FUNDAMENTOS DEL DERECHO
Enviado por santizag • 10 de Julio de 2014 • 1.638 Palabras (7 Páginas) • 203 Visitas
Introducción
El Derecho es el conjunto de leyes y, preceptos y normas a que estan sometidos y regulados los integrantes de una sociedad y para su comprensión se deb estudiar la relación que tiene con la filiosofía en la medida en que se le da base finalista y en que se investigan las causas que fundamentan las reglas que lo constituyen; se relaciona con la moral, la cual también
constituye un cnjunto de preceptos destinados a regir la vida de los hombres; pero la moral tiene un radio de acción más amplio que el del Derecho, ya que establece los deberes del individuo no solamente respecto de sus semejantes, sino también respecto a si mismo.
Ahora bien con la sociología está profundamente relacionado, pues registra las reglas del orden social y es el mismo un fénomeno social. Por ultimo, el Derecho tiene afinidad con la economía politica; esta le suministra los elementos que sirven de base a la reglamentación de las cuestiones económicas.
En general, el Derecho se relaciona con todo lo que hace a la actividad del hombre, cualquiera sea su forma, naturaleza o aspecto; es por ello la razón por la cual se debe revisar y tener un breve conocimiento de la Teorias Subjetivistas, Objetivistas y Mixtas en las cuales se fundamenta el Derecho,
para asi, entender todo el sistema jurídico.
El Fundamento del Derecho
El fundamento del Derecho es donde se apoya el Derecho, su base, ya que todo sistema jurídico es una verdadera construcción de normas de carácter obligatorio, que imponen una serie de deberes. El fundamento que se busca para el Derecho no puede ser solamente explicativo, sino que debe ser
justificativo, ya que el espíritu humano no se satisface con razones únicamente explicativas. Existen dos núcleos en el fundamento como es el subjetivismo, que es lo que pertenece al sujeto, al interior del hombre, principalmente su razón, espontaneidad o inspiración. El segundo núcleo es el objetivismo que es todo lo que esta afuera, lo que él conoce, le afecta o lo impresiona. Estos núcleos van a formar las teorías subjetivistas y objetivistas que más adelante serán explicadas brevemente.
También debemos saber como el se produce el conocimiento y la conciencia del Derecho, para esto existen dos clases de conocimiento, un conocimiento empírico, que es el que se funda sobre la observación externa y nos indica que las cosas suceden de cierto modo, pero no implica que no pueda suceder de otra manera, el segundo conocimiento es el racional, que es el que deriva directamente de su entendimiento y no puede ser nunca desmentido por una nueva experiencia. Existen también métodos del conocimiento, que son el camino a seguir para conocer la verdad de un objeto, estos métodos son: el método deductivo creado por Aristóteles, también llamado método racional, es
aquel que va a de lo universal a lo particular, de lo abstracto a lo concreto; el método deductivo empleado desde Galileo y Bacon, este método es el que va de lo particular a lo universal, y el método inductivo, que consiste en conocer repentinamente, este es un método eficaz de conocimiento
practico, pero también en la actividad teórica, ya que hay esferas de la realidad que solo pueden ser captadas de la forma repentinas, es decir, no por razonamientos ni experimentaciones sucesivas. Entonces comprendiendo que las opiniones objetivistas utilizaran sobre todo el método inductivo,
mientras que la subjetivistas utilizaran casi exclusivamente, la deducción, las instituciones acompañaran de hecho a las dos correctamente en sus investigaciones. Es por ello que las teorías de mayor importancia del fundamento del derecho son:
Teorías Subjetivistas
El Racionalismo
El Racionalismo es toda postura o actitud filosófica que exagera el papel de la razón con detrimento de la experiencia, esta usa el método deductivo. El racionalismo desconfía del conocimiento sensorial, es decir, si hay oportunidades en las que nuestros sentidos nos engañan, pudiera ser muy bien que nos engañaran siempre, es por ello que existe un error lógico en esta teoría, ya que únicamente la sola razón puede producir un verdadero conocimiento, debido a que este debe ser universal y necesario, lo cual nunca es posible en el conocimiento empírico.
El racionalismo jurídico aplica al Derecho dicha manera de pensar, es por eso que la conciencia del Derecho resulta formada desde adentro, es decir, de la razón, espontaneidad o inspiración del sujeto sin prestar atención a las condiciones sociales, económicas y políticas que existen en una sociedad
determinada. Entre las cuales del racionalismo están:
Escuela Racionalista del Derecho Natural
La Escuela Racionalista se denomina también escuela clásica del Derecho Natural, pero es impropio llamarla así, ya que la palabra clásica se refiere en su mayoría de veces a la antigüedad greco - romana, mientras que la escuela racionalista se inicia hasta el siglo XVII y desarrolla un Derecho
Natural muy diferente al de la antigüedad greco - romana.
En los siglos XVII y XVIII se dice que la humanidad ha llegado al máximo de cultura y civilización, es por ello que se piensa con ingenuo optimismo que la razón humana, la diosa de la razón, es capaz de resolver los problemas del mundo y llevar a los pueblos una época de felicidad. Esta escuela
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