través de cláusulas mediante las cuales las partes deciden someter determinadas cuestiones a ser resueltas por el árbitro en lugar de acudir a la justicia ordinaria.

Nuestra constitución vigente (1993) en su Art. 138 establece "la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por él. Poder judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la constitución y a las leyes" y en su Art. 139 señala "no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral". De igual modo el Art. 62 preceptúa” los conflictos derivados de la relación contractual solo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previsto en el contrato o contemplados en la ley" finalmente en relación al propio estado, en la parte del Art. 63 dispone "el estado y las demás personas de derecho público pueden someter las controversias derivadas de relación contractual a tribunales constituidos en virtud de tratados en vigor. Pueden también someterlas a arbitraje nacional o internacional en la forma en que lo disponga la ley".

Como vemos la constitución al tiempo que garantiza el acceso a la justicia ordinaria, permite a los particulares y aun al estado, a dejar de lado ese medio recurriendo al arbitraje como fórmula alternativa.

Por lo demás el estado reconoce la decisión arbitral el valor de cosa juzgada, considerando para tal efecto el procedimiento de ejecución de sentencia judicial, como expresamente señala el Art. 83 (ley general de arbitraje 26572) "el laudo arbitral consentido o ejecutoriado tiene el valor equivalente a una sentencia y es eficaz y de obligatorio cumplimiento desde su notificación a las partes. Si lo ordenado en él se cumple por la parte o partes a quienes corresponda hacerlo, el interesado podrá solicitar su ejecución forzada ante el juez especializado en lo civil

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