Formas De Expresión De La Presunción De Inocencia En El Sistema Acusatorio Adversarial
Enviado por fanncastm • 27 de Marzo de 2016 • Apuntes • 1.061 Palabras (5 Páginas) • 328 Visitas
Formas De Expresión De La Presunción De Inocencia En El Sistema Acusatorio Adversarial
En el nuevo sistema de juicios orales se presenta la presunción de inocencia para que se garantice que la persona acusada sea sentencia por un delito señalado en la ley y para que se lleve a cabo un correcto procedimiento de acusación (que la víctima y el acusado expresen sus versiones y muestren las pruebas que refuercen sus afirmaciones). En pocas palabras que se prueba la culpa y de no ser así que se le deje libre.
La presunción de inocencia según Ulpiano “satius est, impunitum relinqui facinus nocentes, quam innocentem dammari”. Que significa “Nadie puede ser condenado por sospechas, porque es mejor que se deje impune del delito a un culpable, que condenar a un inocente”. Y así garantiza la protección de los derechos humanos.
La figura de prisión preventiva se encuentra dentro del artículo 19º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este dice: “El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.”
La prisión preventiva representa una de las diversas manifestaciones que reviste la presunción de inocencia, y causa controversia puesto que es considerado incongruente el argumento de que este método de prevención del delito no cuestiona la inocencia del imputado, puesto que se le mantiene privado de su libertad.
Es cierto que se debe prestar atención al bienestar del imputado, sin embargo, no se debe dar la sumisión absoluta de esta garantía a su favor, pues colisiona con el derecho de la(s) víctima(s) y de la sociedad de obtener justicia y evitar la impunidad.
Las medidas cautelares suponen un equilibrio en la ponderación de derechos tanto del imputado como de los afectados, mismas que el juez debe considerar al momento de aplicar alguna.
Aún con su carácter controversial dentro del nuevo sistema penal, la prisión preventiva podrá ser ordenada de oficio por el juez en caso de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, entre otros delitos de carácter grave.
Al ordenar el Juez de oficio la medida cautelar consistente en la prisión preventiva, tal y como lo dispone la Constitución, se contrapone con lo establecido en la primera parte del artículo 19 de la misma carta magna, en la que nos señala la finalidad de su aplicación, y además con los principios de proporcionalidad, legalidad, jurisdiccionalidad y provisionalidad.
La aplicación de esta figura quedará sujeta a lo dispuesto en el artículo 19 Constitucional en caso de delitos dolosos. En caso de delitos de diferente índole, se deberá justificar la razón por la cual se debe aplicar la medida cautelar para que se autorice su uso.
Las medidas cautelares representan un equilibrio en la ponderación de los derechos de ambos actores, mismas que el juez deberá considerar al momento de aplicar alguna. Pero la prisión preventiva no ésta exenta de ser impuesta, incluso el juez ordenara de oficio en caso de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos como medios violentos con armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
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