ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  2.273 Palabras (10 Páginas)  •  220 Visitas

Página 1 de 10

Introducción

El IDE es un impuesto de control que entró en vigor a partir del 1o. de julio de 2008, y surgió ante la necesidad de combatir la informalidad en el comercio a través de la fiscalización por medio del sistema financiero.

El artículo 1 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE) establece que las personas físicas y morales que hagan depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta (una o varias cuentas) que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, estarán obligadas a pagar el IDE. También existe la obligación de pagar el IDE por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, independientemente del monto.

No se consideran depósitos en efectivo, y por lo tanto no están sujetos a este impuesto, los abonos que se efectúen en favor de personas físicas y morales mediante:

1. Transferencias electrónicas de fondos.

2. Traspasos de cuenta.

3. Títulos de crédito, como cheques u otros documentos o sistemas pactados con el sistema financiero conforme a la ley, aun cuando estén a cargo de la misma institución que los reciba.

El artículo 4, fracción I, de la LIDE establece que el impuesto se pagará mediante recaudación, que deberán hacer las instituciones del sistema financiero, y se le efectuará al titular de la cuenta.

En el cuadro anterior podemos ver que de cualquier forma la autoridad fiscal recibirá $522.00, tanto de la persona formal como de la informal, pero el objetivo es fiscalizar a la informal para que pague el impuesto correspondiente.

Sin embargo, el 11 de diciembre de 2013 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, en la que se abrogó la LIDE, por lo que a partir del 1 de enero de 2014 ya no se cobrará el impuesto.

No obstante, se fiscalizará al contribuyente a través del sistema financiero, en virtud del artículo 55, fracción IV de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), vigente a partir del 1 de enero de 2014, que establece que las instituciones del sistema financiero deberán proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero, la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones del sistema financiero, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero supere los $15,000.00. Asimismo, deberá informar sobre todas las adquisiciones de los cheques de caja en efectivo, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante normas de carácter general.

Después de casi 6 años de vigencia del IDE, en 2014 ya no se pagará el impuesto, y ahora se instrumentarán otros mecanismos de fiscalización a través del sistema financiero, como los informes mensuales al SAT, además de la publicación de la Ley contra el Lavado de Dinero.

¿Qué es y cómo se calcula el impuesto a los depósitos en efectivo?

El IDE es un impuesto que se aplica al importe excedente de 15,000 pesos, en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones del sistema financiero, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes.

¿Cuál es la tasa aplicable?

El impuesto se calcula multiplicando el importe que excede de 15,000 pesos por la tasa de 3%.

También debe pagarse el impuesto de 3% por adquirir cheques de caja en efectivo sin importar el monto.

¿Quiénes están obligados al pago?

Las personas físicas y morales por el importe excedente de 15,000 pesos en los depósitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

Las personas físicas y las morales que adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto.

No están obligadas al pago

• La Federación, entidades federativas y municipios

• Las entidades de la administración pública paraestatal que estén consideradas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta

• Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta

• Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras.

Las personas que realicen depósitos en cuentas abiertas con motivo de créditos otorgados por las instituciones del sistema financiero, excepto tratándose de los otorgados a personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales.

Las personas físicas que tengan abiertas cuentas con motivo de los créditos otorgados por las instituciones del sistema financiero y que se encuentren exentas, deben proporcionar su RFC a las instituciones del sistema financiero para efectos de que dichas instituciones verifiquen con el SAT que no son contribuyentes que tributen como personas físicas con actividades empresariales y profesionales y se pueda aplicar dicha exención.

¿Cómo se paga?

• El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión, entre otras) en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes.

• Cuando no existan fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras harán la recaudación en el momento en que se realice algún depósito durante el año en cualquiera de las cuentas que tenga el contribuyente en la institución que corresponda.

El IDE es un impuesto que se aplica al importe excedente de $15,000 pesos en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones financieras, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes. Depósito $16,000

- exento $15,000

= excedente $ 1,000

x tasa 3%

= IDE que recaudará el banco $30

¿En qué casos no se paga?

No se paga el impuesto por los depósitos hechos a través de medios distintos al efectivo.

Como son:

• Cheques

• Transferencias electrónicas

• Cuando la suma de los depósitos en efectivo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com