INFLUENCIA DE LOS PADRES EN LA FORMACIÓN DEL ADOLESCENTE INFRACTOR Y CÓMO AYUDAN EN SU REINSERCIÓN. EN EL CERESO DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO
Enviado por noyola • 21 de Marzo de 2014 • 6.354 Palabras (26 Páginas) • 515 Visitas
1.- INTRODUCCIÓN
El sistema penal con el cual se regulaba la justicia penal para los menores de edad en nuestro país era insuficiente, ya que no garantizaba los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, así como las autoridades encargadas de regular no eran capaces de vigilar los derechos de los antes reseñados, ya que se regían por el sistema tutelar que se estableció con el primer tribunal especializado para menores, en Chicago Illinois, en el cual los menores eran concebidos por el Estado como objetos de tutela y declarados incapaces, lo cual vulneraba los derechos de los menores, ya que eran tratados como adultos.
Debido a este descontento y violación de las garantías de los menores, con el tiempo la sociedad empezó a levantar la voz sobre un cambio a los derechos y garantías de estos menores, pero fue hasta con la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas Sobre Los Derechos Del Niño en 1989, en la cual se estableció que el niño no sólo es titular de derechos que le deben ser reconocidos, respetados y garantizados, sino que además lo considera sujeto de obligaciones, deberes y responsabilidades; dando paso al sistema garantista, en el cual tomó derecho fundamental de las personas menores de edad la garantía del debido proceso legal.
Con la Convención citada sobre los derechos del niño, la Ley para la protección de los derechos del niño, estos instrumentos jurídicos sirvieron como fundamento para que en nuestro país se reformara el artículo 18 Constitucional, con el objeto de legitimar y sustentar constitucionalmente un nuevo Sistema de Justicia para menores de edad, cuyas conductas sean tipificadas como delito por la leyes penales, a través de un procedimiento de naturaleza sancionadora educativa, en la que observen todas las garantías fundamentales y la garantía del debido proceso.
En la reforma del artículo 18 Constitucional se establecieron las bases para que la Federación, los Estados y el Distrito Federal implementaran en el ámbito de sus respectivas competencias un sistema de de Justicia penal para adolescentes, de igual manera se señala la creación de una jurisdicción especial para adolescentes; el reconocimiento de los derechos y garantías procesales de los menores, la determinación de los límites de edad para las menores como personas de atribución de responsabilidad penal; previsión de los establecimientos en todos los niveles de Gobierno, de Instituciones, órganos y autoridades especializadas, destinadas a la procuración e impartición de la Justicia Penal para adolescentes, así como para la ejecución de las sanciones; la obligación de observar la garantía legal del debido proceso en los procedimientos seguidos a los adolescentes, un sistema procesal acusatorio, así como normar las formas alternativas al juzgamiento, basadas en el principio de la mínima intervención del derecho penal, como mecanismos fundamentales en la aplicación de la justicia penal para adolescentes, que permitan la solución de los conflictos por distintos medios a la tradicional forma de intervención jurídico penal, atribuyendo al derecho penal un carácter meramente subsidiario, a fin de posibilitar la pronta y expedita resolución de conflictos, sin tener que sujetar al adolescente a procedimientos largos, evitando en lo menos posible menos efectos negativos que éstos le pudieran generar.
2.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿El sistema Tutelar para adolescentes en Mexicano, funciona con eficacia?
La población adolescente es más vulnerable frente a los factores sociales como la pobreza que implica una mayor exposición a riesgos graves y menores, la incorporación prematura al empleo, el desempeño de trabajos marginales, el abandono, el maltrato, la pertenencia a grupos de pares que se orientan a la trasgresión social, la violencia o a la adicción a drogas.
La situación en que se encuentran los adolescentes no brinda un soporte adecuado, de manera que estos revierten hacia sí mismos la insatisfacción o desahogan su enojo contra el medio, lo que les provee la sensación de poder.
Su vulnerabilidad ha aumentado y por ende se incrementa la predisposición a evadir la frustración, comprometiendo aspectos emocionales o la supervivencia de la persona durante su desarrollo psicosocial.
De allí la importancia de enfatizar el aspecto emocional de los adolescentes, pues la capacidad de modular o ajustar la expresión emocional a la emoción va a contribuir en su identidad y adaptación al medio circundante.
EL niño o adolescente que asume una conducta o actitud que lesione, perturbe o trasgreda las normas jurídicas, sociales, culturales, etc., de la sociedad, es considerado como un menor infractor que por tal motivo estará o será sujeto a una sanción ( socio-legal ), de acuerdo a l criterio de las personas que ponderen la situación y factores causales de la misma.
Las causas que intervienen para que los menores cometan actos que no son aceptados por la sociedad, se presentan debido a carencias económicas, afectivas, educativas y de instrucción, mismas que se sitúan dentro de los factores de índole familiar, comunal y social.
Por lo que el problema de las infracciones infanto-juveniles es considerado de relevancia social y aún cuando es un tema ya tratado ampliamente, se considera que la realización de investigaciones consecutivas puede aportar nuevas ideas en relación a la readaptación social del menor infractor.
Tal es el caso del presente estudio para cuya realización se comprendió de un período de tiempo del mes de Enero de 1977 a l mes de Diciembre de 1982 en los Juzgados 2o. y 4o. de la instancia del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, de donde se obtuvieron escasos datos, debido a que en realidad no todos los casos son captados por distintas razones, una de ellas , la principal , no existe en ninguna de las ciudades del Distrito un lugar adecuado para depositarlos sin embargo los datos obtenidos fueron de menores de ambos sexos y de características heterogéneas. Por esto la necesidad de crear centros de orientación ó clínicas de conducta que brinden oportunidades culturales, de preparación para el trabajo y recreativas, así como de tratamiento para la familia, e l grupo y el individuo, esto es, realizando una labor conjunta e integral, los pedagogos, psicólogos, médicos, abogados y trabajadores sociales.
Existen instituciones encargadas de la "reinserción social " de los menores de 18 años que han infringido la ley o norma establecida, de las cuales su fin es mas asistencial que de readaptación. Los establecimientos encargados de esta misión tienen un carácter primordial mente
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