Fundamentos Del Derecho
Enviado por nairamarangure • 19 de Julio de 2014 • 2.714 Palabras (11 Páginas) • 298 Visitas
El Fundamento del Derecho
El fundamento del Derecho es donde se apoya el Derecho, su base, ya que todo sistema jurídico es una verdadera construcción de normas de carácter obligatorio, que imponen una serie de deberes. El fundamento que se busca para el Derecho no puede ser solamente explicativo, sino que debe ser justificativo, ya que el espíritu humano no se satisface con razones únicamente explicativas. Existen dos núcleos en el fundamento como es el subjetivismo, que es lo que pertenece al sujeto, al interior del hombre, principalmente su razón, espontaneidad o inspiración. El segundo núcleo es el objetivismo que es todo lo que está afuera, lo que él conoce, le afecta o lo impresiona. Estos núcleos van a formar las teorías subjetivistas y objetivistas que más adelante serán explicadas brevemente.
También debemos saber cómo él se produce el conocimiento y la conciencia del Derecho, para esto existen dos clases de conocimiento, un conocimiento empírico, que es el que se funda sobre la observación externa y nos indica que las cosas suceden de cierto modo, pero no implica que no pueda suceder de otra manera, el segundo conocimiento es el racional, que es el que deriva directamente de su entendimiento y no puede ser nunca desmentido por una nueva experiencia. Existen también métodos del conocimiento, que son el camino a seguir para conocer la verdad de un objeto, estos métodos son: el método deductivo creado por Aristóteles, también llamado método racional, es aquel que va a de lo universal a lo particular, de lo abstracto a lo concreto; el método deductivo empleado desde Galileo y Bacon, este método es el que va de lo particular a lo universal, y el método inductivo, que consiste en conocer repentinamente, este es un método eficaz de conocimiento práctico, pero también en la actividad teórica, ya que hay esferas de la realidad que solo pueden ser captadas de la forma repentinas, es decir, no por razonamientos ni experimentaciones sucesivas. Entonces comprendiendo que las opiniones objetivistas utilizaran sobre todo el método inductivo, mientras que las subjetivistas utilizaran casi exclusivamente, la deducción, las instituciones acompañaran de hecho a las dos correctamente en sus investigaciones. Es por ello que las teorías de mayor importancia del fundamento del derecho son:
TEORÍAS SUBJETIVISTAS
El Racionalismo
El Racionalismo es toda postura o actitud filosófica que exagera el papel de la razón con detrimento de la experiencia, esta usa el método deductivo. El racionalismo desconfía del conocimiento sensorial, es decir, si hay oportunidades en las que nuestros sentidos nos engañan, pudiera ser muy bien que nos engañaran siempre, es por ello que existe un error lógico en esta teoría, ya que únicamente la sola razón puede producir un verdadero conocimiento, debido a que este debe ser universal y necesario, lo cual nunca es posible en el conocimiento empírico.
TEORÍA PURA DEL DERECHO
Esta doctrina fue creada por Hans kelsen y defendia por la Escuela de Viena, fue uno de los mayores esfuerzos en el siglo XX para la revolución del Derecho y lleva al racionalismo a su forma más extrema, Kelsen trata de depurar en el Derecho los elementos que le son extraños, existen dos depuraciones; una que consistirá en hacer a su contenido independiente del mundo del ser y de las ciencias cuyo objeto lo constituya este mundo, la ciencia pura del Derecho dice Kelsen debe remontarse a una región más abstracta del pensamiento sin referencia directa a los objetos naturales por encima de los hechos de la naturaleza. La segunda depuración consistirá en eliminar de las ciencias jurídicas todo ingrediente ético o valorativo porque Moral y derecho son independientes, y nada tienen que ver los juicios valorativos de aquellas con los hipotéticos de este. Con estas depuraciones, el Derecho queda reducido a un puro sistemas de normas, las ciencias del Derecho a una lógica formal de lo jurídico y el trabajo del jurista a el de un puro técnico en el juego y enlace de las normas y sus elementos.
La teoría pura se tiene que limitar, necesariamente al análisis, lo mas exacto posible del Derecho Positivo.
TEORIAS OBJETIVISTAS
El Empirismo
El empirismo en general es la doctrina segun la cual no hay principios innatos y todos nuestros conocimientos derivan de la experiencia. El empirismo tiene un origen científico, este desconfía de los conocimientos racionales obtenidos por deducción y emplea, exclusiva o casi exclusivamente, el método inductivo, el cual fue consagrado, en el siglo XVIII por Galileo y Bacon en las ciencias de la naturaleza, dos siglos más tarde, Augusto Comte con el movimiento positivista lo extiende a las ciencias sociales y al Derecho. Este método que se fundamenta en la observación de los hechos y la experiencia, rechaza toda elaboración racional o metafísica, ya que las construcciones de este tipo están alejadas de la realidad, y por lo tanto deben ser abandonadas. Según Comtela humanidad ha pasado por tres periodos:
1. El Teológico: en el cual el hombre personifica a la naturaleza como un ser divino.
2. El Metafísico: en el cual el hombre crea ideas abstractas para darle una explicación a la naturaleza y a sus leyes.
3. El Científico o Positivo: en el cual el hombre está dedicado a observar y experimentar la realidad, sin recurrir a personificaciones ni abstracciones, sin negar que exista una realidad superior, la cual es el límite de nuestro conocimiento, que es donde termina la experiencia.
Escuela Histórica del Derecho
Esta escuela tiene su inspiración en la Escuela Romántica Alemana de Shelling (1775 - 1854), esta se caracteriza en el romanticismo por ser una exaltación de la totalidad a la cual se someten los individuos, los cuales son y se sienten como partículas. Esta concepción se traslada a la sociedad como una realidad que es producida por el tiempo y por la historia, es un organismo social en el cual el individuo no tiene dominio. Savigny y Puchta consideran que el Derecho es el producto de la evolución histórica de ese organismo social, es decir, el Derecho viene dado por el pasado del pueblo, por la esencia de la nación y de su historia, adoptando el particular comportamiento de cada país, en resumen podemos decir que el Derecho es un producto del espíritu del pueblo.
La Escuela histórica rechaza el Derecho Natural Racionalista, por ser incompatibles con la evolución de la sociedad, también rechaza la codificación, ya que estanca el desarrollo del Derecho, por elaborar síntesis sistemáticas de leyes que adquieren gran estabilidad y fijeza, es por ello que la fuente formal del Derecho es la costumbre jurídica, producidas por las fuentes interiores del pueblo y modificada por la práctica jurídica y la jurisprudencia.
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